20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Un abogado les había imputado la instigación al suicidio de las dirigentes detenidas
Pidieron desestimar una denuncia contra Macri, Garavano y Morales por lesiones que se autoinfligieron Milagro Sala y Mirta Guerrero
El fiscal Jorge Di Lello consideró que los hechos deben investigarse primero en Jujuy y que en la denuncia no se brindan elementos que permitan iniciar la acción penal respecto del Presidente de la Nación, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el gobernador de aquella provincia.

El titular de la Fiscalía Federal N°1 de la Capital Federal, Jorge Di Lello, pidió desestimar la denuncia formulada por un abogado contra el Presidente de la Nación, Mauricio Macri, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, y el gobernador jujeño Gerardo Morales, por haber instigado el suicidio de la diputada electa del Parlasur Milagro Sala y de la dirigente social Mirta Guerrero, quienes se autoinfligieron lesiones el 19 y el 18 de octubre pasados, respectivamente, en el penal de Alto Comedero, donde se encuentran detenidas.

"Las circunstancias expuestas no resultan suficientes para sustentar el impulso de la acción penal", dictaminó Di Lello. Y señaló al respecto que "el abordaje primario de la respuesta jurisdiccional deberá estar en manos del tribunal o tribunales que ordenaron la privación de la la libertad de las nombradas en Jujuy".

La denuncia que dio origen al expediente en el que opinó el fiscal Di Lello fue presentada por el abogado Alejandro Garfagnini, quien en su escrito refirió que Sala y Guerrero se autoinfligieron heridas por "el agravamiento de las condiciones de detención" en la Unidad N°3 de Mujeres de Jujuy y la "intensificación de la persecución política montada" contra ellas. El abogado señaló que, con sus decisiones políticas dirigidas a perseguir políticamente a las dos dirigentes, los funcionarios denunciados instigaron su suicidio.

El fiscal Di Lello apuntó que los hechos relativos a las situaciones que atraviesan Sala y Guerrero deben abordarse en la jurisdicción penal de Jujuy y que "una vez analizados en esos ámbitos los resultados, como asimismo si pudieron responder a los direccionamientos de un tercero, será esa la oportunidad donde se habilite la intervención de la acción pública, ya que asignar responsabilidad en esta oportunidad, sin poder dar precisiones sobre el suceso más que una atribución objetiva, no se condice con el requerimiento de atribución penal", el cual "requiere de la necesidad de un comportamiento doloso y directo, que no se observa a esta altura en el accionar institucional de los imputados".