02 de mayo de 2024
02 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el fiscal general Miguel Ángel Osorio
Comenzó el juicio a diez personas acusadas de integrar una asociación ilícita que fabricó y comercializó un medicamento adulterado que causó la muerte de cinco personas
Están imputados de los delitos de asociación ilícita, distribución o almacenamiento con fines de comercialización de mercaderías peligrosas para la salud, falsificación de sustancias medicinales y uso de un documento o certificado falso o adulterado, en calidad de autores. La partida adulterada del fármaco Yectafer - Hierro 5% fue comercializada entre 2003 y 2004 y causó la muerte de cinco personas y daños en la salud de otras 33 víctimas.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de la ciudad de Buenos Aires inició este martes el juicio a diez personas acusadas de integrar una asociación ilícita dedicada a la fabricación y comercialización ilegal de un medicamento adulterado entre 2003 y 2004, lo que ocasionó la muerte de cinco personas y produjo daños en la salud de otras 33 víctimas. En representación del Ministerio Público Fiscal interviene el fiscal general Miguel Ángel Osorio. La instrucción de la causa estuvo a cargo del fallecido titular de la Fiscalía Federal N° 6, Federico Delgado.

Los acusados Adrián Jorge Quintela, Diego Hernán Manzotti, Pablo Jorge Cernadas, Alberto Mario Akawie, Daniel Leonardo Rabinovich, Roberto Enrique Gegenschatz, Víctor Julián Scattolini, Sandra Lilian Vitale, Miguel Cervera y Santiago Lucio Gavazza están imputados de haber integrado una organización dedicada a la fabricación y comercialización ilegal del fármaco denominado Yectafer - Hierro 5% (hierro sorbitex) con sus propiedades adulteradas. La fiscalía les imputó concretamente haber adulterado el lote n° 03100718, con vencimiento en octubre de 2006, en el cual se disimularon las propiedades nocivas a través de la falsificación e imitación del producto original, cuya elaboración autorizada corresponde al laboratorio Astrazeneca. Según la acusación, para realizar esta maniobra los imputados cumplieron distintos roles y funciones en las diferentes etapas de las cadenas de elaboración, distribución y comercialización del medicamento falso.

Otras personas acusadas en la causa de formar parte de la maniobra, entre ellos los sindicados de haber montado el laboratorio clandestino y de haber sido los jefes y organizadores de la empresa criminal, fallecieron, por lo que fue declarada extinta la acción penal a su respecto.

La imputación para los diez acusados es por haber integrado una asociación ilícita; envenenar o adulterar de un modo peligroso para la salud sustancias medicinales, agravado por haber tenido como resultado la muerte de una o más personas; distribución o almacenamiento con fines de comercialización de mercaderías peligrosas para la salud; uso de documento privado falso; y falsificación de marcas, todos en concurso real y en calidad de autores.

Quintela, Cernadas, Akawie, Rabinovich, Gegenschatz y Scattolini también llegaron a juicio acusados en una causa conexa en la que se les imputa haber participado en la comercialización del medicamento Tobi 300mg, lote 02K4A del Laboratorio Tova- Tuteur, tras haberlo obtenido de manera fraudulenta. Esos hechos fueron calificados como constitutivos del delito de encubrimiento con ánimo de lucro, en concurso ideal con el delito de utilización de documento privado falso, por haber utilizado facturas falsas para disimular el origen ilícito del medicamento.

Durante la audiencia de apertura, el tribunal -integrado por los jueces Andrés Fabián Basso, Javier Feliciano Ríos y José Antonio Michilini- procedió a la lectura de los requerimientos de elevación a juicio. Las defensas realizaron luego planteos preliminares relativos a la violación del plazo razonable, entre otros. Finalmente se dispuso de un cuarto intermedio hasta el próximo martes 12 de diciembre, cuando se continuará con el tratamiento de los planteos preliminares.

"Las lesiones a la salud de las personas a quienes se le suministró el medicamento y que en algunos casos llegaron a la muerte tuvieron que ver con afecciones hepáticas y/o alguno de los otros síntomas mencionados, como insuficiencia cardíaca y/o respiratoria o alteraciones del sistema nervioso”, detalló la fiscalía en el requerimiento de elevación a juicio.

Los hechos

Según la acusación, la organización falsificó la caja del fármaco Yectafer, etiquetas, prospectos y cunas porta ampollas, así como la composición del medicamento en sí mismo. En este sentido, los peritajes determinaron que el medicamento adulterado no había sido fabricado por el laboratorio autorizado y que contenía tres veces más de citrato de hierro que lo indicado en el envase, y que el PH y la densidad de la sustancia tampoco coincidían con la de la medicina inyectable original.

En la pesquisa logró determinarse que el medicamento adulterado había sido elaborado en un laboratorio montado en su domicilio del partido de San Martín por Ángel Luis Cirullo, quien habría actuado como jefe de la organización y falleció antes del comienzo del debate. En este marco, las ampollas y estuches utilizados para el acondicionamiento del material fueron suministrados por Vitale y Cervera, que eran a su vez propietarios de las empresas Ampovit y Ampopack, dedicadas precisamente a la fabricación de esos elementos utilizados en la industria farmacéutica. A su vez, el citrato de hierro contenido en las ampollas fue suministrado por la empresa Interdog, la cual se dedicaba a la comercialización de esa sustancia, pero con fines veterinarios.

La fiscalía indicó en el requerimiento de elevación a juicio que, con posterioridad a la elaboración del producto fármaco falsificado, la estructura criminal lo colocó dentro del circuito comercial mediante la Droguería Gleal Médica. Desde allí, se le proveyó de Yectafer adulterado a la Droguería Quimbel SA -Química Belgrano Sociedad Anónima- mediante el contacto con el imputado Manzotti, empleado de la droguería y sindicado miembro de la organización.

La acusación señaló que Rabinovich, Gegenschatz, Cernadas y Akawie, autoridades de esa empresa, simularon ilegalmente el ingreso de la mercadería a la contabilidad de la compañía a través de facturas y remitos falsos librados por el falso laboratorio "Sbrancia y Costa SRL”, con domicilio fijado en el lugar donde funcionaba una mueblería con el mismo nombre. En tanto, los remitos apócrifos fueron aportados por los imputados Quintela y Scattolini para “blanquear” el ingreso ilegal de medicamentos a Quimbel SA.

De un total de 470 unidades de Yectafer falso compradas por Quimbel SA, 300 fueron vendidas a la “Drogueria Gavazza” -cuyo socio gerente era el imputado Gavazza-, 20 a “Farmacia Azul" y 150 a “Rentefarm” y de allí derivadas a los distintos puntos de venta directa al público consumidor.

En la acusación la fiscalía citó entre las pruebas un estudio realizado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) que dio cuenta que “se les aplicó a los animales el Yectafer cuestionado y se murieron el 100% de los animales. Asimismo, antes de morir mostraron alteraciones neurológicas, del ritmo cardiaco y frecuencia respiratoria, sintomatología compatible con la que se presenta en casos de intoxicación por exceso de hierro. Las autopsias dieron los mismos resultados: aumento de tamaño y coloración del hígado y riñones, depósitos oscuros en el intestin0 delgado. Se estudio además la reversión de la intoxicación por hierro aplicándose el antídoto indicado en el prospecto, pero con ello el índice de mortalidad se redujo solo en un 50 %".

“Precisamente, las lesiones a la salud de las personas a quienes se le suministró el medicamento y que en algunos casos llegaron a la muerte tuvieron que ver con afecciones hepáticas y/o alguno de los otros síntomas mencionados, como insuficiencia cardíaca y/o respiratoria o alteraciones del sistema nervioso”, detalló la fiscalía en la pieza acusatoria. Añadió que “el modus operandi de la maniobra incluyó la utilización de documentos privados falsos y la falsificación de marcas y designaciones protegidas por la ley de marcas y su puesta en circulación a través de su comercialización fraudulenta”.