28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el juicio intervino la Fiscalía General n°1 ante los Tribunales Orales Federales de Salta
Penas de hasta siete años de prisión a seis policías que vendían mercadería secuestrada en falsos procedimientos
Los agentes simulaban operativos de control cerca de la terminal de ómnibus de la capital provincial para apoderarse de productos -en su mayor parte ropa y juguetes- que secuestraban por infracciones aduaneras. Lo incautado era acopiado en la propia dependencia policial y en la casa de uno de los acusados, para luego ser vendida a comerciantes y ferias informales.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°2 de Salta, integrado por los jueces Abel Fleming, Gabriela Catalano y Domingo José Batule, condenó a penas de entre cuatro años y dos meses y siete años de prisión e inhabilitación absoluta genérica para seis agentes de la Policía Federal Argentina - Delegación Salta, al considerarlos penalmente responsables de los delitos de asociación ilícita y concusión. El tribunal tuvo por acreditado que los ahora condenados, aprovechándose de su calidad de efectivos de la mencionada fuerza, "simulaban o aparentaban" puestos operativos de control, los cuales se montaban en su mayor parte en cercanías de la Terminal de Ómnibus de la capital provincial con la única finalidad de apoderarse  de parte de la mercadería que secuestraban por estar en infracción a la ley 22.415 (Código Aduanero) a personas que llegaban en colectivos desde el norte del país. La mercadería incautada era finalmente vendida a comercios y ferias informales. El Ministerio Público Fiscal, representado en el debate por los fiscales generales Carlos Amad y Francisco Snopek, había requerido penas superiores a las finalmente impuestas por el tribunal.

El "modus operandi" detectado

De acuerdo a lo acreditado en el debate oral, en los operativos efectuados los imputado no confeccionaban las actas respectivas o, en su caso, fraccionaban el secuestro, labrando instrumentos parciales. El tipo de mercadería que incautaban preferentemente eran ropas y juguetes, ya que tenían conformado previamente un sistema aceitado para reducirla y negociarla con comerciantes que tenían puestos de ventas en las ferias informales. Una vez que entraban en poder de la mercadería la acopiaban tanto en la delegación policial, como en el domicilio  particular de Oscar Belizán, subinspector de la PFA y considerado el jefe de la organización. En este último lugar se llevaba adelante la selección y clasificación de la mercadería para su posterior comercialización.

En efecto, Belizán decidía el momento en que se implementaban los controles y participaba directamente en la elección de las personas que se requisaban, además instruir a los demás sobre cómo efectuar los procedimientos clandestinos. Por último, se hacía cargo de la custodia y la posterior comercialización de los productos.

En el marco de los "procedimientos" se puso en evidencia que los acusados, dentro de la planificación de la ejecución delictiva, tomaban  precauciones para lograr su impunidad ya que en algunas oportunidades se identificaban como funcionarios de aduanas, para evitar así que se dirija contra ellos cualquier reclamo o denuncia. Durante el juicio se comprobó que en los casos en que las víctimas de los secuestros se presentaban en la delegación para reclamar el accionar policial, se conformaban en el momento actas de secuestros que tenían datos falsos, como por ejemplo una mala identificación del causante, testigos inexistentes, descripción parcial de la mercadería o como producto de distintos secuestros, entre otras irregularidades.

Las tareas de inteligencia y en especial las observaciones telefónicas permitieron conformar el cuadro probatorio que evidenció el trabajo “sistemático” que organizaron  los imputados a los fines de cometer una gran cantidad de delitos, tales como encubrimiento, incumplimiento de los deberes de funcionario,  robo, apoderamiento de efectos de secuestros, falsedad ideológica de los instrumentos sumariales, obtención de beneficios por la venta de mercadería secuestrada, etc. Durante el tiempo en que fueron observados se logró seguir el “itinerario” que desarrollaron desde que se producía el secuestro de la mercadería hasta  su posterior comercialización.

Las condenas recayeron en: Oscar Rubén Belizán (siete años); Miguel Ángel Gonza y Ariel Fernando Cejas (cuatro años y seis meses) por los delitos de asociación ilícita en concurso real con concusión. En tanto que Guillermo Sebastián Soza, Eduardo Ariel Villada y Jose Manuel Bonifacio recibieron cuatro años y dos meses de prisión como autores del delito de asociación ilícita en carácter de miembros.