El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº21 condenó a 15 años y 6 meses de prisión a un hombre por un homicidio ocurrido en agosto de 2016 dentro de la Villa 21-24, en el barrio de Barracas. La Fiscalía General Nº23 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales, interinamente a cargo del fiscal Fernando Fiszer, había solicitado en su alegato una pena de 16 años de prisión.
El hombre de 24 años fue condenado también por la tentativa de homicidio del hermano de la víctima y otros dos hechos. Antes de los alegatos, se dirigió a los jueces Liliana Barrionuevo, Horacio Barberis y Luis Oscar Márquez y se hizo cargo de las imputaciones, además de asegurar que estaba “arrepentido” de lo que había hecho.
Para el fiscal, quedó acreditado que el 27 de agosto de 2016, cerca de la dos de la mañana, la víctima de 31 años se dirigió hacia una casa de la manzana 25 del barrio para comprar estupefacientes y una bebida alcohólica acompañado de su hermano. Su madre salió detrás de ellos. Al llegar al pasillo donde se encontraba la vivienda a la que se dirigían, se toparon con el ahora condenado, quién automáticamente comenzó a mandar mensajes en su celular.
Fiszer explicó que la víctima era conocida en el barrio por su patología psiquiátrica y por sus adicciones, además de que había vínculos cruzados de tipo familiar con el victimario. Mientras la víctima y su familia estaban en el pasillo, un joven menor de edad se acercó hasta el acusado y le entregó un arma. Con ese arma de fuego, le apuntó primero a la madre de los dos hombres pero su hijo se interpuso. Recibió cinco disparos: cuatro en el abdomen y un quinto en el brazo. El otro intentó escapar pero fue alcanzado por tres tiros en su pierna a la altura de la cadera, rodilla y tobillo.
La víctima falleció a las pocas horas en el hospital mientras que su hermano pudo recuperarse. La fiscalía resaltó que el hecho está probado no sólo por el testimonio de los familiares sino también por los dichos de Prefectura (que intervino luego de la secuencia) y los croquis que se realizaron en la causa. Además, consideró como agravantes la cantidad de disparos; la disminución en la posibilidades que tenía la víctima con un claro problema de estupefacientes y su patología psiquiátrica; y la situación de peligro que generó al disparar en un lugar con poca luz y que podría haber terminado en riesgo para otras personas.
En la causa eran cuatro los imputados pero, de acuerdo a la reconstrucción que se hizo en el juicio, el fiscal pidió la absolución de dos de ellos (uno que presenció los hechos y la madre del condenado) por no haber tenido que ver con el crimen y del tercero por el beneficio de la duda. Sobre este último, la imputación era por haber instigado el asesinato.
Por otra parte, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró también que el joven debía ser condenado en una causa por encubrimiento (por haber sido detenido mientras manejaba una moto con pedido de secuestro) y en otra por lesiones donde se lo acusaba de disparar con un arma de fuego contra una persona.
Fue por ello que el Tribunal lo condenó por los delitos de “homicidio agravado por haber sido cometido con arma de fuego en concurso real con homicidio agravado por haber sido cometido con arma de fuego en grado de tentativa; encubrimiento por receptación y lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego”.