25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En base al dictamen del fiscal Gabriel De Vedia
Ordenan a la OSECAC a cubrir el trasplante hepático y renal de una beba de un año
Es en el marco de la acción de amparo interpuesta por los padres de la niña, para lograr la cobertura de la operación en un centro de salud privado.

En consonancia con el dictamen del titular de la Fiscalía N°1 de la Seguridad Social, Gabriel De Vedia, la responsable del Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10, Viviana Piñeiro, resolvió hacer lugar a la acción de amparo presentada por los padres de una niña para que la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) cubra el trasplante hepático y renal que necesita su hija.

En representación de la niña -de un año de edad- sus padres interpusieron amparo contra la OSECAC y el Ministerio de Salud de la Nación, con el fin de que se autorizase la cirugía de trasplante hepático y renal, y el tratamiento con cobertura total indicado para la dolencia que padece la pequeña, quien fue derivada al Hospital Italiano desde el Hospital de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez. Sin embargo, la beba aún no fue trasplantada dado que la obra social, tras dos meses de reclamos, todavía no autorizó el procedimiento, lo cual pone en riesgo su vida.

En su dictamen, el fiscal De Vedia opinó que dada la urgencia de lo solicitado por los padres de la niña, el amparo era viable, al tiempo que requirió los informes pertinentes para dar mayor celeridad a la resolución del caso.

Así, al resolver la cuestión, la jueza Viviana Piñeiro consideró que “no es el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación sino a la OSECAC a quien le compete la obligación primaria de proveer a la cobertura de las prestaciones aquí requeridas. Sin embargo, tiene una responsabilidad subsidiaria en la cuestión, como garante del sistema de salud”.

En relación a la competencia de la Justicia de la Seguridad Social para intervenir en el caso, la jueza reprodujo los argumentos vertidos por el fiscal De Vedia en su dictamen. En tal sentido señaló que, conforme los principios y normas que rigen a la seguridad social, pues en estas situaciones de contingencias que afectan a la salud de la persona, en especial un menor de edad, debe darse una protección integral y efectiva, más aún con la premura que el caso amerita.

De este modo, la jueza interviniente resolvió hacer lugar a la acción de amparo deducida por los padres de la niña en representación de ésta y ordenó a la OSECAC “que arbitre los medios necesarios para que el Hospital Italiano efectué, a la brevedad y en cuanto las condiciones de salud de la menor lo permitan, el trasplante hepático y renal y brinde la cobertura integral que el tratamiento de la patología requiere, según las indicaciones dadas o que en el futuro den los médicos tratantes”.