23 de abril de 2025
23 de abril de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La sentencia apelada había sido dictada en febrero de este año
Dictaminaron revocar una sentencia que avaló el cobro de una pensión en euros
El fiscal Gabriel De Vedia consideró que no corresponde el pago en euros de una pensión percibida por un jubilado italiano. Para el representante del MPF, el accionante no logró demostrar un perjuicio grave a raíz de la disposición del Banco Central y que, además, no es competencia de la administración de justicia intervenir en decisiones del Poder Ejecutivo.

El fiscal subrogante a cargo de la Fiscalía General n° 2 ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, Gabriel de Vedia, dictaminó que corresponde revocar una sentencia de primera instancia que había sido apelada por el Banco Central y obligaba al Estado a pagar una pensión en euros.

El amparo había sido presentado por un jubilado italiano contra el Poder Ejecutivo Nacional, el Banco Central, la AFIP y el Banco Citi. En su presentación, el demandante sostenía que, al no poder percibir su pensión en euros, se estaba violando su derecho de propiedad. La jueza hizo lugar al amparo y, a su vez, ordenó el pago de las diferencias entre lo percibido en pesos y lo que, a su entender, debió haber cobrado en moneda extranjera.

El representante del MPF afirmó que debía analizarse si en este caso se configuraban los presupuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, que requiere esa acción para ser admitida. En ese sentido, De Vedia consideró que ninguno de esos requisitos se cumplían en el caso, ya que “juzgar los criterios que utiliza el ente de gestión resulta ajeno a la función jurisdiccional”. A su vez, sostuvo que, de las constancias en autos “no surge que la parte actora haya probado un perjuicio real, efectivo, tangible, concreto e ineludible”. Como prueba de ello, De Vedia resaltó que “el accionante adjunta como prueba, del que surge que se le abonó la totalidad de su haber jubilatorio en la moneda de curso legal, al cambio del día, de conformidad a las normas que rigen el mercado cambiario".

Por el otro lado, el representante del MPF consideró que el Convenio entre Argentina e Italia no estipula en parte alguna el cobro de pensiones en moneda europea. Por último, evaluó las atribuciones que tiene el Banco Central para dictar regulaciones respecto del régimen cambiario, avaladas incluso por la Corte Suprema de Justicia. En ese sentido, mencionó lo dictaminado por la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, en el caso “Moyano Nores” en cuanto a que “existen intereses colectivos involucrados en el ingreso, egreso y uso de las divisas extranjeras, lo que ha justificado la regulación estatal del mercado cambiario en aras de promover un adecuado equilibrio entre ellos”.