19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En un dictamen presentado hoy ante el Juzgado Federal N°10
El fiscal Eduardo Taiano señaló que Alberto Nisman fue víctima de un homicidio
El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que la muerte del ex titular de la UFI AMIA fue provocada, cuanto menos, por una persona. Además, solicitó las indagatorias de Diego Lagomarsino -por su presunta participación necesaria en el hecho- y de cuatro ex custodios del fiscal general -por incumplimiento en sus deberes-.

El fiscal federal Eduardo Taiano señaló en un dictamen presentado hoy ante el Juzgado Federal N°10 que Alberto Nisman fue víctima de un homicidio, y solicitó que el técnico informático Diego Lagomarsino sea citado a prestar declaración indagatoria por su presunta participación necesaria en la comisión del delito al aportar la pistola Bersa utilizada en el hecho. El representante del Ministerio Público Fiscal requirió que se disponga la misma medida respecto de los custodios de quien fuera titular de la Unidad Fiscal AMIA, Rubén Fabián Benítez, Néstor Oscar Durán, Luis Ismael Miño y Armando Niz, por incumplimiento de sus deberes.

Taiano repasó en la presentación el devenir de la causa desde el fuero nacional hasta su radicación definitiva en el fuero de excepción, tras un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en septiembre del año pasado, y su delegación en la Fiscalía Federal N°3 a su cargo. Al respecto, señaló que su tarea comenzó con ordenar el trámite del expediente y completar numerosas medidas de prueba, entre las que se destacan la finalización de la recepción de declaraciones testimoniales de los integrantes de la UFI AMIA; la citación de la totalidad de los vecinos -más de 400- que viven en las torres del Complejo Le Parc de Puerto Madero -donde residía Nisman-; el entrecruzamiento de llamadas de más de cuarenta y cinco mil abonados -en principio por parte de la Gendarmería Nacional Argentina y luego por la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado dependiente de la CSJN-, lo que implicó, además, la recopilación de la información de todos esos abonados a través de requerimientos a las diferentes empresas telefónicas; y la realización de una junta interdisciplinaria -a cargo de la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería Nacional Argentina- comprensiva de las áreas de medicina legal, criminalística y análisis instrumental para obtener una conclusión respecto de la hipótesis causal de la muerte violenta del fiscal.

La Fiscalía le imputó a Lagomarsino haber prestado una colaboración necesaria en el homicidio de Alberto Nisman, por haber aportado el arma con la que, posteriormente, se consumó el delito por autores que aún no han sido identificados.

Las conclusiones de la junta interdisciplinaria

El fiscal federal reseñó que los integrantes de la junta interdisciplinaria concluyeron que la muerte fue producto de un homicidio, ocurrido en el interior del baño y en el que participaron dos victimarios, uno de los cuales manipuló el arma y el restante lo asistió y manipuló el cuerpo de la víctima. Asimismo, afirmaron que la data de muerte rondaría las 29.2 horas, con una certeza del 98%, por lo que el homicidio se debería haber producido a las 2.46 horas del domingo 18 de enero de 2015.

El representante del MPF consideró que el análisis de los peritos de la junta brindó una respuesta razonada y fundada, tras describir su conformación y modalidad de trabajo; en ese sentido, destacó que se garantizó la intervención de los peritos de parte a lo largo de todas las actividades. Las diferentes áreas y especialistas que conformaron la junta interdisciplinaria, con el fin de abarcar todas las disciplinas, fueron de: medicina legal, balística forense, análisis instrumental, acústica forense, video judicial, planimetría, representación y animación 3D, huellas y rastros, infraestructura física, fotografía y video y diseño gráfico.

Una vez culminada la etapa de debate de la junta, se realizó una “recreación” del suceso investigado, en una maqueta construida a escala real del baño en donde fue hallada la víctima. En esa “recreación”, los peritos de Gendarmería Nacional exhibieron y explicaron su hipótesis del hecho, y se permitió el debate y el intercambio de ideas sobre distintos puntos de discusión, como las manchas de sangre halladas en el lugar del hecho, la posición en la que se encontraba Nisman previo a su fallecimiento y la posible intervención de terceras personas en el lugar. Los peritos de parte también tuvieron la posibilidad de recrear sus hipótesis y explicaciones.

“Las circunstancias que rodearon la muerte de la víctima, impiden siquiera considerar la posibilidad de un suicidio”, señaló el fiscal Taiano.

Homicidio

Tras analizar los numerosos elementos de prueba reunidos en la causa, con especial atención en el estudio interdisciplinario realizado por la junta, Taiano consideró que se desprende la “activa participación de terceras personas en el lugar en el que ocurrió el hecho”, que definió como un homicidio. “Las circunstancias que rodearon la muerte de la víctima, impiden siquiera considerar la posibilidad de un suicidio”, precisó.

Pedidos de indagatorias

La Fiscalía le imputó a Lagomarsino haber prestado una colaboración necesaria en el homicidio de Alberto Nisman, por haber aportado el arma con la que, posteriormente, se consumó el delito por autores que aún no han sido identificados. Ese accionar habría sido posible por la relación de confianza que tenían, que le habría permitido acceder tanto a la vivienda del fiscal como a sobrepasar su custodia. Su conducta fue encuadrada, provisoriamente, dentro de lo previsto por el artículo 79 del Código Penal, en función del artículo 45 del mismo cuerpo legal.

Además, se le endilga la tenencia ilegítima del arma de fuego de su propiedad, marca “Bersa” calibre .22, cuya autorización se encontraba vencida desde el 1° de abril del año 2007.

Por otro lado, Taiano le imputó a Rubén Fabián Benítez y Néstor Oscar Durán, y a Luis Ismael Miño y Armando Niz que el 17 y el 18 de enero de 2015, respectivamente, en su condición de funcionarios públicos asignados a la custodia personal y de traslado del por entonces fiscal general Natalio Alberto Nisman, incumplieron los deberes funcionales que tenían a su cargo, al no proteger a su custodiado en forma debida, de acuerdo con lo estipulado por el Protocolo de Actuación N° 7 para la Custodia de Funcionarios y Dignatarios. Ese incumplimiento habría ayudado “a la perpetración del ilícito, por cuanto posibilitó el ingreso del arma homicida al domicilio del custodiado, franqueó el acceso de los ejecutores del hecho, permitió que estos lleven adelante su accionar sin riesgo de ser descubiertos, determinó su salida impune del lugar e impidió tomar conocimiento del hecho en forma inminente a su producción”.