El fiscal federal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5, Leonel Gómez Barbella, solicitó que se revoque la resolución dictada por el juez federal Claudio Bonadío, que dispuso el sobreseimiento de dos hombres y una mujer que no habrían denunciado un nuevo domicilio ante la autoridad de control, Registro Nacional de Precursores Químicos perteneciente a la SEDRONAR y que se los convoque a prestar declaración indagatoria. Los imputados, que representaban a la firma “Logística y Químicos y Sanitizantes S.R.L.”.
En su apelación, el fiscal Gómez Barbella consideró que si bien no quedó acreditado que luego de la suspensión de la firma, ésta haya llevado adelante operaciones de producción, fabricación, exportación de productos químicos; el uso indebido del certificado de inscripción original impidió que el Registro Nacional de Precursores Químicos mantenga un control y un registro completo y fidedigno de todos aquellos que fabriquen esos productos.
En este sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal entendió que la conducta de los imputados podría comprenderse como desobediencia, ya que hicieron caso omiso a la intimidación de la SEDRONAR a devolver el certificado original.
La causa se inició con una denuncia realizada por Salvador Julio Postiglioni en carácter de subsecretario de Control de Sustancias Psicoactivas de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR). Allí, expresó que en el marco de un expediente de la mencionada institución se autorizó la inspección de la empresa “Logística y Químicos y Sanitizantes S.R.L.” y resultó ser que la mencionada firma desde el mes de abril de 2012 dejó de funcionar porque había finalizado el contrato de locación.
El denunciante explicó que la firma “Logística Químicos y Sanitizantes S.R.L.” no había denunciado un nuevo domicilio ante la autoridad de control que es el Registro Nacional de Precursores Químicos. Fue así que, SEDRONAR suspendió provisoriamente la inscripción de la firma e intimó a la misma, por medio de diferentes caras documentos, para que entregue el certificado de inscripción vigente al organismo mencionado, pero esa obligación no fue cumplida.