26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el fiscal Javier De Luca
Coimas en el Senado: Casación confirmó las absoluciones de los imputados
La Sala I del máximo tribunal penal federal rechazó el recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y la Oficina Anticorrupción, y confirmó las absoluciones de Mario Pontaquarto, Fernando de la Rúa, Jorge Santibañes, Augusto Alasino, Alberto Tell y Remos José Constanzo.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y ​por la Oficina Anticorrupción, y ​confirmar las absoluciones de los imputados en la causa en la que se investigaron los hechos que habrían ocurrido entre marzo y abril de 2000, cometidos por el ex Presidente de la Nación, Fernando De La Rúa,  a través el entonces Secretario de Inteligencia de la Nación (SIDE) Fernando Santibañes y el Presidente Previsional del Senado, Alberto Tell, Augusto Alasino y Remo Constanzo, para obtener votos necesarios con la finalidad de aprobar la ley 22.250 de reforma laboral.

Lo hizo por considerar que la prueba no superaba un estado de duda razonable, apartándose del criterio del Tribunal Oral en lo Criminal Federal que había concluido en que el hecho no había existido.  ​

El fiscal Javier De Luca en su presentación del 15 de diciembre manifestó que “sin perjuicio de la calificación de peculado (artículo 261 del Código Penal) dada a los hechos por la querellante Oficina Anticorrupción, como para este Ministerio Público Fiscal el delito por el cual debían responder los acusados era el de cohecho (artículo 258 del Código Penal), cuya pena máxima es la de 6 años de prisión, si se tiene en cuenta que el último acto interruptivo del curso de la prescripción fue la citación de las partes a juicio del 18/12/2009”. Por ello, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que la acción  penal prescribirá dentro de cuatro días, por lo cual “no habrá tiempo material para que se tramite un eventual recurso que logre la revocación de la absolución, ordene desarrollar un nuevo debate y se concluya en una sentencia condena”.

Además, el fiscal general explicó que si bien no comparte la conclusión a la cual arribó la Sala I, no recurrirá dicha sentencia “por cuanto el razonamiento para arribar a la absolución de los imputados consiste en que la prueba de los hechos no supera el estándar de la duda razonable, lo cual la hace inimpugnable mediante el recurso extraordinario federal”.