27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Fallo de los jueces Lucini, Filozof y Bunge Campos
Ratificaron a Viviana Fein al frente de la investigación por la muerte de Alberto Nisman
La Cámara del crimen declaró "mal concedido" el recurso de apelación contra la titular de la Fiscalía N°45 al cual había adherido Ricardo Sáenz. Los jueces no encontraron en los argumentos esgrimidos por la querella y el fiscal ante el tribunal de alzada razones suficientes para ordenar que la jueza Palmaghini reasuma la pesquisa.

La Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional declaró mal concedido el recurso presentado por los abogados que representan a las hijas de Alberto Nisman en el que, bajo la invocación del “derecho a la verdad”, habían reclamado que la investigación por la muerte del ex titular de la Unidad Fiscal AMIA (UFI-AMIA) continúe su curso bajo la dirección de la titular del Juzgado de Instrucción N°25, Fabiana Palmaghini.

En su voto, el juez Luis María Bunge Campos recordó que las consideraciones que pueda tener alguna de las partes sobre el rumbo de la investigación, "deben ser planteadas ante los superiores de la Dra. Fein, en la estructura jerárquica del ministerio público, no mediante la creación pretoriana de un recurso de apelación no contemplado por la ley". Además, destacó que "la reforma del Código Procesal Penal, aunque haya sido diferida su aplicación para el año próximo, ya se encuentra vigente", por lo que "no existirá entonces la posibilidad de que el Juez instruya un sumario y, consecuentemente, que las partes efectúen planteos" como el interpuesto por la querella.

Además, Bunge Campos compartió la opinión de su colega Julio Marcelo Lucini -quien votó en disidencia- sobre la participación del fiscal ante la Cámara Nacional de Apelaciones Ricardo Sáenz. "En un primer momento se había sumado al reclamo requiriendo la intervención de la Magistrada, aunque en el escrito de adhesión había omitido especificar por qué no debería concentrarse en cabeza del órgano que él representa", subrayó el juez. Además, recordó que por ley, "el Ministerio Público Fiscal es único e indivisible en su actuación, por lo que en el caso no podía sino interpretarse que el mismo órgano que está actualmente a cargo del proceso, postulaba no continuar".

Mario Filozof también consideró que el recurso fue mal concedido y se preguntó: "¿Cómo puede aseverarse sin temor a equivocarnos que apartar al Ministerio Público Fiscal del manejo momentáneo del sumario, impone a la jueza de la instrucción reasumir y con ello se paliarían los agudos reproches que se efectuaron o los que puedan presentarse en lo sucesivo?". El magistrado agregó que la delegación de la investigación en el Ministerio Público es una "potestad discrecional del juez que no puede ser discutida en ningún caso por vía de recurso y que si la ley hubiese querido disponer su recurribilidad, así lo hubiese impuesto expresamente, cosa que no ha ocurrido".

En tanto, el juez Julio Marcelo Lucini votó en disidencia, pero opinó que la jueza Fabiana Palmaghini es quien tiene la potestad de decidir sobre la delegación y no el tribunal de alzada: "Ante la indudable posibilidad entonces de una afectación al debido proceso y al derecho de defensa en juicio, resulta prudente revocar lo decidido para que la Sra. Juez, como última responsable del correcto trámite de las actuaciones" y que "se expida atendiendo las cuestiones que tras la audiencia han quedado debidamente delimitadas".

Además, el magistrado de la Cámara del crimen destacó que "el agravio sustentado por la querella adquirió virtualidad tras al errático comportamiento del Ministerio Público Fiscal [representado por el fiscal Ricardo Sánez] a lo largo de la audiencia, en la cual no ha podido desarrollar de manera lógica y coherente su argumento para que este Tribunal pueda, al menos, comprender contra quién dirige la imputación y en qué términos y, fundamentalmente, las razones que lo llevaron a adherir a la pretensión de la querella que cuestionó justamente la eficacia de su actuación".