29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Elisa Carrió y Fernando Sánchez habían denunciado al ministro del Interior
Di Lello consideró que no existen elementos para abrir una investigación contra Randazzo
El fiscal federal Jorge Di Lello puntualizó que de la presentación de los diputados de la Coalición Cívica no se desprenden elementos que puedan vulnerar los derechos de alguna de las agrupaciones políticas.

El fiscal federal Jorge Di Lello entendió que no existen elementos para iniciar una investigación preliminar contra el Ministro de Interior y Transporte de la Nación, Florencio Randazzo. El representante del MPF con competencia electoral intervino luego de una denuncia presentada por los diputados de la Coalición Cívica Fernando Sánchez y Elisa Carrió, quienes habían planteado un conflicto de intereses entre las funciones de Randazzo al frente de la cartera, de la que depende la Dirección Nacional Electoral (DiNE), y la precandidatura presidencial. Además, cuestionaron el manejo de fondos y rendiciones de cuentas sobre la publicidad de actos de gobierno.

Sobre el primer punto de la denuncia, Di Lello explicó que del escrito "no surgen elementos que permitan avizorar que la situación planteada ene este momento afectaría de alguna manera la igualdad de los actores en el proceso electoral". Además, recordó que “a la fecha, no existe precandidatura del sr. ministro del Interior, no se encuentra la jurisdicción electoral habilitada para pronunciarse debido a la inexistencia de un soporte fáctico”. Sin embargo, aclaró que "una vez definido como precandidato", podrá analizarse la supuesta incompatibilidad.

En relación a la acusación sobre el manejo de fondos públicos destinados a la campaña, el fiscal federal entendió que el sistema cumple con los requisitos de autonomía funcional para el funcionamiento de los procesos electorales y destacó que no "existe la discrecionalidad absoluta e irrevisable en la asignación del financiamiento partidario o de campaña", ya que la ley 26215 establece el derecho de revisión, de la que no participa la cartera de Interior. "Más aún, existen instancias revisoras, no sólo de la Justicia Nacional Electoral, sino por el Consejo de Seguimiento de Elecciones Primarias y Generales, que agrupa a todas las fuerzas políticas participantes en las elecciones", afirmó el representante del MPF.

Di Lello también se refirió a las funciones de la Dirección Nacional Electoral y puntualizó que esa dependencia del Ministerio del Interior y Transporte es la encargada de la distribución de espacios en los servicios de comunicación audiovisual previos a los comicios entre las agrupaciones y que es la responsable de la organización y el financiamiento de los partidos políticos y de las campañas, entre otras funciones. En ese sentido, el fiscal consideró que la función del Ministerio "está más relacionada con la provisión de servicios y materiales a la Justicia Nacional Electoral, conforme las tareas encomendadas por el Código Nacional Electoral a cada uno, más que otorgarle al titular de la cartera ministerial un manejo discrecional en tareas que la jurisdicciones ha reservado para sí y que ineludiblemente están fuera de cualquier decisión del órgano Ejecutivo Nacional".

La causa tramita en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº1 con competencia electoral, a cargo de María Romilda Servini de Cubría.