24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°20
En el marco de una conciliación, un imputado debió resarcir a la víctima y entregar leche a una institución de bien público
Así lo dispuso el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°45, al homologar el acuerdo. El hombre estaba acusado por el delito de defraudación por retención indebida, al haberse apropiado de una consola de videojuegos que la víctima le había dejado para reparar.

Con la intervención del titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°20, Carlos Donoso Castex, el 21 de mayo pasado se realizó una audiencia -vía la plataforma ZOOM- que concluyó con la aplicación de una conciliación penal en la que la víctima fue resarcida por el imputado, a quien además se le impuso la obligación de entregar 150 litros de leche de primera marca a una entidad de bien público.

El caso

La víctima le dejó al imputado una consola de videojuegos para reparar. Sin embargo, el hombre se negó a devolvérsela, por lo que fue imputado y procesado en orden al delito de defraudación por retención indebida, por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°45, Alejandro Litvack.

Luego de que el Juzgado decretara su procesamiento, el imputado y la víctima llegaron a un acuerdo conciliatorio, por el que el imputado le abonaría $50.000 al querellante. Al ser consultado sobre la procedencia del remedio intentado, el fiscal Donoso Castex le solicitó al juez la realización de una audiencia con todas las partes, en los términos del artículo 34 del Código Procesal Penal Federal, que tuvo lugar el pasado 21 de mayo a través de una videollamada con todas las partes.

En dicho contexto, el representante del Ministerio Público Fiscal no se opuso al acuerdo económico al que habían arribado las partes, aunque sostuvo que, como representante de los intereses generales de la sociedad, “la reparación del acusado no debía limitarse sólo a la víctima, sino al conjunto de la sociedad”, por lo que estimó oportuno que el imputado entregara leche larga vida de primera marca en favor de una entidad de bien público, a fin de contribuir a resolver la delicada situación que atraviesa gran parte de la sociedad a partir del avance de la pandemia del virus COVID-19.

Tras los argumentos de la querella y la defensa, el juez Litvack resolvió homologar el acuerdo conciliatorio y le impuso la obligación al imputado -tal como lo solicitara la fiscalía- de entregar 150 litros de leche larga vida de primera marca a la entidad “Arcores Argentina”, red solidaria internacional de los Padres Agustinos Recoletos.

Tras acreditarse que el imputado resarció económicamente a la víctima y entregó la leche a la entidad señalada, el juez declaró extinguida la acción penal y sobreseyó al imputado.