26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El fiscal general José Ignacio Candioti se mostró conforme con la sentencia
Paraná: condenaron a siete años de prisión a Rafael Benítez por producción de estupefacientes
La investigación había comenzado luego de la explosión de una “cocina” de producción de cocaína. Como había solicitado el representante del MPF en su alegato, se le dispuso prisión preventiva.

El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó ayer a Rafael Benítez a la pena de siete años de prisión por encontrarlo autor materialmente responsable del delito de fabricación de estupefacientes. Tal como lo había solicitado el fiscal General José Ignacio Candioti, los jueces también le revocaron la excarcelación con la que había sido beneficiado hasta ese momento y ordenaron su inmediata detención. De esta manera, quedó alojado en prisión preventiva en la Unidad Penal N°1 de Paraná.

Asimismo, los jueces Noemí Berros (quien presidió el juicio), Lilia Carnero y Roberto López Arango le impusieron una multa de seis mil pesos y ordenaron el decomiso del dinero que se le había secuestrado la noche en la que se produjo la explosión de la cocina de cocaína en el inmueble ubicado en las calles Laprida y las Heras, de la ciudad de Concordia. La suma era de un poco más de dos mil pesos y siete mil dólares.

En la causa, también estaba imputado Carlos Olmos, quien resultó absuelto debido a que el Tribunal entendió que había dudas razonables que impedían hacerlo responsable. En su caso, horas antes del fallo, el representante del Ministerio Público Fiscal había solicitado la pena de cuatro años y seis meses de prisión, por entender que había elementos suficientes para considerarlo partícipe necesario del delito por el que se condenó a Benítez.

Más allá de eso, Candioti manifestó a Fiscales que estaba satisfecho con el fallo del Tribunal, ya que, independientemente de la absolución de Olmos, había caído el máximo responsable de la “cocina” de cocaína que explotó en marzo de 2011 y causó la muerte a Elizabeth Tamay. Benítez es conocido en Concordia como “el rey de la droga”.

El fiscal también señaló que junto a las condenas a Carlos Montiel (un proxeneta condenado en 2012 por trata de personas e imputado por haber amenazado a los integrantes del Tribunal Oral Federal antes de que le dictaran sentencia) y a José Roberto Sterz (condenado el año pasado a la pena de 10 años de prisión por otra cocina de cocaína ubicada en el acceso norte de Paraná), con quienes se comprobó que Benítez tenía vínculos, se demostraba el compromiso del Ministerio Público Fiscal en perseguir a los máximos responsables de las bandas de narcotráfico y trata de personas, que muchas veces suelen estar emparentadas, como quedó demostrado en este caso.

Los alegatos

Por la mañana, luego de escuchar al último testigo del caso y dar por cerrada la etapa de ofrecimiento de prueba, dieron inicio los alegatos de las partes. El fiscal Candioti había solicitado la pena de ocho años de prisión para Benítez por el delito contemplado en el artículo 5, inciso b de la ley 23.737, por fabricación de estupefacientes. El tribunal, finalmente, otorgaría un año menos.

Para solicitar esa pena, el representante del Ministerio Público había manifestado tener por acreditada la explosión del inmueble donde funcionaba la “cocina” de cocaína, las quemaduras de Elizabeth Tamay, su ingreso al hospital Masvernat de Concordia, y que siete horas después, Benítez y Olmos fueron los primeros en presentarse a comprobar el estado de la víctima.

En este sentido, Candioti consideró fundamentales los testimonios del oficial Rubén Telliz y los padres y la abuela de Elizabeth.

Telliz había visto aparecer a Tamay envuelta en una sábana roja que se le pegaba al cuerpo, caminando muy despacio, con el pelo chamuscado y prácticamente desnuda. Más tarde, el oficial identificaría a Benítez y a Olmos como los primeros en acercarse para consultar por el estado de salud de la joven, y como no “le había cerrado” la situación, dio aviso a la policía del Renault Clio gris en el que los dos hombres se fueron.

Cuando, por orden del juez, detuvieron y requisaron el auto, sólo se encontraba Benítez. Sin embargo, el vehículo estaba a pocos metros de la casa de Olmos que, junto con el domicilio de Benítez y el inmueble que había explotado, serían allanados más tarde.

Para el fiscal, el testimonio de los padres y el de la abuela de Tamay también fueron conducentes para demostrar el vínculo entre la joven y Benítez. Los tres habían manifestado haberlos visto juntos en distintas oportunidades, en especial la madre y la abuela. Y también señalaron que el día del accidente habían recibido llamadas de Benítez para encontrarse antes del ingreso al hospital para ver qué había sucedido con su hija.

Esas llamadas luego se comprobarían por las pericias informáticas que se hicieron sobre los teléfonos celulares que se le secuestraron al ahora condenado.

Candioti también resaltó los restos de cocaína encontrados por todas partes en el inmueble que explotó, la que hallaron en la casa en la que Benítez decía vivir con su familia y los “rastros muertos” del estupefaciente detectados por los perros que utilizó la policía para requisar el Renault Clio.

Por otra parte, los testimonios del herrero Eduardo Fabián Mayer y del efectivo de Gendarmería Juan Ricardo Isasi también ayudaron a comprobar lo que en todo momento sostuvo el fiscal General y que luego terminaría dando por probado el Tribunal: Benítez era el que siempre había tendido el “dominio del hecho” sobre la cocina que funcionaba en el inmueble que estalló. El primero de estos testigos había sostenido que durante los días anteriores a la explosión de la casa de Laprida y Las Heras, había concurrido al inmueble en dos jornadas distintas para arreglar un portón. En ambas oportunidades, lo había atendido el mismo hombre, y señaló que se “comportaba como el inquilino”. Se trataba de Rafael Benítez, al que Mayer reconocería en rueda de personas durante la etapa de instrucción.

Mientras que el gendarme Isasi revelaría que dos meses antes de la explosión se había comenzado a investigar a Benítez, quien aparecía a la cabeza de la organización en Concordia, aunque por encima de él estaría el también ya condenado Sterz.

En el caso de Olmos (quien por esta causa estuvo prófugo un año y cuatro meses), Candioti señaló que había elementos suficientes como para considerarlo partícipe necesario del delito de fabricación de estupefacientes. Destacó que era el que proveía de la acetona a Benítez, un precursor químico con el que se elabora la cocaína, y que fue el elemento que provocó la explosión del inmueble. Señaló que distintas pruebas corroboraban esta hipótesis, pero como el Tribunal no las encontró concluyentes, se dispuso su absolución.

Luego de la condena a Benítez y de leer el incidente por el cual se le dispuso la prisión preventiva, los jueces indicaron que los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el próximo jueves 3 de abril.