07 de diciembre de 2025
07 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Interviene la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°30
Procesaron por homicidio culposo al conductor que atropelló a un ciclista y le ocasionó la muerte en Palermo
Lo dispuso la responsable del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°1, Alejandra Mercedes Alliaud. El hecho ocurrió la madrugada del 3 de julio pasado, cuando el ciclista, que circulaba por la avenida Las Heras, fue embestido por el imputado que cruzaba por la calle Ugarteche con luz habilitada y, según reveló el peritaje, a una velocidad promedio de 88,9 km/h.

La jueza Alejandra Mercedes Alliaud procesó el lunes pasado al conductor que, en la madrugada del 3 de julio pasado embistió al ciclista Manuel Enrique Pescador Martínez, de 69 años, y le ocasionó la muerte en la intersección de la avenida Las Heras y la calle Ugarteche, en el barrio porteño de Palermo. En el caso, interviene la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Nº30, a cargo de Pablo Recchini.

El hombre, de 37 años, fue procesado como autor del delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo con motor y por la circunstancia que el conductor se dio a la fuga y no intentó socorrer a la víctima, contemplado en el artículo 84 bis del Código Penal, que prevé una pena de entre tres y seis años de prisión.

El caso

Alrededor de las 6 de la mañana, Pescador Martínez circulaba en su bicicleta por la Avenida Las Heras. Por su parte, el imputado conducía, a gran velocidad y de manera imprudente, su camioneta Toyota SW4 por la calle Ugarteche. Al cruzar la avenida Las Heras, el conductor de la camioneta atropelló al ciclista -quien cruzó el semáforo en rojo- y lo dejó tendido sobre la calle Ugarteche al 2800, y se dio a la fuga, sin asistirlo.

De acuerdo a la autopsia practicada por el Cuerpo Médico Forense, la víctima falleció por “politraumatismos, hemorragia interna y externa”.

También, el peritaje efectuado por la División Ingeniería Vial de la Dirección Criminalística de la Superintendencia de Policía Científica de la Policía de la Ciudad determinó que el imputado circulaba a una velocidad media de 88,9 km/h. y que el tramo final de su recorrido “la camioneta lo realiza en maniobra de frenado (luces de freno encendidas) por lo que la velocidad previa a la acción de frenado sería superior a la media calculada”. Ello, fue también corroborado por dos testigos y las imágenes de diversas cámaras de seguridad de la zona, que dieron cuenta de la alta velocidad a la que circulaba la SW4.

Horas más tarde, personal de la Comisaría Vecinal 14A encontró la camioneta detenida en la intersección de Julián Álvarez y Juncal, con daños en su parte frontal y, pasado el mediodía, detuvo al conductor en su domicilio.

Oportunamente, la defensa del hombre solicitó su excarcelación y el fiscal Recchini se opuso. Sin embargo, la jueza Alejandra Mercedes Alliaud, dispuso otorgarle el beneficio y le impuso una caución de un millón de pesos, al entender que la pena que correspondía por el delito endilgado no superaba el tope de ocho años de prisión y que, al carecer de antecedentes penales, en caso de recaer condena, podría ser de cumplimiento condicional. La jueza también valoró que el imputado se puso a disposición de la justicia y que no existían indicios que hicieran presumir que pudiera obstaculizar la investigación.

A su turno, el representante del Ministerio Público Fiscal apeló la decisión de la jueza ya que, a su entender, existían riesgos procesales que “no pueden ser neutralizados mediante la imposición de una caución real, ni mediante otras pautas de conducta”. Entre ellos, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que, tras el incidente vial, el conductor “se dio a la fuga, dejando a la víctima tendida en la cinta asfáltica sin brindarle ningún tipo de asistencia, siendo finalmente detenido a las 13:40 hs. (más de siete horas después), cuando fue hallado a partir de las diligencias investigativas practicadas por personal policial, y en ocasión que salía de su domicilio con su abogado para ‘entregarse’”.

Además, recordó que la fuga del conductor impidió que se realizaran pruebas cruciales como las de alcohol y estupefacientes, y los peritajes viales que hubieran permitido conocer la posición final del vehículo del imputado.

El fiscal también señaló que la suma impuesta como caución real -un millón de pesos-, carecía “de la entidad suficiente para cumplir su finalidad, dado que al ser tan baja no resulta persuasivo para asegurar la presentación del encartado en el proceso, máxime cuando, desde un inicio, intentó eludir la actuación judicial y entorpecer la investigación”. En virtud de ello, pidió que se aumente su caución a una suma considerablemente mayor.

El procesamiento y la excarcelación del conductor

En su resolución, del lunes pasado, la jueza Alliaud decretó el procesamiento del conductor y trabó embargo sobre sus bienes, hasta cubrir la suma de trece millones de pesos.

Para así proceder, analizó las filmaciones captadas por las cámaras del Centro de Monitoreo Urbano de la Policía de la Ciudad, en las que “se ve claramente que la camioneta circulaba presurosamente por Ugarteche y cuando se disponía a cruzar la avenida Las Heras con semáforo habilitante embistió a un ciclista que circulaba por esta avenida y cruzaba Ugarteche en dirección a República Árabe Siria, accionando previamente sus frenos, lo cual se presume por la activación de las luces de seguridad del vehículo en cuestión, para luego huir del lugar por dicha arteria en dirección a Juncal, sin prestarle auxilio al damnificado”.

Para la jueza, el conductor “violó su deber objetivo de cuidado, precisamente porque no mantuvo el control total del vehículo y no condujo con la precaución necesaria y, como resultado, embistió a la víctima -Pescador Martínez- que circulaba en bicicleta por la avenida Las Heras cruzando por la calle Ugarteche, provocándole minutos más tarde la muerte”. Agregó que “si el imputado hubiera tomado los recaudos a los que se hace referencia en la normativa que regula el tránsito automotor y hubiera conducido con cuidado y prevención, sobre todo en la encrucijada que obliga a disminuir considerablemente la velocidad precisamente ante el riesgo de contacto con otros vehículos y personas y la consecuente necesidad de controlar el vehículo tripulado, claramente el injusto causado no se hubiera producido”

En cuanto a la libertad del hombre, la magistrada estuvo a la resolución de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Así, el 18 de julio pasado, la jueza Magdalena Laíño -en disidencia parcial- y sus colegas Julio Marcelo Lucini e Ignacio Rodríguez Varela, confirmaron la excarcelación del imputado y aumentaron la caución oportunamente dispuesta a la suma de $100.000.000.

Además, le impusieron la obligación de someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, comunicarse o presentarse semanalmente ante el Tribunal y fijar domicilio. También, los camaristas le prohibieron salir del país -para lo cual le retuvieron su pasaporte- y le prohibieron conducir o circular con automotores por el tiempo que dure el proceso, por lo que debió entregar su licencia de conducir.