20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°4
Piden enjuiciar a un comerciante que atacó a dos personas con una barreta
El hecho ocurrió en el interior del “Paseo de Compras de Caballito”, donde el imputado ocupaba un local. Agredió a una mujer y su empleado, y amenazó al administrador del inmueble, a fin de que desistan de la acción de desalojo iniciada en su contra.

La titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°4, Cristina Caamaño Iglesias Paiz, le solicitó al responsable del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°32, Santiago Quian Zavalía, la elevación a juicio de la investigación seguida contra Javier Pancracio Escobar Assimontti, en orden a los delitos de coacción agravada, homicidio simple en grado de tentativa y desobediencia a un funcionario público.

Los hechos

En el año 2013, el presidente de la Fundación Ganímides firmó un contrato de alquiler con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de explotar comercialmente el predio ubicado en la Avenida Rivadavia 5377. Así, la Fundación, en su carácter de locataria del predio, estaba facultada para otorgar permisos para la explotación de distintos locales comerciales allí emplazados, a cambio de contribuir al pago del alquiler y de los servicios comunes del lugar.

La Fiscalía solicitó que el imputado sea juzgado en orden a los delitos de coacción agravada, homicidio simple en grado de tentativa y desobediencia a un funcionario público.

Sin embargo, desde antes de la firma del convenio, Javier Pancracio Escobar Assimontti ocupaba dos locales en el inmueble, los cuales explotaba junto a su pareja, sin el correspondiente permiso. Ello motivó que la Fundación le iniciara, en el año 2015, un proceso de desalojo, que tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°19. Asimismo, comenzaron a suscitarse episodios tensos entre el imputado, el administrador del predio y su familia, como también con otros comerciantes del lugar.

Así, el 8 de diciembre de 2016, alrededor de las 13.30 hs., la cuñada del administrador, caminaba por el pasillo del Paseo de Compras cuando fue sorprendida por Escobar Assimontti quien, con una barreta de hierro, le dijo: “No vengas más por acá, porque los voy a matar a todos. A mí de acá no me saca nadie”. La situación fue advertida por un empleado de la mujer que acudió en su defensa, pero el imputado lo golpeó en la cabeza con la barreta y le ocasionó lesiones. Ante esto, la mujer quiso frenarlo, pero también fue agredida y resultó herida.

Finalmente, Escobar Assimontti fue reducido por otros comerciantes y clientes ocasionales de la galería. En ese momento se apersonó el administrador del lugar, a quien el imputado increpó y amenazó con matarlo y prender fuego todo el paseo. Mientras ocurrían los hechos, otros locatarios del predio dieron aviso al 911, que alertó a personal de la Comisaría N°12 y al SAME, quienes trasladaron a las víctimas al Hospital General de Agudos “Carlos G. Durand”, para ser asistidos.

La investigación recayó en la fiscal Cristina Caamaño, quien le solicitó al juez Santiago Quian Zavalía que decretase la prohibición de acercamiento y contacto. Así, el 29 de diciembre pasado, el magistrado dispuso que Escobar Assimontti no pudiera acercarse a menos de 500 metros de los lugares donde estuvieran sus víctimas o los familiares de éstas. Sin embargo, el 30 de enero pasado, el imputado desobedeció la manda judicial e ingresó a la galería, donde conversó con su mujer y otro comerciante, a quienes preguntó por la cuñada del administrador del predio.

Al momento de ser indagado, Escobar Assimontti hizo uso de su derecho constitucional a negarse a declarar, tras lo cual el juez Santiago Quian Zavalía dispuso su procesamiento por los hechos que se le imputaron.

Ahora, en base a las pruebas y testimonios colectados, la representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio de la investigación seguida contra Escobar Assimontti, para que sea sometido a juicio oral como autor de los delitos de coacción agravada por uso de un arma, en concurso ideal con homicidio simple en grado de tentativa los cuales, a su vez, concurren materialmente con el delito de desobediencia a un funcionario público.

En su presentación, la fiscal Caamaño consideró que “Escobar Assimontti tuvo la intención de atentar contra la vida de los damnificados, o que cuanto menos representó en su mente el resultado lesivo que su accionar podía ocasionar, decidiendo aun así obrar de tal forma”, al tiempo que señaló que previo a agredir a la cuñada del administrador y a su empleado “el acusado amenazó a la primera con quitarle la vida a ella como a su familia”.

También destacó que los hubiera atacado con una barreta de hierro y “el hecho de que mientras agredía a las víctimas les profiriera permanentemente que iba a matarlos (…) que no existió un desistimiento voluntario por parte del incuso, sino que ello se debió al accionar del resto de los comerciales y clientes que se hallaban en la galería” y “el hecho de que aún maniatado y no conforme con el daño que ya había provocado el imputado amenazara también de muerte” al administrador del predio.

Finalmente, la fiscal también tuvo por probado que “Escobar Assimontti desoyó la orden de prohibición de acercamiento que le fuera impuesta por el Magistrado interviniente –y que le fuera notificada en forma personal y fehaciente-, al concurrir al predio donde los damnificados poseen sus locales comerciales, lo cual tenía expresamente prohibido”.