24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el fiscal coordinador Gabriel de Vedia
La UFISES denunció a OSDE por apropiación indebida de los recursos de la seguridad social
Se trata de un monto de alrededor de doce mil millones de pesos. El representante del MPF pidió además que se investigue la responsabilidad del personal jerárquico de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación por el incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El fiscal federal Gabriel De Vedia, a cargo de la Unidad Fiscal para la Investigación de delitos relativos a la Seguridad Social (UFISES), formuló denuncia penal contra los responsables de la Obra Social de Ejecutivos y del Personal de Dirección de Empresas  (OSDE) por considerar que podrían resultar penalmente responsables del delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social, de acuerdo a lo normado por la ley penal tributaria, afectando el Fondo Solidario de Redistribución (FSR).

El representante del MPF consideró que existen elementos para considerar que los funcionarios de la Superintendencia de Servicios de Salud (Sssalud) podrían resultar penalmente responsables por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público ya que de las constancias obrantes en el expediente no surge que se haya efectuado una adecuada recaudación y fiscalización en tiempo y forma de los recursos que componen el FSR, ni que se haya perseguido el cobro de los aportes debidos por OSDE conforme a la normativa vigente. A raíz de la actitud omisiva o deficiente de los funcionarios, se habría  facilitado la comisión y la prolongación a lo largo del tiempo de la conducta delictiva por parte de los responsables de OSDE.

A raíz de la investigación efectuada por el fiscal de Vedia pudo verificarse que OSDE registró, en el período 1990/2011, deudas con el FSR por un total de $11.948.070.181,75 (capital más intereses).

La Investigación Preliminar se inició en la UFISES el día 4 de enero de 2017, en virtud de la remisión por parte de la Superintendencia de Servicios de Salud de copias de un reclamo administrativo previo presentado en dicho organismo por los apoderados legales de la empresa SWISS MEDICAL S.A.

Esta última denunció que OSDE no cumplía con el depósito del aporte en concepto de adherentes voluntarios al FSR conforme lo previsto en la Res. INOS 490/90. A raíz de la investigación efectuada por el fiscal de Vedia pudo verificarse que OSDE registró, en el período 1990/2011, deudas con el FSR en concepto de aportes por el porcentaje de las cuotas correspondientes a los afiliados voluntarios por un total de $11.948.070.181,75 (capital más intereses).

El representante del MPF confirmó que según la ley vigente la  Superintendencia de Servicios de Salud está investida de obligaciones y facultades de fiscalización y cobro, con “un amplio poder de verificación y determinación de deuda” y “un procedimiento procesal de cobro expedito como lo era la vía de ejecución…”. Sin embargo, respecto a OSDE, los responsables de la Sssalud no habrían cumplido con las funciones a su cargo.

En su denuncia, el fiscal señaló que “conforme la normativa vigente OSDE actuaba como agente de percepción del porcentaje de la cuota con destino al FSR abonada por el beneficiario”. Dicho porcentaje debió ser depositado en la cuenta del FSR, sin embargo desde el año 1990 hasta el 2011 la OSDE omitió cumplir con su obligación legal.

Si bien en el año 1998 la Sssalud inició una demanda de conocimiento pleno ante el fuero de la seguridad social, persiguiendo el cobro de los aportes debidos por OSDE, lo cierto es que conforme lo prescripto en el art. 47 de la ley 23.661 debió -desde que se generó la deuda- emitir certificados de deuda y ejecutarlos.

El procedimiento ordinario elegido discrecionalmente extendió la discusión hasta la actualidad, y aún no cuenta con sentencia definitiva. En su denuncia el fiscal señaló que “conforme la normativa vigente la OSDE actuaba como agente de percepción del porcentaje de la cuota con destino al FSR abonada por el beneficiario”. Dicho porcentaje debió ser depositado en la cuenta del FSR, sin embargo desde el año 1990 hasta el 2011 la OSDE omitió cumplir con su obligación legal.

Acerca del FSR

A través del artículo 22 de la ley 23.661 se creó en el ámbito de la Anssal -hoy Superintendencia de Servicios de Salud- un Fondo Solidario de Redistribución contemplando entre sus objetivos los de:  subsidiar automáticamente a aquellos beneficiarios que percibieran menores ingresos con el propósito de equiparar sus niveles de cobertura obligatoria; solventar la cobertura de prestaciones médicas especiales de alta complejidad o elevado costo y las de discapacidad; y constituir reservas líquidas destinadas a atender posibles desequilibrios financieros de las obras sociales.

La recaudación y fiscalización de los aportes, contribuciones y recursos de otra naturaleza destinados al FSR se encuentra actualmente en cabeza de la Superintendencia de Servicios de Salud. Cabe recordar que el Sistema de la Seguridad Social Nacional está compuesto por varios subsistemas entre los que se encuentra el relativo a la Salud.

Del art. 14 bis de la Constitución Nacional, se desprende que el Estado es el obligado a brindar las prestaciones médicas a todos los habitantes de la República. Sin embargo, delega dicha imposición en las Obras Sociales y en otros organismos vinculados a la salud, manteniendo vigente su carácter  de responsable subsidiario.
El FSR es uno de los mecanismos con los que cuenta el Estado en miras de lograr progresivamente la plena efectividad del derecho a la salud. En función de ello toda la comunidad en forma solidaria – lo que incluye a las obras sociales- tienen la obligación de contribuir al mantenimiento del FSR.

El incumplimiento de dicha obligación por parte de los agentes del seguro de salud –en este caso la OSDE-, amén de constituir un supuesto de responsabilidad penal, implica un serio obstáculo para que el fondo pueda cumplir con sus objetivos y, consecuentemente, pone en riesgo el acceso a prestaciones médicas acordes por parte de toda la comunidad.

En este sentido, el fiscal de Vedia señaló que “los delitos imputados en la denuncia perjudican los recursos públicos destinados a garantizar el derecho a la salud, dirigiéndolo arbitrariamente a favor de quienes se sirven de aquello que pertenece a toda la comunidad. De esta manera se disminuyen los recursos económicos con los que cuenta el sistema de la seguridad social –y particularmente el subsistema de salud, produciéndose una merma en la calidad y cantidad de las prestaciones que deben recibir los beneficiarios y poniendo en riesgo el acceso a la cobertura por parte de los actuales y futuros beneficiarios”.
La sustentabilidad a largo plazo del sistema de la seguridad social es lo que permitirá garantizar el acceso a la cobertura a toda la comunidad. En consonancia con ello, Gabriel de Vedia lleva interpuestos en su carácter de fiscal actuante en el fuero de la seguridad social, más de 4.700 recursos de apelación contra decisiones judiciales que establecían afectaciones arbitrarias de los fondos destinados a financiar las prestaciones de toda la ciudadanía.

Actualmente, el representante del MPF se encuentra trabajando en la realización de un dictamen jurídico respecto del planteo administrativo interpuesto por la Swiss Medical en  la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación.