29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Lo dispuso el fiscal general de la seguridad social Gabriel De Vedia
Dictaminaron a favor de otorgarle la jubilación a una pensionada en situación de vulnerabilidad
Para esto, el representante del MPF tuvo en cuenta la edad de la mujer, la disminución de sus capacidades funcionales, su falta de familia, su ínfimo ingreso proveniente de una pensión y la residencia en un geriátrico al que fue derivada por el PAMI cuando se encontraba en situación de calle.

El fiscal general subrogante a cargo de la Fiscalía General N°2 ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, Gabriel de Vedia, dictaminó que correspondía otorgarle el beneficio de jubilación a una mujer de edad avanzada, titular de una pensión de monto mínimo, derivada de la muerte de su cónyuge. Para tomar esa postura, el representante del MPF tuvo en cuenta la situación de vulnerabilidad de la mujer debido a su edad, la disminución de sus capacidades funcionales, su estado de soledad ante la falta de familiares directos (su única hija había fallecido a los 17 años), su ínfimo ingreso proveniente de una pensión y la residencia en un geriátrico, al ser derivada por una asistente social de PAMI cuando se encontraba en situación de calle.

De Vedia destacó además el carácter protector de la seguridad social, así como también mencionó diversos instrumentos internacionales de rango constitucional que se refieren a la seguridad social como un derecho de carácter universal que hace a la dignidad del ser humano.

Asimismo, se tuvo en cuenta el Convenio Relativo a la Norma Mínima de la Seguridad Social -Convenio 102-, aprobado mediante la ley 26.678 y la Recomendación relativa a la Iniciativa del Piso de Protección Social (I-PPS), elaborada por la Conferencia Internacional del Trabajo durante el 2012, que menciona como garantía básica de la seguridad social al ingreso para las personas de edad y sugiere tratar de proporcionar, al mayor número de personas posible, de forma inmediata, niveles de protección más elevados, acordes con las capacidades económicas y fiscales del propio país.

Por último, la Fiscalía General precisó que el Programa de Inclusión Previsional “tiene por finalidad la ampliación de los derechos de aquellos sectores más vulnerables de la población que se encontraban excluidos de los sistemas de protección social; situación ésta que presenta la accionante”.