25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Decisión de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
Confirmaron la condena a quince años de prisión a un hombre que abusaba sexualmente de sus hijastras
Los hechos sucedieron entre febrero de 2014 y enero de 2016. También fue condenado por golpear y maltratar a dos de sus hijas. En el debate intervino el fiscal Andrés Madrea.

La sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena a 15 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de dos niñas, ambas hijas de su pareja fallecida y que estaban a su cuidado. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°3 también lo había condenado por causarle lesiones a sus dos hijas y a una de sus hijas adoptivas, en línea con lo solicitado por el fiscal Andrés Madrea.

En junio de 2017, los jueces Gustavo Rofrano, Gustavo Pablo Valle y Miguel Ángel Caminos condenaron al hombre por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante” cometido contra las dos chicas reiterado en al menos dos oportunidades y agravado por su condición de guardador; y “lesiones leves” en perjuicio de una de las hijas de su pareja y de sus dos hijas, agravadas por el vínculo en esos dos últimos casos.

Los hechos ocurrieron entre febrero de 2014, fecha en la que falleció la madre de las niñas, y el 24 de enero de 2016, cuando fue detenido el acusado. El hombre tenía a su cargo a las tres hijas de su pareja (a las que él había adoptado en Uruguay) y a las dos hijas que habían tenido juntos.

En la sentencia, los jueces sostuvieron que quedó demostrado que el hombre tocó a sus dos hijas adoptivas, a veces con ropa y otras sin ella; así como también intentó penetrar a una de ellas y le puso su miembro en la cara a la otra, bajo la amenaza de que si decía algo o se quejaba, se lo haría a sus hermanas. En línea con lo planteado por la fiscalía durante su alegato, los abusos se daban dentro de la casa donde vivían, en el barrio porteño de Flores.

El hombre tenía a su cargo a las tres hijas de su pareja (a las que él había adoptado en Uruguay) y a las dos hijas que habían tenido juntos.

Durante ese mismo tiempo, el hombre agredió físicamente a una de sus hijas adoptivas y a sus dos hijas más chicas. El hombre las maltrataba porque le molestaba que lloraran. Las agresiones se originaban también cuando las víctimas se negaban a hacer lo que él quería o cuando no tenía dinero para mantener la casa. Para los jueces y la fiscalía, les trasladaba a las víctimas la responsabilidad de mantener el hogar: les gritaba, las encerraba con la luz apagada, no las alimentaba, vendía sus pertenencias y los electrodomésticos e incluso las hacía faltar al colegio para que no tuvieran contacto con otra gente y se mantuvieran en secreto las situaciones de violencia.

Ante la condena, la defensa del acusado presentó un recurso donde cuestionaba algunos aspectos de los fundamento, tales como el relato de las víctimas y el lugar donde fueron cometidos los hechos, así como el monto de la pena a la que fue condenado.

La intervención de Casación

Gustavo Bruzzone, Patricia Llerena y Jorge Luis Rimondi marcaron que la denuncia que originó la causa tiene como damnificadas a cinco niñas mujeres de 2, 4, 11, 14 y 15 por lo que “resulta razonable valorar sus declaraciones conforme las precisiones que pudieron relatar, de acuerdo a su edad, para determinar cuándo y dónde ocurrieron los hechos”. “Las víctimas han manifestado lo sufrido con mayor o menor detalles, de acuerdo a los conocimientos que tenían. Además, no debe perderse de vista el tenor de lo denunciado: agresiones físicas y ultrajes a la sexualidad de forma constante y de manos de un padre (biológico o adoptivo), figura de autoridad que en situaciones normales se traduce en símbolo de protección”, marcaron.

Los jueces indicaron que las niñas fueron muy claras al responder que los abusos se dieron dentro del domicilio en el que vivían. Repasaron las declaraciones y puntualizaron en que una de ellas amplió sus dichos con respecto a la etapa de instrucción. “Es que, al ser más grande, y al hallarse en la sede de un tribunal, donde estaba siendo juzgado el imputado en ese preciso momento, encontrándose en un ámbito rodeado de figuras que simbolizan autoridad, como son los jueces, y luego de haber transcurrido más de un año desde la detención de imputado, es entendible que en esa segunda oportunidad la joven se haya sentido más confiada, segura y protegida para revelar con mayor libertad los acontecimientos que la damnificaron”, explicaron y citaron a la joven quien manifestó que la primera vez que fue a declarar “no podía soltarlo” y que quería hablar pero no podía.

Por otra parte, indicaron que las lesiones que contaron las chicas se condicen con lo analizado por el Cuerpo Médico Forense. “Las víctimas vivían inmersas en una atmósfera de constante violencia que era desplegada por el acusado, calvario al que ya se habían acostumbrado dado que eran situaciones que habían cobrado habitualidad”, recalcaron.