20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General N°2 ante los Tribunales Orales Federales
Mendoza: penas de hasta 18 años de prisión para los integrantes de una banda que secuestró a una joven
Se trata de diez personas -cuatro de ellos integrantes de la Policía de la Provincia de Mendoza-, que mantuvieron cautiva a la hija de un empresario del transporte.

En línea con lo solicitado por la titular de la Fiscalía General N°2 ante los TOF de Mendoza, María Gloria André, el Tribunal Oral Federal N°2 de dicha jurisdicción condenó a penas de entre 7 y 18 años de prisión a diez hombres –cuatro de los cuales se desempeñaban en la Policía de la Provincia de Mendoza- por integrar una banda delictiva que perpetró el secuestro extorsivo de la hija de un empresario del transporte de dicha provincia, ocurrido el 23 de febrero de 2016.

Fueron condenados Carlos Alberto Fernández, Fernando Alfonso Lira Hernández, Héctor Matías Quinteros, Pablo Andrés Bustos, Aníbal Damián Luna, Marcelo Javier Amaya, Fabio Marcelo García, Néstor Enrique Miranda y Néstor Adrián y José Mario Rosales.

El hecho

En la mañana de aquel día, la víctima circulaba en su Peugeot 208 cuando fue interceptada por tres vehículos –un Honda Civic, una camioneta Ford EcoSport y otra Ford Kuga-, uno de los cuales se puso delante, otro le cerró el paso por el lado del acompañante y el restante la embistió de atrás. De los vehículos descendieron al menos cinco personas que la obligaron a subir a la camioneta EcoSport, le vendaron los ojos, le precintaron sus pies y manos y le pusieron auriculares en los oídos, en los cuales escuchaba una radio.

Tras ello, los captores se comunicaron con el padre de la víctima al teléfono de su casa y le exigieron la entrega de 500.000 dólares por la liberación de la joven. Sin embargo, el hombre les manifestó que no contaba con ese dinero en su vivienda y que debía ir hasta su empresa para recaudar el dinero. En el debate, el padre de la mujer declaró que, a su entender, los captores habían realizado averiguaciones previas, ya que tenían información precisa sobre sus bienes y la recaudación de su empresa. En el debate se acreditó que efectivamente los delincuentes realizaron vigilancias y seguimientos a la víctima y su entorno, previo a su secuestro.

Finalmente, el padre logró juntar $420.000 y U$S1.000 y acordó la entrega con los secuestradores, quienes lo guiaron hasta la intersección de las calles Bahía Blanca y Manuel A. Sáenz, donde le indicaron que dejara una bolsa con el dinero en un cesto de basura, al tiempo que le advirtieron que siguiera sus instrucciones, ya que lo vigilaban. Tras la entrega del dinero, los delincuentes se comunicaron nuevamente con el hombre y le exigieron más rescate ya que el pago no cubría siquiera “los gastos de logística”. Fue entonces, alrededor del mediodía, cuando el empresario denunció el secuestro ante la Policía.

A partir de las escuchas telefónicas, el personal policial comenzó a obtener datos en relación a quienes podrían tener vinculación con el secuestro. Fue en ese sentido que en las conversaciones entre los secuestradores se logró detectar una frecuencia de radio policial que alertó a la prevención sobre la posibilidad de que los delincuentes tuvieran en su poder un equipo de comunicación de los que usa la Policía.

Los secuestradores continuaron la negociación con el padre de la joven, mientras la policía identificaba a los responsables. Cerca de las 19.30 horas se efectuó un segundo pago y dos horas después liberaron a la víctima, habiéndose pagado un rescate total de $615.000 y U$S16.000.

Detenciones

Tras la liberación de la joven, se realizaron diversos operativos en los que se detuvo a parte de los implicados y se secuestró un equipo de comunicación “MM-86” –que carecía de equipo GPS por lo que no podía ser rastreado- que los captores utilizaron durante el cautiverio de la mujer, para conocer el devenir de la investigación. El mismo había sido extraído por personal policial de la Comisaría 49ª de Rodeo del Medio. Ello motivó la aprehensión de los oficiales Fabio García, Marcelo Amaya y Néstor Miranda, junto al inspector Aníbal Luna –trabajaba en otra Unidad al momento del hecho- quien ofició de nexo entre los secuestradores y la policía.

Esa misma noche se detuvo a Pablo Bustos cuando otros dos cómplices –que se dieron a la fuga y luego fueron aprehendidos en Buenos Aires- lo buscaban por su domicilio. Bustos había realizado las tareas de inteligencia los días previos al secuestro, vigiló el domicilio de la víctima durante su cautiverio y prestó apoyo cuando fueron a cobrar el rescate.

El resto de los imputados fueron detenidos en Buenos Aires. Fernando Lira -que participó activamente en el secuestro y fue el nexo entre los policías- fue detenido en el domicilio de Carlos Fernández, quien junto a Quinteros viajaron a Mendoza para perpetrar el secuestro y fueron quienes realizaron las llamadas extorsivas y las negociaciones con el padre de la víctima.

También se aprehendió a José y Adrián Rosales, quienes colaboraron en el cautiverio y a quienes –al igual que Fernández y Quinteros- se les secuestraron gran cantidad de armas.

El juicio

Durante el debate oral, la fiscal general André tuvo por probado que los diez imputados se dividieron los roles para perpetrar el secuestro. En tal sentido, consideró que los policías “cumplieron un rol determinante, porque pusieron a disposición de los secuestradores un elemento esencial para mantenerse en alerta en caso de que el padre de la víctima llamara al 911: una radio policial” y resaltó el papel “preponderante” que cumplió Carlos Alberto Fernández, respecto de quien solicitó que fuera condenado a la pena de 18 años de prisión e inhabilitación especial por el doble tiempo de la codena como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas, por haber ejercido violencia o intimidación contra las personas mediante el uso de un arma de fuego, en concurso real con acopio de armas de fuego. Por idéntica imputación requirió que se sancione con 17 años de prisión e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena a Fernando Alfonso Lira Hernández.

Por otra parte, pidió que Héctor Matías Quinteros y Pablo Andrés Bustos sean sancionados a 16 y 15 años de prisión –respectivamente- e inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena, al considerarlos coautores del delito de secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas y por haber ejercido violencia o intimidación contra las personas mediante el uso de un arma de fuego.

Respecto de Aníbal Damián Luna, Marcelo Javier Amaya y Fabio Marcelo García solicitó condenas de 14 años y de 13 años y 4 meses -para los dos últimos- e inhabilitación absoluta como partícipes necesarios del delito de secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas y por su calidad de integrantes de una fuerza de seguridad, mientras que para Néstor Enrique Miranda solicitó una condena de 13 años y 7 meses de prisión, inhabilitación absoluta y multa de $1.000 como partícipe necesario del mismo delito imputado a los anteriores y como autor de tenencia simple de armas de fuego de uso civil sin la debida autorización legal.

A su turno, se solicitó que se condene a Néstor Adrián y José Mario Rosales a cinco años de prisión e inhabilitación absoluta como coautores del delito de acopio de armas de fuego, piezas o municiones sin la debida autorización.

Finalmente, el Tribunal Oral Federal N°2 de Mendoza condenó el pasado 4 de junio, a Fernández, Lira, Quinteros y Bustos, Luna y Adrián Rosales, a las penas requeridas por la fiscalía. En relación a García, Miranda y Amaya ordenó que se los condene a las penas de 7 años y 6 meses de prisión como partícipes secundarios del delito de secuestro extorsivo.

También, se declaró incompetente respecto a la tenencia simple de armas de fuego de usos civil atribuida a Miranda y condenó a José Rosales a la pena de 3 años de prisión como partícipe secundario del delito de acopio de armas de fuego.

Por otra parte, el Tribunal ordenó decomisar los vehículos utilizados en el secuestro, conforme lo peticionado por la representante del Ministerio Público Fiscal.