25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la UFI-PAMI
PAMI: información sobre investigaciones por posibles violaciones de protocolos en geriátricos e impedimentos para brindar coberturas
El área a cargo del fiscal Javier Arzubi Calvo informa acerca de las denuncias, pesquisas iniciadas y colaboraciones brindadas ante situaciones que ocurrieron en la Ciudad de Buenos Aires y localidades de Córdoba y la provincia de Buenos Aires.

La Unidad Fiscal de Investigación de Delitos Cometidos en el ámbito de PAMI (UFI-PAMI), a cargo de Javier Arzubi Calvo, se encuentra investigando varios casos relacionados con posibles violaciones a los protocolos de control establecidos para evitar la propagación de la pandemia, como así también en otras situaciones en las que determinados prestadores no pueden -por razones ajenas a ellos- o no estarían brindando a los afiliados la cobertura necesaria para tratar sus afecciones de salud, lo que equivaldría a desconocer la emergencia pública sanitaria establecida por Ley N° 27.541.

La Unidad Fiscal señaló que, como es de público conocimiento, la mayoría de los casos se dio en residencias de personas mayores o distintos nosocomios. Asimismo, que su actuación se produce extremando los recaudos relacionados con la pandemia del virus COVID-19, conforme a las resoluciones PGN N°18/20, 19/20, 22/20, 23/20, 31/20, 33/20, 34/20, 35/20 y 37/20; el DNU 260/20, y sus ampliatorios y modificatorios 297/20, 325/20, 355/20, 408/20 y 459/20.

En cuanto a las investigaciones en trámite se cuentan la iniciada ante la situación ocurrida en el Hogar de Ancianos Residencia El Parque, de la localidad de Hurlingham, provincia de Buenos Aires, oportunidad en la que se realizó una denuncia ante la Fiscalía Federal de esa localidad por el posible del delito de violación de las medidas adoptadas por las autoridades competentes para la propagación de una pandemia. En este caso, los hechos consistieron en haber asignado a una beneficiaria residente en el lugar –y que se había encontrado internada en un sanatorio para practicarse una cirugía- a su regreso el día 15 de abril pasado una habitación compartida con otros  tres residentes, en clara violación de los protocolos establecidos. Para estos casos, el protocolo aplicable contempla específicamente que en caso de que un residente tuviese que salir por algún motivo, a su regreso debía permanecer 14 días en aislamiento en una habitación individual, no debiendo romper el aislamiento para proteger al resto de las personas que habitan y trabajan en el hogar. Finalmente, el día 24 de abril a raíz de un cuadro febril, la residente en cuestión fue trasladada a un centro sanitario, donde días después se confirmó que resultó positiva en COVID-19.

Similar situación ocurrió con un prestador de geriatría de la localidad de San Martín, donde la Unidad Fiscal PAMI se encuentra colaborando en la investigación y realizando distintas medidas con la Fiscalía Federal de Tres de Febrero, a cargo de Paulo Starc.

Asimismo, a principios del corriente mes se inició una investigación preliminar (IP) a partir de una publicación periodística, la cual divulgó que los responsables de la administración del consorcio de copropietarios situado en la Avenida Rivadavia 4702 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instruyeron al personal de seguridad del edificio para que prohibiera el ingreso de médicas y médicos al inmueble en el que tienen consultorio más de veinte profesionales. Entre estos profesionales se encuentra Rubén Marcelo Solari, médico de cabecera del INSSJP con 1200 pacientes asignados. Esta imposibilidad por parte del profesional de poder acceder al consultorio médico donde atiende a afiliados de PAMI, motivó la realización de una denuncia presentada ante la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, por la posible comisión por parte de los responsables de la Administración del Consorcio de copropietarios del delito de amenazas dirigidas a compeler a una persona a hacer abandono de su residencia habitual o de trabajo, previsto en el artículo 149 ter apartado b) en función del art. 149 bis del Código Penal.

El área a cargo de Arzubi Calvo enumeró también las colaboraciones que se realizan con distintas fiscalías federales de todo el país. Entre ellas, destacó la que se encuentra en trámite con la Fiscalía Federal de Campana, a cargo de  Sebastián Bringas, por el caso del Sanatorio San Carlos (de la localidad de Escobar) por la presunta propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa: tras detectarse allí un gran brote de coronavirus que alcanzó a más de 20 pacientes y que incluía también personal médico, no se respetaron los protocolos y resultaron contagiados, a lo que se sumaron varias denuncias por irregularidades en la gestión de dicha clínica. Asimismo, se puso en conocimiento la falta de insumos de protección para el personal de salud, la negativa a realizar hisopados a los trabajadores tras la detección del primer caso positivo por sus autoridades y el desecho de residuos patogénicos en bolsas comunes, lo que agravaría aún más la situación.

También resultan relevantes las colaboraciones que la UFI-PAMI se encuentra prestando con las Fiscalías Federales Nro. 1 de Morón y Hurlingham, ambas a cargo de Santiago Marquevich, donde se solicitaron sendos informes relacionados con la pandemia en cuestión y respecto de prestadores del Instituto.
Por otro lado, la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 9, que encabeza Guillermo Marijuan, requirió colaboración de la UFI-PAMI por el caso de un geriátrico de la Capital Federal, también  relacionado con la propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa (COVID 19), que se encuentra en pleno trámite.

Asimismo, se realizan asistencias sobre medidas a tomar, como es el caso ya judicializado donde interviene la Unidad Fiscal de Emergencia Sanitaria (UFES) del Ministerio Público Fiscal de la provincia de Córdoba, y respecto del  Geriátrico Santa Lucía de la localidad de Saldán, departamento de Colón, Provincia de Córdoba, donde se produjo el contagio del virus entre numerosos residentes y trabajadores.

Finalmente, la UFI-PAMI puso de resalto la cantidad de casos prestacionales –más de un centenar- recibidos durante la pandemia, sobre los cuales realiza un estricto control y seguimiento junto a las autoridades del Instituto, colaborando así con la más que vulnerable (especialmente en éstos momentos) población de adultos mayores.

Normativa
La Dirección Ejecutiva (DE) del INSSJP dictó la Resolución N° 1014-2020 de fecha 13 de marzo pasado, que en sus considerandos expuso que “por el DECNU- 2020-260-APN-PTE se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus COVID-19 por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del Decreto. Que en el marco del decreto mencionado se facultó al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación a una serie de acciones a coordinar a los fines de afrontar la Pandemia declarada. Que asimismo, el Decreto invita a cooperar en la implementación de las acciones y políticas para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones que disponga de la Autoridad Sanitaria Nacional, en el marco de la emergencia y la situación epidemiológica. Que en tal sentido, el Instituto como Agente de Salud debe adoptar las medidas necesarias de forma urgente a los fines de poder brindar rápida respuesta a las posibles contingencias que en el marco de la emergencia pudieran presentarse.”

Así fue que entre las medidas necesarias que la Dirección Ejecutiva del Pami dispuso adoptar, se encuentra el emitir y publicar protocolos, nuevos y actualizados, de prevención y acción con respecto al nuevo Coronavirus para todas las áreas del Instituto, sus trabajadores/as, las personas afiliadas los prestadores propios y privados. En virtud de ello, desde el INSSJP se elaboró el correspondiente protocolo de actuación con información y recomendaciones para residencias de personas mayores, el cual fue remitido a todas las residencias geriátricas prestadoras de la obra social. A su vez, los responsables de las mismas debían firmar una declaración jurada en la cual se comprometían a dar cumplimiento a esas directivas.

Vías de contacto
La UFI-PAMI también informa a los fiscales y jueces federales que se encuentra a disposición para realizar colaboraciones. Su dirección y datos de contacto son: Sarmiento 657 E/P, C.A.B.A; TEL: 4328-7361/4328-1016; correo electrónico  ufi-pami@mpf.gov.ar