El 2 de octubre de 2011, mientras se celebraba una maratón convocada por la Universidad de Palermo, una estructura metálica sobre la que se encontraban adosados equipos de sonido (de 250 kgs aproximadamente) más algunas banderas publicitarias, cayó sobre participantes y público que habían concurrido. Por el hecho resultaron heridas ocho personas. A la vez, hubo una a la que se le inició una causa penal por considerarlo el presunto responsable. Se trató de Néstor Gabriel Talesnik, dueño de “VT Estructuras”, la empresa encargada de las estructuras metálicas que cayeron.
A raíz de las pruebas recolectadas y de la indagatoria tomada a Talesnik, la jueza de instrucción estimó que correspondía sobreseerlo por las lesiones causadas. Sin embargo, el fiscal general Sandro Abraldes solicitó, en primer lugar, la nulidad de la declaración indagatoria recibida a Talesnik por considerar que no existió una imputación concreta. Para esto, señaló que la jueza nunca precisó cuál habría sido la infracción “al deber objetivo de cuidado que debía observar el imputado –de atribuírsele un hecho culposo-, o cuál habría sido la conducta llevada a cabo por el nombrado, de tratarse la imputación de un delito doloso”. Destacó el fiscal que de la lectura de la indagatoria surgía únicamente la atribución de un resultado, sin concretar una infracción específica imputable a Talesnik.
Abraldes también remarcó que el acta indagatoria se refería a “inferencias” de lo sucedido, pero de manera alguna concreta cuál habría sido la infracción específica atribuida, “lo que en el futuro podría alterar la posible celebración del juicio”. Por estas razones, solicitó la nulidad de la declaración indagatoria, así como también la del auto de falta de mérito por contar con una fundamentación aparente, ya que las medidas dispuestas no habían sido debidamente fundadas sobre su pertinencia y utilidad, por un lado, y, principalmente, por derivar de una indagatoria inválida. Todo esto, además, llevó a que el magistrado del MPF solicitara el apartamiento de la jueza.
Llegado el momento de resolver, la cámara entendió que los argumentos de Abraldes merecían ser tenidos en cuenta, por lo que decidieron anular la declaración indagatoria. Para los jueces, esa declaración violentaba las garantías de rango constitucional tales como la de debido proceso y la de defensa en juicio, lo que la invalidaba como un acto válido así como también invalidaba todos los otros actos procesales que podrían desprenderse de ella.
Asimismo, también apartaron a la jueza que llevaba la causa y ordenaron al nuevo juez que le toque intervenir que realice una serie de medidas probatorias para reencausar el proceso contra Talesnik.