18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Dictamen de la Fiscalía Federal de Bariloche
Piden desestimar una denuncia del Ministerio de Seguridad contra la convocatoria a una marcha por el conflicto de Villa Mascardi
Así lo requirió la representante del Ministerio Público Fiscal Sylvia Little, al entender que los hechos denunciados no constituyen delito y que no puede cercenarse el derecho constitucional de la ciudadanía a manifestarse.

La responsable de la Fiscalía Federal de San Carlos de Bariloche, Sylvia Little, le solicitó al juez federal subrogante de esa jurisdicción, Gustavo Zapata, la desestimación de la denuncia presentada por el titular de la Dirección Nacional de Cooperación Judicial y Ministerios Públicos del Ministerio de Seguridad de la Nación, Jonatan Firún, contra la convocatoria ciudadana de una movilización en apoyo a los vecinos de Villa Mascardi, bajo la consigna de la violencia imperante en la zona a raíz de la toma de tierras por parte del Lof Lafken Winkul Mapu en un predio de Parques Nacionales, ocurrido en noviembre de 2017.

El viernes pasado el funcionario denunció haber tomado conocimiento, a través de los medios de comunicación, sobre la organización de una movilización para el día siguiente de agosto que “podría derivar en un enfrentamiento”. En su presentación, Firún consideró que las convocatoria podía enmarcarse en los tipos penales de “amenazas (simples, coactivas y agravadas (genéricamente mencionadas), extorsión, instigación a cometer delitos, asociación ilícita, intimidación pública, apología del crimen y resistencia a la autoridad”.

El dictamen de la fiscalía

Al analizar la cuestión, la fiscal federal Sylvia Little consideró que “no corresponde iniciar un proceso penal en orden al hecho denunciado, por lo que deben desestimarse estas actuaciones por inexistencia de delito”. En tal sentido señaló la vaguedad de la denuncia presentada, la falta de ratificación de la misma por parte del funcionario y la carencia de insinuación a la violencia o de armas en la convocatoria.

La fiscalía federal consideró que en el caso no se daban "ninguno de los delitos denunciados"

La representante del MPFN consideró que “no se dan en el caso ninguno de los delitos denunciados, puesto que la noticia traída a conocimiento de la suscripta no hace sino informar sobre la convocatoria a una marcha que un grupo de ciudadanos decidió llevar a cabo para reclamar a las autoridades por la inacción estatal en la solución de los graves conflictos que aquejan a la zona de Villa Mascardi”.

Agregó que “peligroso sería para el Estado Democrático de Derecho que las autoridades pretendan cercenar mediante la utilización del Derecho Penal a los ciudadanos que desean manifestarse. Tal como sostengo sistemáticamente en todos los casos que analizo, el poder punitivo estatal debe ser entendido como de ultima ratio, esto es, como la última herramienta con la que cuenta ese Estado para solucionar sus conflictos. En esa dirección, jamás podría autorizarse su utilización para cercenar nada menos que los derechos que la propia Constitución Nacional resguarda, puesto que no debe olvidarse que ella expresamente prevé el derecho de los ciudadanos a peticionar a las autoridades (art. 14 Constitución Nacional)”.

"El poder punitivo estatal debe ser entendido como de ultima ratio, esto es, como la última herramienta con la que cuenta ese Estado para solucionar sus conflictos", sostuvo la fiscal federal.

En el dictamen, la fiscalía también sostuvo que “ante el temor del Ministerio de Seguridad de que pudieran suscitarse, en una marcha futura, la comisión de delitos (…) es en el ejercicio de sus propias facultades prevencionales que puede, y debe, actuar protegiendo a la ciudadanía en general, de modo tal de evitar que ello ocurra”. Concluyó que “si bien los organismos destinados a la seguridad bien pueden analizar el contenido -por ejemplo- de los medios de comunicación en busca de potenciales conflictos, ello no se traduce en que cualquier expresión vertida por ese medio resulte ilícita, menos aún, cuando a misma reviste la neutral entidad de la noticia antes aludida”.