Intervino el fiscal federal Marcos Romero

Orán: condenaron a dos cajeros del Banco Nación por sustraer dinero mientras los clientes realizaban depósitos

El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta impuso penas de dos años a la cajera, y de seis meses a su pareja, en ambos casos de prisión en suspenso, por 18 hechos de estafa e incumplimiento de deberes de funcionario público. La maniobra consistía en sustraer billetes de los fajos mientras eran contados en una máquina fuera de la vista de los clientes. Los videos de las cámaras de seguridad fueron la prueba clave.

El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó a dos empleados del Banco Nación por sustraer en la línea de cajas dinero de clientes que concurrían a realizar depósitos en la sucursal de Orán, en hechos ocurridos en 2023 y que quedaron filmados. En el juicio intervino el fiscal federal Marcos Romero, titular de la Sede Fiscal Descentralizada de esa ciudad salteña.

La cajera Silvia Verónica Castro recibió una pena de dos años de prisión en suspenso, mientras que su pareja Fernando Horacio Arias Knudsen fue condenado a seis meses, también en suspenso. Ambos fueron declarados penalmente responsables por el delito de estafa en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El tribunal tuvo por acreditados 18 de los 22 hechos atribuidos por el Ministerio Público Fiscal —17 respecto de Castro y uno respecto de Arias Knudsen—, y consideró que la maniobra se concretó mediante un abuso de la confianza que los clientes tenían en los empleados de la entidad.

Además de las penas de prisión, impuso a ambos la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo de la condena y reglas de conducta durante dos años. Entre estas, se incluyó la obligación de someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DECAEP) y la prohibición de abusar de estupefacientes y bebidas alcohólicas.

La sentencia fue dictada por el juez Domingo Batule, quien integró de modo unipersonal el tribunal, luego de un juicio iniciado el 7 de agosto pasado.

La maniobra

La investigación se inició a partir de una denuncia presentada por la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) el 29 de diciembre de 2023, que puso en conocimiento una serie de faltantes de dinero denunciados por clientes que habían realizado depósitos en la sucursal del Banco Nación de Orán.

A partir de la investigación, con intervención de Rocío Castillo como investigadora del caso, la fiscalía estableció inicialmente 22 hechos de estafa: 20 atribuidos a la cajera y dos a su pareja, quienes se desempeñaban en la línea de cajas de la entidad.

La maniobra se dirigía principalmente contra clientes habituales que concurrían a depositar importantes cantidades de efectivo, en especial vinculados con empresas locales. Una vez que los fajos quedaban en poder de la cajera, esta los llevaba hasta una máquina contadora de billetes ubicada en un box contiguo, fuera del campo visual de los depositantes.

Según se acreditó durante el debate, antes de colocar el dinero en la máquina, la mujer retiraba algunos billetes de los fajos y los ocultaba dentro de un folleto publicitario del propio banco. En otros casos, realizaba la sustracción luego de una primera pasada por el dispositivo.

La disposición de las cajas y un vidrio esmerilado impedían que los clientes observaran el procedimiento. Ante los faltantes, los depositantes asumían que se trataba de un error propio y, en muchos casos, reponían el dinero sin efectuar un reclamo, ni desconfiar de la cajera que tenía una trayectoria de más de 30 años de trabajo en esa sucursal.

La maniobra, conocida como “pellizco”, consistía en extraer billetes durante el conteo y ocultarlos para luego retirarlos de la entidad. Foto: Sede Fiscal Descentralizada Orán

El descubrimiento

La maniobra fue descubierta el 17 de noviembre de 2023, cuando un compañero de trabajo acudió a la cajera para informarle sobre una gestión interna, pero al ver que atendía a un cliente, esperó a que se desocupe. En esas circunstancias, observó cómo la mujer realizaba la maniobra y sustraía dinero de un depósito.

El trabajador verificó luego el contenido del folleto y constató que allí había dinero que había sido retirado del fajo. La situación fue comunicada a los superiores de la entidad, quienes dispusieron una revisión de las imágenes de las cámaras de seguridad.

El análisis del registro fílmico, que comprendía imágenes desde el 19 de julio de 2023, permitió detectar otras maniobras similares, conocidas como “pellizco”.

Durante el juicio, los testigos convocados por el MPF ratificaron la hipótesis de la acusación y se exhibieron, como prueba clave, las grabaciones en las que se observaban las sustracciones. También declararon clientes que habían sufrido los faltantes, quienes manifestaron su sorpresa al comprobar que no se había tratado de errores propios.

Los acusados negaron los hechos y atribuyeron la acusación a una supuesta persecución laboral y a conflictos internos de la entidad.

Los condenados Fernando Horacio Arias Knudsen y Silvia Verónica Castro, quienes se desempeñaban como cajeros de la entidad. Foto: S. Rodríguez / MPF

El alegato de la fiscalía

En su alegato, el fiscal Romero sostuvo que los acusados se habían aprovechado de la confianza construida con los clientes para apoderarse de su dinero. También descartó que los hechos hubieran estado motivados por una situación de necesidad económica y afirmó que lo hicieron con el único fin de lucro.

El representante del MPF explicó que la falta de reclamos inmediatos por parte de los clientes no implicaba que no hubiera existido perjuicio, dado que las víctimas no habían advertido en ese momento que el dinero había sido sustraído. En ese sentido, recordó el testimonio de una de ellas, quien expresó: “Nunca pensé que me estaban robando”.

La fiscalía también rechazó que existiera una relación entre los hechos investigados y los conflictos laborales alegados por las defensas, al señalar que la defensa no había incorporado evidencia que respaldara esa hipótesis. A su vez, Romero señaló que los videos exhibidos fueron por demás contundentes respecto a la autoría de los acusados.

La querella por el Banco Nación, representada por la abogada Ángela Mizzau, acompañó la acusación y sostuvo que el caso implicaba una afectación a la confianza depositada por los clientes y a la imagen de la entidad estatal.

Las condenas

El 10 de septiembre pasado, en su veredicto, el juez Batule declaró penalmente responsable a los acusados por la calificación legal aludida por la fiscalía, aunque redujo los hechos atribuidos a 17 respecto de Castro y uno respecto de Arias Knudsen.

El magistrado coincidió con los argumentos esgrimidos por el MPF y la querella y destacó la condición de agentes públicos de los acusados, el abuso de confianza y el perjuicio ocasionado a los clientes.

El tribunal tuvo por acreditados 18 de los 22 hechos atribuidos por el Ministerio Público Fiscal —17 respecto de Castro y uno respecto de Arias Knudsen—, y consideró que la maniobra se concretó mediante un abuso de la confianza que los clientes tenían en los empleados de la entidad.

En la audiencia de determinación de la pena, realizada el jueves pasado, el fiscal pidió dos años y seis meses de prisión en suspenso para la cajera y un año para su pareja, además de la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo de la condena.

Como agravantes, valoró el abuso de confianza, el medio empleado para concretar las sustracciones y, respecto de la mujer, la reiteración de los hechos.

También resaltó que ninguno de los acusados atravesaba una situación de necesidad económica que pudiera explicar su accionar. Al respecto, recordó un informe que daba cuenta de que ambos residían en una vivienda de importantes dimensiones, en un buen barrio, y que en el mismo inmueble funcionaba un comercio de venta de piscinas y productos de limpieza. El fiscal señaló que, sumados los ingresos provenientes de esa actividad comercial y de sus salarios, los acusados contaban con un buen nivel económico.

Como atenuante, contempló que ambos carecían de antecedentes penales. La querella, por su parte, adhirió a la posición del MPF y solicitó una condena ejemplificadora.

En tanto, la defensa, a cargo de los abogados Pedro Arancibia y Susana Aramayo, solicitó ocho meses de prisión en suspenso para Castro y seis para Arias Knudsen. Entre otros argumentos, rechazó la posibilidad de que haya un reclamo o afectación al banco, ya que no se pudo cuantificar los montos de dinero extraídos y que se trataba de sumas menores.

Expuestas las posturas de las partes, el juez completó su veredicto con la imposición de dos años de prisión para la cajera y seis meses para su pareja, con la inhabilitación pedida por la fiscalía, como así también la aplicación de las reglas de conducta por el término de dos años.

Destacó lo aceitada que era la maniobra delictiva y afirmó “el ardid afectó la confianza de los clientes y de manera indirecta a la imagen del banco”.

También descartó que los acusados hubieran actuado por necesidad económica y afirmó: “Solo la necesidad de lucro es lo que los ha motivado a cometer estos hechos”. Por último, indicó que los damnificados podrían iniciar reclamos por los daños sufridos.