19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La pena fue impuesta por el Tribunal Oral Federal radicado en la ciudad
Paraná: condenaron a un hombre a cinco años de prisión por comercializar LSD
En los alegatos, el fiscal general José Ignacio Candioti había solicitado la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión. El aumento que decidieron los jueces se debió a que unificaron la pena de esta causa con otra que el condenado ya tenía también por comercialización de estupefacientes.

El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a Ariel Vaillard a cuatro años y cuatro meses de prisión por el delito de comercialización de estupefacientes. El fiscal Feneral José Ignacio Candioti había solicitado esa pena en su alegato. Sin embargo, como Vaillard tenía una sentencia anterior también por comercializar estupefacientes, el Tribunal unificó ambas condenas, por lo que el monto final quedó en cinco años de prisión.

El joven de 27 años había sido detenido el 12 de enero de 2013. Ese día, por la mañana, la Policía de Entre Ríos realizaba un allanamiento en el en el barrio paranaense José Hernández, con el objetivo de hallar armas y otros elementos por una pelea que, días antes, había enviado a un hombre al hospital.

El imputado Vaillard iba en su moto por el barrio, hasta que, al ver a la policía, aceleró su marcha para huir. Además de no responder a la voz de alto de los oficiales, en el trayecto arrojó una bolsa que, luego se descubriría, contenía marihuana. Por su parte, la Policía comenzó a perseguirlo hasta que al fin consiguió detenerlo a las dos cuadras. Allí, le secuestraron también una mochila en la que descubrieron 41 envoltorios de cocaína y 125 troqueles de LSD.

El proceso oral se realizó durante dos jornadas de audiencia. En la primera, uno de los testigos, el sub comisario Reyes, explicó que el LSD no era fácil de conseguir en Paraná, que su valor por unidad era de 80 pesos a la fecha de los hechos y que se utilizaba “en fiestas electrónicas y lo consume gente de alto poder adquisitivo”. Asimismo, sostuvo que era “una droga muy destructiva y que sus efectos perduran largo tiempo después de su ingesta”.

En su alegato, Candioti acusó a Vaillard de ser autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Entre otras cosas, sostuvo que tenía un "delivery" de drogas y que en su moto entregaba a domicilio cocaína de máxima pureza, cannabis sativa (marihuana) y acido lisérgico (LSD).

Por su parte, la defensa había pedido la nulidad del procedimiento y la absolución de Vaillard. Sin embargo, antes de condenarlo, el Tribunal rechazó el planteo de nulidad, ya que entendió, de acuerdo a lo que en su momento había manifestado el fiscal General, que la policía había actuado de conformidad con la ley.

Finalmente, los jueces indicaron que los fundamentos del fallo se darán a conocer el miércoles 9 de Abril.