El juez Pablo Jantus, presidente de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, determinó que sea el Tribunal Oral de Menores N°2 quién lleve adelante el juicio al policía Luis Chocobar, acusado de haber disparado y matado a un joven que había participado de un robo minutos antes junto con un adolescente.
La situación llegó a Casación luego de que se trabara la competencia entre un tribunal de menores y un tribunal oral criminal y correccional. En febrero de este año, la causa estaba en el Tribunal Oral de Menores Nº2, que consideró que eran dos hechos independientes los que se juzgaban y que tenían dos imputados diferentes, por lo que se encontraba desvirtuado “el principio de especialidad que rige en materia penal juvenil”, de manera debía declararse la incompetencia respecto a Chocobar. Así fue que la causa se sorteó y recayó en el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°7.
En mayo, el fiscal Oscar Ciruzzi -a cargo de la Fiscalía General Nº7 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales- consideró que debía volver la causa que involucra a Chocobar al fuero de menores. "Entiendo que llevar dos juicios distintos implica un dispendio jurisdiccional ya que nótese que la causa remitida es integralmente copia de la radicada en Menores, de modo que la prueba es común y fundamentalmente realizar dos debates trae aparejado el sesgo de que se prueben circunstancias distintas, se arribe a soluciones dispares o incluso contradictorias implicando un desmedro del adecuado servicio de justicia”, resaltó en aquél momento.
En mayo, el fiscal Oscar Ciruzzi había considerado que la causa debía volver al fuero de menores.
En línea con ese planteo, el Tribunal se declaró incompetente y todo llegó a la Cámara de Casación. En su fallo, Jantus resolvió que la causa permanezca en el fuero de menores para "evitar un dispendio en la actividad probatoria –especialmente aquella consistente en la producción de testimonios". También, tuvo en cuenta que el expediente siempre estuvo a cargo de ese fuero y que por razones de economía procesal era "aconsejable" que permaneciera allí.
La causa
De acuerdo con el requerimiento de elevación a juicio realizado por la Fiscalía de Distrito del Barrio de La Boca, a cargo del fiscal Marcelo Martínez Burgos, el 8 de diciembre de 2017 dos jóvenes menores de edad asaltaron a un turista estadounidense sobre la calle Garibaldi entre Olavarría y Suárez. Ante la resistencia de la víctima, lo acuchillaron en reiteradas ocasiones para lograr robarle su cámara de fotos. El hombre estuvo internado más de 20 días en el Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich” y su vida corrió peligro por las lesiones que sufrió en su corazón.
Luego de la secuencia del robo, ambos jóvenes se fugaron por la calle Olavarría en dirección a Irala. Uno de ellos logró escapar mientras que el otro fue alcanzado por tres personas que forcejearon con él para recuperar la cámara. En ese momento, llegó a la escena el policía Luis Oscar Chocobar, quién realizó tres disparos intimidatorios al aire y dio la voz de alto, identificándose como miembro de una fuerza policial. La persecución siguió hasta la Avenida Suárez cuando el efectivo le disparó en cuatro oportunidades, dos de las cuales alcanzaron al joven en la parte baja de su espalda y en la pierna e hicieron que cayera sobre la calle. A los pocos minutos llegó un oficial de la Policía de la Ciudad que secuestró el cuchillo que tenía en la ropa. El SAME llegó luego y lo trasladó al hospital donde falleció el 12 de diciembre.
La escena fue reconstruida a través del testimonio de los hombres que persiguieron a los jóvenes, de las cámaras de seguridad de la zona, del relato en indagatoria del imputado y de los efectivos que participaron luego del operativo. A eso se le sumó dos peritajes efectuados por la Unidad Criminalística de Alta Complejidad de la Policía Federal Argentina cuya finalidad fue la de esclarecer la trayectoria de los disparos, la distancia y cómo había sido el accionar de Chocobar. Allí, los expertos consideraron que el proyectil extraído de la zona lumbar de la víctima tenía ciertas características que permitirían afirmar que rebotó contra el suelo antes de ingresar al cuerpo.
En el requerimiento, la fiscalía consideró que el accionar del acusado debía ser examinado desde su condición de policía. “¿Su estado policial lo obligaba a intervenir en los sucesos? Es claro que bajo ninguna circunstancia podía mostrarse indiferente o insensible a neutralizar el riesgo que implicaba el comportamiento de dos delincuentes que momentos previos (segundos) habían cometido un delito de tal magnitud que pusieron en riesgo la vida de una persona”, remarcó. A esto le sumó que existía también un nuevo peligro: la amenaza a la integridad física de los tres vecinos que persiguieron en primer lugar a los agresores.
Destacó, al igual que lo hizo la Cámara del Crimen cuando confirmó el procesamiento, que Chocobar se identificó como policía y dio la voz de alto antes de disparar al aire, lo que es una valoración positiva de su actuación hasta ese momento. No obstante, si bien se determinó que la bala que impactó a la víctima en la zona lumbar lo hizo por un rebote en el piso, resaltó que esto indicaría que los disparos se hicieron cuando el joven corría de espaldas. La fiscalía consideró que la situación y el accionar del policía deben dilucidarse en una instancia de juicio oral.
Chocobar deberá responder, entonces, por el delito de "homicidio agravado por la utilización de un arma de fuego en exceso en el cumplimiento de un deber". De todas formas, en el requerimiento se especificó que quedó más que probado que “su fin en modo alguno era quitarle la vida” a la víctima. “Nunca tuvo la intención de matar y esa falta de dolo inicial en obtener ese resultado permite encontrar la solución en el ámbito de la antijuridicidad”, explicó la fiscalía y reiteró que la etapa de juicio “es el mejor escenario para debatir con mayor detenimiento todas las aristas de los hechos investigados y la responsabilidad que le cabe o no al imputado, donde, además, se podrán zanjar todas las cuestiones relacionadas con su actuación y donde los peritos que intervinieron en los peritajes podrán explayarse con mayor claridad”.