05 de diciembre de 2025
05 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Se allanaron a la acusación del fiscal Enrique Senestrari
Córdoba: condenan a 6 meses de inhabilitación electoral al presidente y a la tesorera del Partido Popular por no haber acreditado el origen y el destino de los fondos
Bajo el procedimiento especial que establece el Código Nacional Electoral, las autoridades partidarias fueron sancionadas con una pena prevista en la ley de financiamiento de los partidos políticos por irregularidades detectadas en el ejercicio económico 2022. No podrán elegir ni ser elegidos en elecciones nacionales ni del partido, ni tampoco podrán ejercer cargos públicos y partidarios durante el tiempo de la condena.

El Juzgado Federal N°1 de Córdoba, a cargo del juez subrogante Miguel Hugo Vaca Narvaja, condenó a 6 meses de inhabilitación para el ejercicio de los derechos de elegir y ser elegido en las elecciones a cargos públicos nacionales y en las de autoridades de los partidos políticos y para el ejercicio de cargos públicos y partidarios al presidente y a la tesorera del Partido Popular - Distrito Córdoba, Diego Ricardo Leguizamón y Agustina Ayelén Ochoa Aguirre, respectivamente, por no haber acreditado debidamente el origen y destino de los fondos partidarios por esa agrupación durante 2022.

Leguizamón y Ochoa Aguirre también fueron condenados a un pago único de 1,7 millones de pesos a favor de la Dirección Nacional Electoral (DINE). La condena fue producto de un acuerdo de conciliación al que había arribado la Fiscalía Federal N°1 de Córdoba, a cargo de Enrique Senestrari, con la defensa.

Durante el proceso, el fiscal Senestrari acusó a Leguizamón y a Ochoa Aguirre luego de que -en ejercicio del control patrimonial de los partidos políticos- el Cuerpo de Auditores de la Cámara Nacional Electoral tuviera por no acreditados el origen y destino de los fondos recibidos durante 2022 por el Partido Popular - Distrito Córdoba. Los auditores marcaron la presentación deficiente del balance anual y de la cuenta de ingresos y egresos de la agrupación. A partir de ese dictamen, el máximo tribunal con competencia electoral resolvió formular la denuncia correspondiente en una resolución dictada el 13 de junio de 2024.

En el marco del procedimiento especial establecido por el Código Nacional Electoral, el fiscal formuló acusación el 12 de junio pasado luego de que el presidente y la tesorera del partido negaran los hechos.

Senestrari encuadró las conductas en la figura del artículo 63, inciso b, de la ley de financiamiento de los partidos políticos, que prevé una pena de inhabilitación para el presidente de un partido, su tesorero y los responsables políticos y económicofinanciero de campaña en una escala de 6 meses a 10 años para elegir y ser elegido en cargos públicos nacionales y en las elecciones de autoridades de los partidos políticos y para el ejercicio de cargos públicos y partidarios, cuando no puedan acreditar debidamente el origen y/o destino de los fondos recibidos.

El jueves 2 de octubre pasado el fiscal Senestrari expuso en audiencia ante el juez que la defensa de Leguizamón y Ochoa Aguirre se allanó a su pretensión, es decir, que aceptó la imputación que les formuló, a cambio de la aplicación de la pena mínima prevista. Añadió que, como parte del acuerdo con la fiscalía, los dos imputados ofrecieron un monto dinerario en concepto de indemnización a la DINE.

Tras escuchar la presentación del fiscal y la aceptación de las dos personas imputadas, el juez homologó el acuerdo. “La decisión de allanarse ha sido tomada en forma expresa, total e indubitable por ambos imputados, y no se encuentra comprometido el orden público”, señaló el juez Vaca Narvaja.

“Teniendo en cuenta que los imputados no cuentan con antecedentes —según lo manifestado por el MPF—, la falta de acreditación del origen y destino de los fondos constatada por el Cuerpo de Auditores de la Cámara Nacional Electoral, y el acuerdo alcanzado, estimo prudente la pena mínima propuesta por las partes”, resolvió el juez, y determinó la indemnización en favor de la DINE en 1,7 millones de pesos.