19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán
Confirman el procesamiento de los responsables del Ingenio Santa Bárbara por contaminación ambiental
Así lo dispuso la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, al rechazar el recurso interpuesto por la defensa de los imputados. También reafirmó las facultades del MPFN para iniciar investigaciones preliminares.

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán rechazó el planteo de la defensa de los dos responsables del Ingenio Santa Barbara –al que no adhirió el titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez- y confirmó su procesamiento sin prisión preventiva por presunta contaminación ambiental, en los términos del artículo 55 de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, y los embargos de dos millones de pesos oportunamente dispuestos. De este modo, el Tribunal de Alzada reafirmó nuevamente su jurisprudencia en materia de delitos ambientales como un instrumento destinado a proteger el medio ambiente.

En su recurso de apelación, la defensa había postulado la nulidad del procedimiento preliminar que diera inicio a la pesquisa, por tratarse de “investigaciones conducidas por el Ministerio Público Fiscal sin intervención del juez en violación a diversas normativas legales” al tiempo que pidió la nulidad de la consecuente sentencia por considerarla nula por arbitrariedad “al pretender fundarse en elementos de prueba que no formarían a su criterio parte de la causa por no ser parte de la imputación oportunamente realizada a sus defendidos, con afectación del principio de congruencia”.

Asimismo, el letrado requirió la revocatoria de los procesamientos y el sobreseimiento de sus asistidos, en razón de la inexistencia de peligro concreto o afectación a la salud pública, al entender que “en la República Argentina, en función de su legislación penal vigente, que se mueran peces, se extingan plantas o se dañe el paisaje, si no afecta la salud pública no sería delito, sin perjuicio de remedios civiles o administrativos”.

Al tratar la cuestión, los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Ricardo Sanjuan y Ernesto Wayar, rechazaron el planteo de nulidad de las actuaciones preliminares realizadas por el Ministerio Público Fiscal y del decisorio apelado por supuesta arbitrariedad, dado que no se advertía la afectación de garantías constitucionales.

Asimismo, sostuvieron la procedencia de los procesamientos dictados, al considerar que la Constitución Nacional y la Ley 26.675 de Política Ambiental Nacional “responden al cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por el Estado en cuanto integrante de la comunidad internacional” y su inobservancia acarrearía las consecuentes responsabilidades.

En virtud de todo ello, la Cámara resolvió rechazar el recurso de la defensa y confirmar la resolución del 4 de julio de 2017, mediante la cual no se hacía lugar al planteo de atipicidad e incompetencia, se ordenaba el procesamiento sin prisión preventiva de los dos responsables del Ingenio Santa Barbara y se trababa embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de dos millones de pesos.

De este modo, se consolidó nuevamente la potestad de los Fiscales Generales ante las distintas Cámaras Federales del país de iniciar investigaciones preliminares conforme lo autoriza el artículo 7 de la ley 27.748 Orgánica del Ministerio Público Fiscal de la Nación. Ello permite una mejor distribución de la tarea entre todos los empleados y funcionarios de la jurisdicción, evitando sobrecargar las labores de las fiscalías de primera instancia.