26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El hecho ocurrió en diciembre de 2015
Condenaron a prisión perpetua a un hombre por el femicidio de una kinesióloga
Fue por decisión del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N 22, en línea con lo solicitado por la fiscalía durante su alegato.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°22 condenó hoy a prisión perpetua a Martín Aguirre por el femicidio y abuso sexual de una mujer ocurrido en diciembre de 2015 en Colegiales. En el juicio intervino el fiscal Marcelo Martínez Burgos, quién había solicitado esa misma pena. También estuvo presente la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres. El acusado fue condenado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal, homicidio criminis causa, femicidio y robo simple.

Los jueces Sergio Paduczak, Patricia Cusmanich y Gabriel Nardiello darán a conocer los fundamentos de la sentencia  la próxima semana.

De acuerdo a lo planteado por la Fiscalía, el 17 de diciembre de 2015 Aguirre ingresó cerca de las 15:45 al departamento de Mirta Avencini ubicado sobre la calle Céspedes al 3400 y que funcionaba como consultorio kinesiológico. Dentro del lugar, abusó sexualmente de ella y la golpeó brutalmente. También, la sujetó de pies y manos con unos precintos y luego la asfixió con un lazo que colocó sobre su cuello.

Antes de irse, la dejó encerrada en el baño (para lo que sacó el picaporte de la puerta) y le robó su celular y las llaves del consultorio y de la casa de la víctima, ubicada a 200 metros. Avencini agonizó durante varias horas producto de todas las lesiones y fue encontrada por su hermano dos días después.

Con las llaves que había robado, Aguirre fue inmediatamente después al edificio donde vivía la víctima, ubicado sobre la calle Palpa al 3500. Entró y le dijo al guardia de seguridad que iba a reparar una computadora en el quinto piso. Subió e ingresó al departamento de la víctima, de donde robó una computadora y una medalla de oro con la imagen de una virgen.

Cuando ya estaba en el pasillo y por subirse al ascensor, una mujer salió de otro departamento para sacar la basura. En ese momento, Aguirre la tomó del brazo izquierdo y la amenazó con un arma mientras la insultaba. Una vez dentro del lugar, la maniató con precintos y la encerró. De allí se llevó dos computadoras, dinero en efectivo, varios relojes y algunas joyas.

Todos los sucesos se desarrollaron entre las 15:45 y las 16:29, de acuerdo a las grabaciones de la cámara de seguridad del edificio de Palpa. Allí quedó filmado el momento en que Avencini salió de su casa hacia el consultorio; cuando Aguirre ingresó a las 16:10 al lugar y habló con el empleado de seguridad; y cuando se fue a las 16:29. Tanto en el consultorio como en la vivienda permaneció entre 19 y 20 minutos, lapso similar al utilizado en otros casos de robo en departamentos en que estuvo involucrado.

En julio de 2017 llegó un anónimo a la fiscalía que investigaba el caso donde se señalaba a Aguirre (alias “El Dientón") como el autor del “crimen de la kinesióloga” y que estaba preso en el penal de Marcos Paz. A partir de ese escrito, se relacionaron una serie de averiguaciones donde se pudo constatar que efectivamente Aguirre estaba detenido en ese lugar y que en los últimos días se habían exhibido por televisión los videos donde se lo veía en el edificio. En la causa ya se había relevado un perfil genético y estaba también la declaración del empleado de seguridad sobre algunas características del hombre.

Aguirre había sido detenido en abril de 2016, en el marco de otra investigación donde se lo acusaba justamente de ingresar a edificios, maniatar a las víctimas y asaltarlas. En aquella pesquisa se realizaron escuchas que permitieron revelar el modus operandi de una banda que se dedicaba a realizar “entraderas” con llaves que conseguían o que “falseaban”. Además, se pudo determinar que la antena del celular que utilizaba Aguirre en diciembre de 2015 impactó en una antena del barrio de Colegiales a las 16:37. A esto se le suma el estudio antropométrico donde se analizaron las compatibilidades entre el acusado y lo que se observó en las filmaciones.

Femicidio y abuso sexual

La Fiscalía había explicado que los delitos sexuales se encuentran enmarcados en el contexto de violencia contra las mujeres. Para ello, citó el artículo 1 de la Convención de “Belem do Pará” donde se explica que violencia contra la mujer es “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.

Analizó, entonces, que el ataque sexual constituyó el origen del posterior femicidio. Sostuvo que Aguirre actuó con especial desprecio hacia la víctima: “existió una cosificación, un sometimiento y una utilización del cuerpo de una mujer como objeto de satisfacción de un hombre”. Marcó, entonces, que existió una agresión femicida en un contexto de dominación de género.

Explicó, además, que no debe existir una relación entre víctima y victimario y que los femicidios sexuales pueden darse en cualquier ámbito, y como ejemplo citó el fallo de la Cámara Nacional de Casación en el caso “Mangeri”.