10 de octubre de 2024
10 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el fiscal general Daniel Adler
Mar del Plata: la fiscalía impulsa la investigación del caso de espionaje a familiares de víctimas del submarino ARA San Juan y del naufragio del buque Rigel
La pesquisa fue delegada en el MPF, que buscará determinar el presunto desarrollo y producción de actividades de inteligencia ilegal.

Luego que el juez federal Santiago Inchausti delegara la investigación en la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata, el fiscal general Daniel Adler impulsó el caso y ordenó diversas medidas de prueba. La denuncia penal fue  formulada por la titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Cristina Caamaño.

Adler entendió que deberá investigarse el presunto desarrollo y producción de actividades de inteligencia ilegal –de acuerdo a la ley 27.126-, del que habrían resultado víctimas familiares y/o allegados tanto de los 44 tripulantes y personas trasladadas en el submarino ARA San Juan, quienes perdieran la vida como consecuencia de su hundimiento en noviembre de 2017, como de los tripulantes del buque pesquero Rigel, quienes fallecieron a causa de su naufragio el 9 de junio de 2018.

De acuerdo con la denuncia efectuada, la imputación recae sobre el ex presidente de la Nación, Mauricio Macri, responsable de fijar los lineamientos estratégicos y objetivos generales de la política de inteligencia nacional; el ex director general de la AFI, Gustavo Arribas; la ex subdirectora de la AFI, Silvia Majdalani; y varios agentes de inteligencia.

Según se indica en la presentación que dio origen a la investigación, personal de la AFI habría realizado el seguimiento y la recopilación de información vinculada a los familiares y allegados de los fallecidos en el hundimiento del ARA San Juan y el buque Rigel, durante los años 2018 y 2019, actividad que no había sido ordenada por ninguna autoridad judicial. La denuncia expresa que tampoco se encuentra amparada por la normativa que regula el trabajo de la agencia, toda vez que los integrantes de dicho colectivo de personas, según se indica, no integraban grupos terroristas ni pertenecían a organizaciones de criminalidad organizada.

En efecto, recuerda que la Ley Nacional de Inteligencia prohíbe “obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción”.