19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con lo solicitado por el fiscal Oscar Ciruzzi
Condenaron a dos años y medio de prisión efectiva al autor de un secuestro virtual
Fue una decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Nº17. Como tenía una condena previa, deberá cumplir una pena única de tres años de cárcel.

Los jueces Juan Facundo Giudice Bravo, Pablo Vega y Liliana Barrionuevo condenaron a dos años y medio de prisión de cumplimiento efectivo a un joven que realizó un secuestro virtual, en octubre de 2015. En el juicio, intervino el fiscal Oscar Ciruzzi, quién había solicitado la misma pena por el delito de “extorsión” en grado de tentativa.

Como Mariano Irazusta tenía una condena dictada por un Tribunal de Menores por los delitos de “hurto agravado por haber sido cometido con escalamiento; robo agravado por haber sido cometido con escalamiento y tentativa de robo agravado por utilizar un arma de utilería, en dos ocasiones”, el fiscal había solicitado una unificación de penas y que deba cumplir en total cuatro años y once meses de cárcel. El Tribunal Oral en lo Criminal Nº17 le fijó una pena única de tres años de cumplimiento efectivo. Los fundamentos se conocerán el próximo 11 de octubre.

El caso

El 20 de octubre de 2015, la víctima recibió un llamado al teléfono de línea de su casa en Villa Devoto donde, entre insultos, un hombre le decía que tenía secuestrada a su madre y que debía entregarle dinero porque sino la iba a matar. Si bien el damnificado había pasado por una experiencia similar antes, la llamada le generó una preocupación ya que Irazusta le brindó algunos detalles sobre cómo era el frente de su casa y esto lo inquietó. Explicó que, al no poder comunicarse con su madre mediante su celular, el hombre creyó en que realmente podía estar secuestrada.

Luego de varios llamados que se cortaban, en los que el imputado le reclamaba dinero mientras lo amenazaba e insultaba, el hombre llamó al 911. En ese momento, sintió un ruido fuera de su casa y cuando salió, se encontró con un joven “muy alterado” que le reclamaba el dinero. Cuando le dijo que estaba “juntando la plata”, Irazusta se subió a una moto, lo que fue aprovechado por el hombre para anotar la patente del vehículo.

Tras reiterar el llamado a la policía, minutos después llegó el subcomisario de la Comisaría 45 junto a otros efectivos. El hombre seguía con las llamadas del imputado hasta que, junto con el subcomisario, decidieron poner en una bolsa algunos papeles y dejarlos en un tacho de basura cercano al domicilio. Cuando Irazusta fue a recoger “el señuelo”, fue detenido por la brigada policial, que seguía la escena desde la calle Simbrón. Minutos antes, una de las hermanas de la víctima había logrado ubicar a su madre.

En su alegato, Ciruzzi consideró que el caso implicaba una “extorsión” y no una estafa, como planteó la defensa del acusado. Citó un fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Nº7 donde el juez Giudice Bravo, en un caso similar, sostuvo que se trataba de una “clara afectación de la voluntad de las víctimas mediante intimidación” y cuyo objetivo es “satisfacer una exigencia patrimonial”.

Recalcó la fiscalía que el damnificado, tal como relató ante los jueces, tenía miedo de lo que podía suceder y que su nerviosisimo incluso lo llevó a tomar actitudes, como enfrentar al acusado, que en otra situación quizás no hubiera tomado. Afirmó que el delito no se concretó por razones ajenas al imputado, que tenía intención de cobrar el dinero del supuesto secuestro. Descartó que Irazusta no tuviera consciencia de lo que hacía y recalcó que tuvo un “nerviosismo acelerado impostado” para generar temor en el hombre.