La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso que interpuso la fiscal general interina de General Roca, María Claudia Frezzini, contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de esa ciudad que había declarado nulo un procedimiento de requisa realizado por la Gendarmería Nacional durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio en el 2020, en el que se le encontraron a una funcionaria pública 3 millones de pesos en efectivo que trasladaba en una camioneta oficial.
Con la posición mayoritaria de los jueces Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques, y la disidencia de la jueza Angela Ledesma, el máximo tribunal penal resolvió hacer lugar al recurso y devolver el caso a origen para que continúe con su trámite.
“Es doctrina reiterada de este Tribunal que en materia de nulidades debe primar un criterio de interpretación restrictiva y sólo cabe pronunciarse por la anulación de las actuaciones cuando exista un derecho o interés legítimo lesionado, de modo que cause un perjuicio irreparable, mas no cuando falte una finalidad práctica en su admisión”, sostuvieron los jueces.
En ese sentido, concluyeron que la requisa efectuada resultaba ajustada a derecho por cumplir con las exigencias legales y, consecuentemente, no implicó una violación a derechos constitucionales. En las instancias precedentes se había sostenido que la requisa no estuvo motivada en circunstancias previas y concomitantes, pero el máximo tribunal penal sostuvo que las personas a bordo del vehículo no contaban con el permiso habilitante para movilizarse en el horario en que se llevó a cabo el procedimiento. Por ello, los jueces sostuvieron que el accionar de los gendarmes estuvo amparado en las normas procesales, dado que consideraron que había razones para llevar a cabo la requisa de la camioneta.
Por otro lado, añadieron que, al ser la imputada una funcionaria pública, rigen especiales deberes y pautas de comportamiento ético -entre las que se encuentran las obligaciones de fundar sus actos, de mostrar mayor transparencia y de proteger y conservar la propiedad del Estado y emplear sus bienes sólo con los fines autorizados-, como también parámetros diferentes en lo que a su esfera de privacidad se vincula.
Los hechos
Según detalló la fiscalía, el caso tuvo origen el 6 de noviembre de 2020, cuando en el kilómetro 2055 de la ruta nacional 40, en la localidad de Dina Huapi, provincia de Río Negro, el personal del Escuadrón 34 de la Gendarmería Nacional, a raíz de un control vehicular de rutina, detuvo la marcha de una camioneta de color blanca con inscripciones plateadas que la identificaban como perteneciente a la Secretaría de Estado de Energía de aquella provincia.
La camioneta era conducida por un hombre, que no pudo acreditar su pertenencia a ninguna oficina provincial que le permitiera estar al mando del vehículo ni tampoco contaba con la habilitación que le permitiera circular durante el ASPO. Por su parte, la acompañante se presentó como funcionaría pública y dijo que ocupaba el cargo de directora de Energías de la provincia.
En ese contexto, la Gendarmería realizó el procedimiento rutinario en el marco del ASPO, por circulación en la vía pública fuera del horario permitido y sin permiso habilitante, y requisó la camioneta y encontró $3.060.000 en efectivo en su interior. Ante esa situación, solicitó a la funcionaria la documentación que respaldara la procedencia del dinero. La mujer dijo que no contaba con esa documentación, pues explicó que el dinero no era de su propiedad.
La situación fue comunicada inmediatamente por la fuerza de seguridad al Juzgado Federal de Bariloche, que ordenó el secuestro del dinero, dio inicio de actuaciones por presunta infracción al artículo 303 del Código Penal (lavado de activos) y delegó la investigación al Ministerio Público Fiscal. La defensa de la funcionaria planteó la nulidad del procedimiento realizado por la Gendarmería Nacional y de lo actuado en consecuencia y el 27 de septiembre de 2021 el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche hizo lugar a su pretensión.
Aquella decisión fue apelada por el MPF y el 3 de noviembre de 2021 la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca compartió la postura del juzgado de primera instancia, al considerar que la requisa no estuvo motivada en una circunstancia previa y concomitante. A raíz de ello, la fiscalía interpuso el recurso de casación, con el cual obtuvo el pronunciamiento que revirtió la decisión y que ordenó que la investigación continúe su curso.