25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Hizo lugar al planteo del fiscal Eduardo Villalba
Salta: Casación revocó un fallo que declaraba la incompetencia de la justicia federal para investigar una presunta malversación de fondos públicos
La Cámara hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal en una causa que involucra al ex intendente de General Güemes. El tribunal consideró que se trataban de subsidios nacionales girados a la comuna para fines específicos y con la obligación de rendir cuentas.

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal revocó un fallo que declaraba la incompetencia de la justicia federal para investigar posibles maniobras de malversación de fondos públicos por parte del ex intendente del Municipio de General Güemes, de la provincia de Salta. Por mayoría de votos de los jueces Juan Carlos Gemignani y Eduardo Riggi, el tribunal hizo lugar a la apelación del Fiscal General Subrogante ante la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, Eduardo José Villalba.

La causa se inició a partir de la denuncia formulada por el actual intendente de General Güemes contra el ex jefe comunal y otros funcionarios por el faltante de dinero proveniente de convenios celebrados con la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, el Registro Nacional de Trabajo y Empleo Agrario (RENATEA) y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación para la adquisición de bienes mobiliarios y por un total de $2.002.801,81. Ante el requerimiento de instrucción de la Fiscalía interviniente, el Juzgado Federal Nº 1 de Salta se declaró incompetente, por lo que ordenó la remisión de las actuaciones a la justicia provincial.

La Cámara tuvo en cuenta que se trataban de fondos girados por la Nación a la comuna con fines asistenciales específicos y prioritarios, y no de libre disponibilidad, habiéndose impuesto la obligación a la comuna de reintegrar los montos entregados en caso de incumplir la finalidad prevista o de no rendir cuentas. En su voto, el juez Gemignani destacó que se encontraban afectados intereses nacionales, ya que “la propiedad del Estado Nacional sobre el dinero transferido subsiste hasta tanto se de cabal cumplimiento a las obligaciones pactadas. Sólo entonces el dinero queda definitivamente incorporado al patrimonio municipal”.

La Cámara tuvo en cuenta que se trataban de fondos girados por la Nación a la comuna con fines asistenciales específicos y prioritarios, y no de libre disponibilidad.

En la misma línea, Riggi dijo que la justicia federal debía continuar interviniendo en la causa, ya que no era posible descartar la existencia de maniobras susceptibles de perjudicar directa y exclusivamente a la Nación, y que de las constancias de la causa surgía que, en principio, no se habría cumplido con la finalidad para la cual fueron otorgados los subsidios. La Sala justificó que los fondos “fueron transferidos por el Estado Nacional al Municipio con un fin específico y sujeto a la obligación de rendir cuenta de su destino, previéndose incluso el deber de reintegro a la Nación del dinero no destinado a ese objetivo determinado y de no llevarse a cabo la correspondiente rendición”.