24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En la causa por el cotillón "Clarín Miente"
Recurrieron ante la Corte la reapertura de una causa contra Guillermo Moreno
La fiscal Gabriela Baigún recurrió ante el máximo tribunal la sentencia de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal que había reabierto la investigación contra el ex secretario de Comercio Interior.

La fiscal subrogante ante la Cámara Federal de Casación Penal N°1, Gabriela Baigún, recurrió ante la Corte Suprema de Justicia el fallo de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal que, con la disidencia de Mariano Borinsky, resolvió hacer lugar al recurso de casación presentado por los querellantes en representación del Grupo Clarín S.A. que buscaba reabrir el proceso seguido a Guillermo Moreno por la exhibición de globos y llaveros con la inscripción “Clarín Miente”.

La representante del Ministerio Público se agravió de esa resolución debido a que contraría la postura indeclinable del Ministerio Público Fiscal y los distintos tribunales que intervinieron en la causa y que coincidieron que en el caso los hechos no constituían ningún delito contemplado por el Código Penal.

En su recurso extraordinario, la fiscal destacó que la Sala IV de la Cámara de Casación no podía reabrir un proceso seguido por un delito de acción pública (en el caso, se imputaba a Guillermo Moreno intimidación pública, previsto en el artículo 212 del Código Penal) cuando el Ministerio Público postuló en las distintas instancias, en ejercicio de su titularidad exclusiva de la acción penal pública por orden constitucional (art. 120 C.N.), el archivo porque los hechos denunciados no constituían ninguna falta punible.

En ese sentido, destacó que el fallo de la Sala IV de Casación, al permitir al Grupo Clarín lograr la reapertura de un proceso luego de que los distintos fiscales que actuaron en el caso postularon el archivo de la pesquisa por inexistencia de delito, expresa una evidente violación de la autonomía del Ministerio Público Fiscal como titular exclusivo de la acción penal pública. Por ello, recurrió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que, en reconocimiento del artículo 120 de la Constitución y del debido proceso legal, revoque la reapertura del expediente motivada en la petición solitaria del querellante.

Entendió que no puede llevarse adelante una acción penal por un delito de acción pública sin que ésta sea promovida y sostenida por un representante del Ministerio Público Fiscal, como titular exclusivo de esa acción.

La historia de la causa

La denuncia inicial fue realizada por el Grupo Clarín en 2012 luego de la aparición de globos y pancartas que llevaban la inscripción “Clarín Miente” y que eran utilizados por el ex Secretario de Comercio Guillermo Moreno en actos. Los abogados de la empresa acusaron a Moreno del delito de intimidación pública.

A lo largo del proceso judicial, el grupo periodístico fue ampliando sus denuncias y sumó a las actuaciones un viaje comercial a Vietnam en el que nuevamente  el “cotillón” con la leyenda de “Clarín Miente” se habría hecho presente.

La causa cayó en el juzgado de Claudio Bonadío y la fiscalía a cargo de Federico Delgado, quién desestimó la denuncia. El juez archivó y, contra esa decisión, los abogados querellantes apelaron la medida.

El representante del MPF dictaminó otra vez a favor de cerrar la causa y finalmente Bonadío hizo lugar al dictamen de Delgado. El Grupo Clarín volvió a apelar la decisión y el expediente cayó en la Sala II, donde los jueces Eduardo Farah y Jorge Luis Ballestero confirmaron la decisión del juez de primera instancia y retomaron los argumentos del fiscal.

Esta resolución desestimatoria de la denuncia adoptada por el tribunal de alzada fue mantenida por la fiscal General ante la Cámara de Casación Penal,  Adriana García Netto, quien solicitó que se rechace el recurso de casación de Clarín.