03 de mayo de 2024
03 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El fiscal de casación se pronunció sobre la “doble conformidad”
Dictaminan a favor de revisar una condena en términos amplios
El fiscal Javier De Luca dictaminó hacer lugar al recurso presentado por un hombre absuelto en juicio, pero condenado luego a dos años y seis meses de prisión en suspenso por Casación. Consideró que el condenado debía contar con las garantías de revisión amplia de la sentencia y “doble conformidad” de la pena.

A fines de marzo del 2012, el Tribunal Oral Criminal Nº 10 había absuelto a Adrián Martín Quispe Mamani por el delito de homicidio culposo en concurso ideal con lesiones leves culposas.

Contra esa resolución, la querella de la víctima interpuso un recurso de casación. A partir de eso, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la absolución y condenó al imputado como autor del homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo, en concurso ideal con lesiones leves culposas, a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso, e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por cinco años.

Sin embargo, en el marco del recurso presentado por la defensa de Quispe Mamani contra la condena, el fiscal de casación Javier De Luca dictaminó hacer lugar al pedido del letrado. De esta manera, solicitó remitir la causa a la Secretaría General de la Cámara Nacional de Casación Penal, para que se sortee otra Sala, que le dé trámite y realice una revisión amplia de la sentencia condenatoria.

Asimismo, el representante De Luca manifestó que la Sala III de la Cámara Federal de Casación fue el primer tribunal que condenó a Quispe Mamani,  con lo cual "éste no tuvo una instancia anterior donde tratar su caso de manera amplia, de cuestiones no federales”. Razón por la cual, el fiscal sotuvo  que ante la falta de adjudicación de un recurso amplio que la persona condenada tiene derecho a interponer, le correspondía a otra Sala de la propia Cámara Federal de Casación Penal revisar de manera amplia la condena impuesta.

De esta forma, expresó el fiscal, queda intacta la eventual posibilidad de alegar ante la Corte cuestiones federales que pudieran llegar a suscitarse, y “el Alto Tribunal conocería de un producto más acabado o mejor elaborado”.