Los jueces Jorge Pisarenco, Susana Beatriz Castro de Pellet Lastra y Enrique Carlos Schlegel condenaron a tres años de prisión en suspenso a un hombre de 36 años que intentó traficar cocaína en una de sus zapatillas. Mariano Ferrante fue detenido en Ezeiza cuando pretendía viajar a España con 795 gramos de droga, lo que equivale a más de 7000 mil dosis.
La condena surgió de un acuerdo realizado entre el fiscal Eduardo Funes y la defensa del acusado, que el Tribunal convalidó. Ferrante recibió una pena “en suspenso”, es decir, que no irá a la cárcel, porque en su indagatoria brindó nombre, teléfono y otros datos personales de quién le había facilitado los estupefacientes. Según el artículo 29 ter de la ley 23737, en el caso que el acusado revele “la identidad de coautores, partícipes o encubridores”, el tribunal podrá reducir la sentencia que le corresponde “hasta la mitad del mínimo y del máximo o eximirla de ella”
El Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1 le fijó, además, una inhabilitación perpetua para desempeñarse como miembro de alguna fuerza de seguridad, una inhabilitación absoluta por seis años para trabajar como empleado o funcionario público y tampoco podrá, por seis meses, ejercer el comercio.
Los hechos
El 1 de marzo de 2013, Ferrante llegó al Aeropuerto Internacional de Ezeiza. Cuando estaba en el sector de partidas, personal de la División Drogas del Departamento Inspecciones Aduaneras de la Dirección General, le revisó el equipaje. En ese momento, observaron que las zapatillas del hombre tenían “un abultamiento considerable en la parte inferior”.
Luego de comunicarse con el juzgado y en presencia de dos testigos, Ferrante se quitó el calzado marca Nike y de cada una se extrajo un envoltorio color verde. Mediante una punción y un análisis químico, se confirmó que la sustancia que contenían era cocaína, con una pureza de 95%. Según la pericia de Prefectura Argentina, de los 795 gramos podían extraerse 7.552 dosis, por lo que se estableció en la causa que “no podía concebirse otro destino que el de la comercialización”.
La calificación legal que el fallecido fiscal de primera instancia Roberto Leanza le imputó al hombre fue la de “exportación, calificado por tratarse de estupefacientes con fines de comercialización, en grado de tentativa”.
En la indagatoria, Ferrante relató que la cocaína y las zapatillas se las había dado un hombre “de su barrio”, conocido por su “ocupación”: viajar con droga, ya que tenía ciudadanía extranjera. Dijo, además, que fue éste quién abonó los pasajes y el hotel, además de prometerle que a su regreso le pagaría por el viaje.
Describió, con detalle, el día que fueron al Aeropuerto, junto con una tercera persona que aseguró no conocer. “Teníamos que simular que no nos conocíamos” expresó. Para los jueces, por la forma en que fue hallada la cocaína, “no hace más que revelar el conocimiento que tenía el enjuiciado de la clase de material que transportaba”.
No obstante, los magistrados tuvieron en cuenta que, en base a la información aportada, se logró la elevación a juicio por contrabando del nombrado por Ferrante. “Lograr que un narcotraficante, por más modesto que sea su papel en este comercio ilícito, colabore para desbaratarlo, justifica una adecuada reducción en la pena que le correspondería” fallaron. Citaron, también, la Convención Internacional de Lucha contra el Narcotráfico de Viena y expresaron que se le atenúa la pena “para mitigar los efectos de esa verdadera epidemia mundial que es el consumo indiscriminado de drogas”.