El fiscal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°7, Leonel Gómez Barbella, solicitó la elevación a juicio de la investigación seguida contra dos mujeres acusadas de propinarle una golpiza a otra, por celos, que le causó la muerte por una hemorragia interna en el bazo, en un hecho ocurrido el 26 de diciembre de 2024, en el barrio porteño de Constitución.
De acuerdo con la acusación, ese día, por la noche, las imputadas Carmen Patricia Véliz (43) y Jésica Silvana Aguirre (36), abordaron en la calle Luis Sáenz Peña al 1400 -a metros de la intersección con la calle Pavón- a Lidia Isabel Pagés. Tras acusarla de haber tenido relaciones con su pareja, Véliz sujetó del pelo a la víctima mientras que Aguirre le propinaba trompadas en su cadera y vientre, para luego golpearle la cabeza contra el filo de una pared, lo que produjo que la mujer quedara herida en el suelo.
La víctima fue asistida por transeúntes que pasaban por el lugar, que dieron aviso al servicio de emergencias 911 y la trasladaron al Hospital General de Agudos “José María Ramos Mejía”, donde la atendieron. La mujer se retiró del centro de salud, pero, en el mediodía del 27 de diciembre, volvió a ser internada y falleció a las 20, producto de “politraumatismo con hemorragia interna”, dado que presentaba un sangrado en el bazo, producto de un golpe directo en el abdomen.
La actuación del MPF que individualizó a las acusadas
La investigación por la muerte de Pagés se inició por prevención de la Comisaría Vecinal 3A, y quedó a cargo de la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°27, Laura Bruniard, quien delegó la investigación en la fiscalía, en los términos del artículo 196 bis del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), por tratarse de un hecho con autor o autores desconocidos.
En ese contexto, el fiscal Gómez Barbella dio intervención a la División Homicidios de la Policía de la Ciudad, que se entrevistó con dos testigos de la agresión y con un hombre que vio a la víctima después de la golpiza. Además, se recabó información en las inmediaciones de la Plaza Garay, que solían frecuentar las tres mujeres, y se logró fotografiar a las dos sospechosas de la agresión.
Así, se llegó a identificar a Véliz y Aguirre como presuntas coautoras del ataque la fiscalía solicitó sus detenciones e indagatorias por el homicidio, lo que se concretó el 21 de julio pasado, en el marco de una serie de allanamientos en los domicilios de las sospechosas, solicitados por la fiscalía.
El 22 de agosto pasado, la Sala 7 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, confirmó los procesamientos de Véliz y Aguirre por haber causado la muerte de Pagés.
A juicio
Con base en las pruebas recolectadas, el fiscal Gómez Barbella entendió que Véliz y Aguirre debían responder como coautoras del “homicidio agravado por haber sido cometido con alevosía” -con pena de prisión perpetua-, por cuanto “el accionar desplegado por las encausadas resultó ser la causal del resultado muerte”.
En tal sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta los resultados de la autopsia practicada por el Cuerpo Médico Forense, realizada el 28 de diciembre, la cual detalló las múltiples lesiones verificadas sobre rostro, brazos, manos, tórax, glúteos y piernas de Pagés y concluyó que la causa del fallecimiento fue “politraumatismo. Hemorragia interna”. Además, los forenses consignaron que las lesiones que presentaba la víctima tenían menos de tres días y que fueron producto del “golpe o choque con o contra una superficie dura y roma”.
El documento también destacó que las heridas en los miembros superiores e inferiores eran de tipo defensivas y que “las causales de muerte estarían en relación directa a una hemorragia interna por sangrado del bazo, no pudiendo descartar que el mismo sea la consecuencia de un traumatismo directo de abdomen”, por lo que si bien, no se observaron “lesiones en piel de la zona del hipocondrio izquierdo que justifiquen un traumatismo directo, la exploración interna muestra infiltración hemorrágica de los planos musculares intercostales a dicho nivel” que “indicarían a la ruptura traumática como el mecanismo más probable de la hemorragia que sufrió la víctima” en su bazo y que le causó la muerte.
En ese sentido, la fiscalía entendió “que el fallecimiento de la víctima no fue consecuencia de una concurrencia de riesgos, con base en un negligente obrar médico ni en la condición de salud preexistente de la víctima (por ser portadora de HIV) o su ingesta de bebidas alcohólicas (se acreditó la presencia de alcohol etílico en sangre)”, sino que “los golpes producidos, que le provocaron las numerosas heridas que presentaba la damnificada causaron presuntamente la hemorragia interna que llevó a su muerte”.
“Las imputadas atentaron contra la vida de la víctima valiéndose de una evidente superioridad numérica -y, por ende, física-, distribuyéndose roles funcionales en el ataque: mientras una de ellas la sujetaba del cabello, la otra le propinaba golpes en distintas partes del cuerpo. Tales circunstancias derivaron finalmente en el resultado muerte”, destacó Gómez Barbella en su requerimiento.
Agregó que resultaba indiscutible que Véliz y Aguirre “exteriorizaron un inusitado desinterés y menosprecio por la vida de la víctima, lo que se evidencia en la magnitud de la agresión, en las zonas vitales comprometidas -cabeza- y en la multiplicidad y gravedad de las lesiones constatadas en todo el cuerpo”.
“No caben dudas, entonces, acerca del modo concreto en cómo fue atacada Lidia Pagés, aquella fue emboscada y sorprendida por dos personas en la soledad y en plena vía pública en horas de la noche decididas ambas imputadas a cumplir con el plan previamente trazado mediante una lluvia de golpes -el Cuerpo Médico Forense determinó un total de 23 lesiones acreditadas- y agresiones en todo su cuerpo que alcanzaron su finalidad”, concluyó el fiscal.