El tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Córdoba condenó a cuatro años y seis meses de prisión a Oscar Desábato, dueño de un prostíbulo de la localidad de Cruz Alta, en la provincia de Córdoba, y a tres años a Alicia Vargas Leulián, por encontrarlos responsables del delito de trata contra dos mujeres.
El hecho que ocurrió en 2009 cuando un hombre denunció que su hija, que en ese entonces tenía 18 años, no podía regresar a su casa y tenía retenidos sus documentos luego de presentarse ante una oferta laboral para trabajar como camarera.
De acuerdo a la investigación que se llevó a cabo, la mujer que recibió la condena captó a las dos jóvenes, una paraguaya y otra argentina, en la ciudad de Encarnación y las alojó en una de las propiedades de Desábato. Allí les retuvieron sus documentos y las obligaron a prostituirse. Las víctimas fueron trasladadas primero a Posadas, provincia de Misiones, luego a Rosario, provincia de Santa Fe, y, finalmente, a la ciudad de Cruz Alta, en la provincia de Córdoba.
Una vez allí, las jóvenes siguieron siendo explotadas sexualmente en el burdel “El Quincho”, donde además vivían.
Fue entonces que una de las víctimas dio aviso a un amigo a través de un mensaje de texto y luego su padre hizo la denuncia correspondiente ante el juez federal de la ciudad de Posadas quien ordenó el allanamiento del prostíbulo.
Sin embargo, trascurrieron ocho meses para que Desábato fuera detenido ya que, alertado con anterioridad, logró fugarse.
El fiscal de la causa, Maximiliano Hairabedian, había solicitado la condena para ambos aunque por la mujer había pedido sólo un año y seis meses. Sin embargo, el Tribunal le impuso tres años.
Según el fiscal la mujer no era ni encargada ni socia del dueño del local, subrayando que ella “ejercía la prostitución como el resto de las mujeres”.
Una característica importante de este caso fue que durante el juicio oral pudo comprobarse la complicidad política y municipal en torno al funcionamiento del bourdel.
Frente al Tribunal, Desábato, previamente a recibir la condena por regentear dicho prostíbulo, declaró: "Mi local tenía habilitación de la Policía, que iba siempre a controlar, no a consumir. El local estaba inscripto en el rubro whiskería. No nos engañemos: para habilitar, no se puede declarar que es un negocio para prostitución".
Finalmente, agregó que la Municipalidad de Cruz Alta también “hacía la vista gorda” con el prostíbulo.
En ese sentido, Marcelo Colombo, titular de la Procuraduría de Trata de Personas y Secuestros Extorsivos, que desde 2008 monitorea cómo funciona en todo el país la ley federal de trata sancionada en ese año, aseguro que en Córdoba se estaba produciendo una situación que ocurría en otras partes del país y que consistía, en términos generales, en que la Policía regulaba un hecho que era ilegal. “Hay prostíbulos que se habilitan con eufemismos, que les exigen libretas sanitarias a las mujeres, que se utilizan estos libros de actas que son controlados por la Policía”, describió.