El Tribunal Oral Federal de Mendoza N°1 condenó a cuatro años de prisión a un exfuncionario de la Dirección General de Aduanas que intentó entrar al país un auto cargado con una importante cantidad de mercadería extranjera sin declarar valiéndose de su condición de empleado. En el proceso, actuó la auxiliar fiscal Analía Zanessi, en representación del Área de Transición de la Unidad Fiscal de esa jurisdicción, a cargo del fiscal Federico Baquioni.
El tribunal (presidido por la jueza María Paula Marisi e integrado por los magistrados Alberto Daniel Carelli y Alejandro Waldo Piña) decidió, por mayoría, que Carlos Francisco Tolotti fuera considerado responsable del delito de contrabando agravado en grado de tentativa y le fijaron una inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero. Además, se dispuso el decomiso de todos los bienes secuestrados durante la investigación.
El caso
El 14 de junio de 2017, Tolotti regresaba de la República de Chile a bordo de un Volkswagen Vento cuando fue interceptado en un control de rutina de Gendarmería Nacional sobre la Ruta Nacional 7, a la altura del Área de Control Integrado de Uspallata. El personal a cargo advirtió que el vehículo transportaba una gran cantidad de bultos y mercadería y que el acusado vestía una campera negra y una gorra con inscripciones de AFIP-Aduana. Cuando le indicaron que debía detenerse para una inspección del vehículo, el acusado se negó y reclamó hablar únicamente con personal de Aduana.
Ante esa situación, Gendarmería convocó a un agente aduanero que colaboró en el procedimiento. Luego de revisar el rodado, se detectó una gran cantidad de artículos de origen extranjero sin la documentación que acreditara su legal ingreso al país.
Entre los elementos secuestrados sin declarar se hallaron una notebook, varios teléfonos celulares, impresoras, una tablet, perfumes importados, parlantes, cargadores inalámbricos, una cafetera eléctrica, una parrilla eléctrica, ropa, calzado, ropa de cama, cápsulas de café, artículos de bazar y otros productos electrónicos y para el hogar.
De acuerdo con el análisis realizado, la mercadería incautada tenía un valor de 202 mil pesos (al momento de los hechos), una cifra que superaba ampliamente los parámetros previstos en la legislación aduanera.
El alegato del MPF
En su intervención, Zanessi destacó la gravedad de los hechos dado que no se trataba del accionar de un particular sino de un funcionario con conocimiento específico de los controles fronterizos y de las obligaciones legales aplicables al régimen de equipaje. “En esta sala no estamos juzgando el accionar de un ciudadano común. Estamos juzgando el accionar de un funcionario de aduana que cometió a criterio de este ministerio público fiscal un delito de contrabando agravado justamente por su intervención en el hecho”, sostuvo.
Para el representante del Ministerio Público Fiscal, Tolotti se valió de su experiencia y de su posición institucional para intentar eludir los controles fronterizos. Por eso mismo, destacó que la maniobra no podía ser reducida a una mera infracción administrativa vinculada con exceso de equipaje, sino que se trató de una conducta deliberada destinada a impedir el adecuado control estatal.
La auxiliar fiscal señaló que Tolotti omitió declarar bienes cuyo ingreso debía ser informado y sometido al pago correspondiente de manera intencional y remarcó que “hubo una decisión de ocultar la existencia de la mercadería para así engañar al control aduanero”. En ese sentido, enfatizó que no podía ser considerado un acto de negligencia, ya que en su carácter de agente aduanero, el imputado conocía cuál era la normativa de control vigente.
Sobre el cierre de su alegato, Zanessi sostuvo que los hechos endilgados al acusado excedían la mera infracción económica y afectaba la confianza pública en los organismos de control dado su carácter de agente aduanero. En esa línea, solicitó una respuesta penal acorde con la responsabilidad funcional involucrada.
Con la prueba reunida, el tribunal tuvo por acreditado que Tolotti intentó ingresar la mercadería de manera ilícita y que la maniobra se vio frustrada por la intervención de Gendarmería Nacional. Por ello lo condenó por el delito de contrabando previsto en el artículo 863 del Código Aduanero, agravado por el artículo 865 inciso c) de la misma norma, que contempla una mayor sanción cuando interviene en el hecho un funcionario o empleado del servicio aduanero, todo ello en grado de tentativa.