19 de mayo de 2024
19 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Por la apropiación indebida de los recursos
La UFISES denunció a empresas por no depositar aportes a la seguridad social
Se trata de siete denuncias realizadas por los coordinadores de la Unidad Fiscal para la investigación de delitos relativos a la Seguridad Social, Josefina Minatta y Gabriel de Vedia. La unidad especializada denunció a un grupo de compañías que no depositaron los aportes a la seguridad social, perjudicando a sus empleados y al sistema previsional.

La fiscal Josefina Minatta y el fiscal Gabriel De Vedia de la Unidad Fiscal para la investigación de delitos relativos a la Seguridad Social (UFISES) realizaron una serie de denuncias sobre empresas que no cumplieron con el depósito de los aportes a la seguridad social. Las investigaciones señalan que el incumplimiento empresarial implicó un perjuicio a los empleados y puso en riesgo la sustentabilidad del sistema. A raíz de las investigaciones efectuadas, la unidad especializada ya formuló siete presentaciones ante el fuero penal económico denunciando a las autoridades de distintas compañías que resultarían penalmente responsables del delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social, conducta sancionada por la ley penal tributaria.

“En el caso de los delitos contra el sistema de la seguridad social, el bien jurídico protegido no es la actividad financiera del Estado, sino el acceso a una cobertura adecuada de las contingencias sociales que pueden afectar a toda la comunidad”, destacaron los fiscales.

Además, agregaron que “si los contribuyentes obligados no cumplen en tiempo y forma con el depósito de los aportes, el sistema de la seguridad social corre el riesgo de desfinanciarse y ello puede provocar la imposibilidad de garantizar el acceso a las prestaciones sociales a largo plazo”.

Por otro lado, De Vedia reafirmó el rol fundamental de la UFISES en relación a la protección de los recursos de la seguridad social y destacó que “el carácter limitado de los recursos de la seguridad social y los primordiales objetivos que a través de éstos se cumplen –extremos que fueron reconocidos en distintos tratados internacionales con jerarquía constitucional-, trae como correlato la necesidad de protegerlos frente a conductas que puedan afectarlos arbitrariamente o desviarlos de sus finalidades específicas.”

Por último, de Vedia y Minatta manifestaron que en la actualidad resulta habitual que las empresas se adhieran reiteradamente a planes de facilidades de pago para regularizar sus deudas por aportes, y que sistemáticamente los incumplan. Dicha conducta, señalaron, “debe ser especialmente ponderada, ya que el perjuicio al fisco no se verifica solo en los casos de la falta de ingreso de las sumas debidas, sino que también se genera por el incumplimiento en los plazos legales o por el cumplimiento en forma parcial, toda vez que el Estado necesita, para afrontar el gasto público, un determinado flujo financiero que no se reúne si los contribuyentes demoran los pagos o nos los realizan en forma íntegra”.