19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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De acuerdo a lo solicitado por la Fiscalía General N°2
Mendoza: condenaron a doce años de prisión a un detenido que lideraba una banda narco desde el penal de Boulogne Sur Mer
En el juicio fueron condenados otros dos hombres que actuaban fuera de la cárcel y también a dos agentes del servicio penitenciario, estos últimos acusados de permitir el ingreso a la celda de teléfonos celulares con los que el principal acusado establecía las maniobras del grupo desde su celda.

El Tribunal Oral Federal N° 2 de Mendoza condenó a doce años de prisión a un ex integrante de la "barrabrava" de Godoy Cruz acusado de liderar una banda narco desde el penal de Boulogne Sur Mer, en donde se encontraba detenido por una denuncia de violencia de género. También se impusieron penas para dos de sus socios, como a dos agentes del Servicio Penitenciario Provincial por incumplimiento del deber de funcionario público. El tribunal hizo lugar de manera parcial al pedido de penas de la Fiscalía General N° 2, a cargo de Gloria André.

La causa tuvo origen a partir de una denuncia anónima radicada en febrero de 2017, que daba cuenta que Daniel Aguilera, sindicado ex jefe de la "barra brava" de Godoy Cruz, lideraba una organización dedicada al tráfico de estupefacientes desde su celda en el complejo penal en el que se encontraba y que comercializaba estupefacientes tanto dentro como fuera del recinto. 

Para ello, Aguilera contaba con Cristian Oliva y Marcelo Ruiz, que intervenían en la maniobra con distintas tareas ordenadas por él, entre las que se encontraban adquirir el estupefaciente en la ciudad de Mendoza y sus inmediaciones para luego trasladarla a Godoy Cruz. Una vez allí, procedían a su estiramiento para luego efectuar su posterior comercio y distribución. También fueron señalados en la investigación Rodrigo Barrios y Rodrigo Lizardo, dos agentes del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza que habrían facilitado el ingreso al penal de diversos teléfonos celulares con los que Aguilera manejaba la organización a la distancia. 

Luego de varias escuchas y trabajos de campo, el 19 de septiembre de 2017  se incautó más de un kilo de cocaína en un domicilio. En la vivienda personal de Ruiz se halló la misma cantidad de estupefaciente, dinero en efectivo, teléfonos celulares, chips de distintos prestadores, documentación de distintos vehículos y una pistola Colt calibre 38 sin número de serie, con un cargador de diez municiones colocadas, de la cual ni Ruiz y Oliva poseían autorización. En simultáneo se requisó la celda de Aguilera, en la que se hallaron teléfonos celulares, chips, dinero, varios números de teléfono anotados en papeles escondidos  y “facas” de metal ocultas debajo de la cama. 

Para el Ministerio Público Fiscal, el secuestro del estupefaciente obtenido en los allanamientos fue revelador de la actividad de comercio que llevaban adelante, de la cual se podían distinguir tres grupos delictivos: uno encabezado por Aguilera, encargado de organizar las actividades delictivas mediante el uso de teléfonos celulares desde la celda que ocupaba; otro integrado por Oliva y Ruiz, que compraban, fraccionaban, estiraban y posteriormente vendían las sustancias; y un último eslabón compuesto por los agentes Barrios y Lizardo, que facilitaban el ingreso de teléfonos celulares y otros elementos al penal de Boulogne Sur Mer y mantenían informados a los integrantes de la banda sobre cualquier circunstancia que pudiera producirse en el interior del penal que afectase sus maniobras. 

Al momento de las declaraciones indagatorias, Barrios aseguró tener un vínculo previo con Aguilera solo de conocerse ambos de la hinchada de Godoy Cruz, pero luego pudo establecerse que tanto él como Lizardo le permitieron una “apacible estancia” dentro del establecimiento penitenciario, y además desarrollar una actividad de comercio de sustancias ilícitas extramuros. 

El miércoles 29, por mayoría el Tribunal Oral N° 2 hizo lugar de manera parcial al pedido de penas solicitado para Aguilera, al sentenciarlo a doce años de prisión señalado como organizador de las actividades destinadas al comercio de estupefacientes de acuerdo al artículo 5 de la ley 23737, sin contemplar el agravante de la intervención de tres o más personas solicitado por el Ministerio Público Fiscal. Oliva y Ruiz fueron condenados a ocho años de prisión por tenencia de estupefacientes de comercialización agravados por haber intervenido tres o más personas en calidad de coautores, en concurso real con el delito de tenencia de arma de guerra. Los agentes penitenciarios Lizardo y Barrios, en tanto, fueron sentenciados a dos años de prisión en suspenso y el doble de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, de acuerdo a lo establecido en artículo 248 del Código Penal.