18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Lo habían detenido en el primer control fronterizo con la provincia de Corrientes
Paraná: condenaron a cuatro años y seis meses de prisión al hombre que transportaba 230 kilos de marihuana
La sentencia del tribunal tomó favorablemente la pena que más temprano había solicitado el fiscal General José Ignacio Candioti durante su alegato. En esa oportunidad, el representante del MPF consideró que el acusado era culpable del transporte de la droga en concurso con el uso y creación de documentos públicos apócrifos. Tuvo una disminución de la pena por declarar como "arrepentido".

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, integrado por los jueces Lilia Carnero -quien llevó la presidencia en el proceso-, Roberto López Arango y Noemí Berros, condenó esta tarde a un hombre a la pena de cuatro años y seis meses de prisión por hallarlo culpable del transporte de estupefacientes en concurso con los delitos de uso y creación de documentación pública apócrifa. Además, le impuso la multa de tres mil pesos junto con las costas del juicio.

Para esto, los jueces receptaron de manera favorable el pedido que había realizado más temprano el fiscal General José Ignacio Candioti durante su alegato. Allí, el representante del Ministerio Público había pedido una pena similar de prisión (cuatro años y diez meses) por los mismos delitos, junto a la misma multa que determinó el Tribunal.

Para llegar a esa conclusión, Candioti señaló que tenía por acreditado todo lo que se había manifestado durante el debate respecto al tráfico de estupefacientes. Consideró que todos los testigos que participaron en las distintas audiencias del juicio “lograron recrear secuencia por secuencia lo sucedido la madrugada del 9 de agosto de 2012”. Es decir, agregó, que no cabían dudas de que el hombre había sido detenido aquel día en Paso Telégrafo por los oficiales de la Policía de Entre Ríos que estaban controlando la ruta nacional N°12 en el puesto fronterizo con la provincia de Corrientes. Tampoco había dudas de que el Volkswagen Voyage en el que viajaba el ahora condenado había sido demorado junto a un Chevrolet Corsa que conducía un tal Edgardo Coria, quien se dio a la fuga mientras la Policía le solicitaba que abrieran el baúl.

Un procedimiento incuestionable

Además, el fiscal General consideró plenamente probado que los 227 kilos de marihuana se encontraban en el baúl del auto. Pero no sólo eso, sino que señaló que “todo el procedimiento de la requisa del Volkswagen y del Chevrolet fue hecho con normalidad. Fue un procedimiento incuestionable”. Indicó también que tanto el Corsa como el Voyage habían sido robados el mismo día (16 de junio de 2012) en el partido bonaerense de La Matanza, y que tenían documentación y patentes falsas. A esto se sumaba el hecho de que ambos vehículos tenían el grabado de los cristales limado y adulterado.

Si bien el acusado era juzgado solamente por la droga que se había encontrado en el auto que conducía, todo este racconto le sirvió para reflejar que los dos móviles eran parte de un único transporte de estupefacientes. En este sentido, agregó que ambos vehículos habían partido del mismo punto y tenían como destino, en principio, Buenos Aires. A la vez, remarcó que un tal Gustavo, que figuraba como contacto en los dos celulares que le secuestraron al imputado, era quien monitoreaba el traslado de la droga, debido a que le había enviado varios mensajes de texto para consultarle sobre el estado en el que se encontraba.

También, puso de relieve que la droga hallada en el Voyage estaba guardada de manera similar en el Corsa blanco, que hallarían abandonado minutos más tarde a diez kilómetros del paso fronterizo. En los dos autos había quince bolsas de consorcio negras, y cada una de ellas tenía prácticamente la misma cantidad de “panes” de marihuana, armados de la misma manera.

Una declaración tan contradictoria como la del gendarme

La audiencia había comenzado por la mañana con la declaración indagatoria del imputado. Allí, relató lo que consideraba que había sucedido, cuál había sido su rol como “informante” de Gendarmería y su vínculo con la organización narcocriminal. Al igual que la declaración de ayer del gendarme Ortiz, la del imputado dejó más dudas que certezas sobre su participación en la banda y sobre el conocimiento que tenía del cargamento que iba en el vehículo que conducía la noche que fue detenido. Ante reiterados requerimientos del fiscal Candioti, nunca pudo precisar cómo había obtenido la documentación falsa del Volkswagen Voyage para asegurarlo un mes y medio antes del viaje y tres días después de que hubiera sido robado.

Tampoco, pudo aclarar cómo obtenía la información que le brindaba a Ortiz y que, dijeron ambos, había servido para dar tres golpes exitosos a la banda de Coria. Todo el tiempo, tanto ante los interrogantes que le planteaba el representante del Ministerio Público como los de los jueces, el imputado, entre titubeos, ofrecía respuestas poco esclarecedoras. Esto último se agravó al momento de relatar cómo fue que había obtenido la documentación del vehículo para asegurar el auto y sacar la cédula azul.

También, indicó que en la banda era usado como “punta” para transportar droga y que por cada viaje le pagaban tres mil pesos. Sin embargo, a continuación dijo que nunca llegó a concretar ni siquiera un traslado, por lo que tampoco logró recibir dinero de la organización. En cuanto al día del viaje en que el terminaría detenido, dijo que había sido tomado por sorpresa y que no había notado nada extraño en el vehículo que le tocó trasladar. Esto llamó la atención del fiscal y los jueces, ya que en el baúl había más de 220 kilos de droga, por lo que debió haber notado, en especial por su profesión de remisero, que había, por lo menos, algo extraño guardado.

El “infiltrado” que no era tal

Varios de los puntos de la declaración del imputado como del testimonio del gendarme le dieron el indicio a Candioti de que eran pocos precisos. Sobre este aspecto, durante el alegato, el fiscal General reparó en la figura del “infiltrado” que tanto el agente como el acusado habían indicado que era el modo en que este último se comportaba dentro de la banda. El representante del Ministerio Público solicitó que fuera descartada del proceso ya que, si bien se encuentra estipulada en la ley de drogas, para que proceda debe reunir ciertas características que no se dieron en el caso. Primero, dijo, el infiltrado debe ser un oficial de una fuerza de seguridad. Y en caso de que esto no fuera así, cosa que Candioti entendió como algo difícil de suplir, de todas maneras debía haber una resolución judicial que lo determinara. Ninguna de estas situaciones contempladas en la ley procedió en el caso del imputado.

Además Candioti fue categórico en señalar que el acusado “no era ningún arrepentido. Él sabía lo que hacía, estaba al tanto del estupefaciente que transportaba y de que la documentación del auto que utilizaba era apócrifa”. Sin embargo, entendió que correspondía aplicar la figura del “arrepentido” contemplada en la ley, debido a que la información brindada en la etapa de instrucción había servido para dar con Coria, uno de los líderes de la banda narcocriminal que opera en Corrientes, y que conducía el Corsa blanco que se dio a la fuga. En ese vehículo había una cantidad similar de droga que, sumada a la que llevaba el imputado, daba casi media tonelada de marihuana. Esto, entonces, resultaba suficiente para disminuirle la pena.

Concluidos los argumentos sobre la autoría del imputado respecto al transporte de marihuana, Candioti pasó a analizar lo referido al uso y creación de documentación pública apócrifa. De estos delitos también destacó que el acusado era autor material de ambos. Lo que demostraba esto era la tramitación del seguro y de la cédula azul para poder conducir el vehículo, conductas que realizó un mes y medio antes de su detención y tres días después del robo del Voyage.

De esta manera, el fiscal general puntualizó que en caso de no haber operado la figura del arrepentido, hubiera solicitado una pena de seis años y seis meses de prisión. Pero como hizo lugar al instituto contemplado en la ley de drogas, disminuyó esa cantidad a cuatro años y diez meses. También solicitó, con el fin de preservar la vida y la integridad física del imputado, que, en caso de que se vuelva a detener o ya se encontrara detenido Coria, no fueran alojados en la misma unidad carcelaria. Y si esto llegara a suceder, pidió que se instrumenten las medidas necesarias para que su vida no corriese peligro.

Los jueces, que descartaron los argumentos de la defensa que había solicitado la absolución del acusado y su inmediata libertad, condenaron al hombre de acuerdo a lo que había pedido Candioti. Finalmente, indicaron que los argumentos de la sentencia se darán a conocer el próximo lunes 12 de mayo, a las nueve de la mañana.

El ahora condenado fue detenido y llevado a la unidad penitenciaria N°1 de Entre Ríos, en la que se encuentra alojado desde el momento en que se produjeron los hechos, hace ya casi dos años.