En el marco de dos audiencias celebradas entre el 3 y el 12 de diciembre pasados, la jueza de Revisión Mariana Catalano homologó mediante acuerdos de juicio abreviado las condenas del hijo del exintendente de Morillo, un comerciante y un gendarme, y dispuso la elevación a juicio respecto del exjefe comunal de esa misma localidad salteña y de un policía, en el marco de la investigación penal formalizada en noviembre último por el robo de rieles del Ferrocarril Belgrano Cargas en la zona del chaco salteño, su contrabando hacia Bolivia y el pago de coimas. Las condenas fueron solicitadas por el fiscal general a cargo de la Fiscalía de Distrito Salta, Eduardo Villalba, y la auxiliar fiscal Roxana Gual.
El primero de los acuerdos -dado a conocer en la audiencia del 3 de diciembre- derivó en la condena de Miguel Gerala, hijo del exintendente del municipio de Coronel Juan Solá, Atta Miguel Gerala. El imputado recibió una pena de 6 años de prisión al ser considerado coautor del delito de contrabando de mercadería -exportación e importación- agravado por la cantidad de personas intervinientes, el uso de pasos no habilitados y el monto involucrado, en concurso real con los delitos de cohecho activo y robo agravado por haberse cometido en despoblado y en banda.

Miguel "Yopi" Gerala, hijo del intendente del municipio Coronel Juan Solá, durante un traslado. Foto: Gendarmería Nacional
En el mismo acuerdo fue condenado el comerciante David Edilberto Medina, a la pena de 6 años de prisión como coautor del delito de contrabando de mercadería (exportación) agravado por la cantidad de personas intervinientes y por la utilización de un paso no habilitado, en concurso real con encubrimiento de contrabando y cohecho activo. Además, se dispuso su inhabilitación para ejercer el comercio por el plazo de 5 años.
En tanto, en la audiencia del 12 de diciembre, la jueza homologó un segundo acuerdo alcanzado por la fiscalía con la defensa de Jorge Fernando Cabrera, quien se desempeñaba como sargento de la Gendarmería Nacional. El efectivo fue condenado a 2 años de prisión de ejecución condicional por el delito de cohecho pasivo.
Asimismo, la magistrada declaró admisible la acusación penal formulada por el Ministerio Público Fiscal contra el exintendente Atta Gerala, a quien se imputó el delito de contrabando de mercadería triplemente agravado por la cantidad de personas intervinientes, por tratarse de un funcionario público y por el valor de la mercadería, en concurso real con robo agravado por haber sido cometido en despoblado y en banda, y malversación de caudales públicos, en calidad de autor.
La misma decisión se adoptó respecto del oficial ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, Mauro Daniel Alejandro Rodríguez, quien al momento de los hechos se desempeñaba como jefe del Destacamento de Pluma de Pato, y deberá responder por el delito de cohecho pasivo.
En relación con ambos imputados, la jueza dispuso la elevación a juicio y estimó una expectativa de pena de 11 años de prisión para el exintendente y de 3 años para el efectivo policial. En su resolución, remarcó la complejidad del debate, que será llevado adelante por un tribunal colegiado.
El caso
Al referirse a la investigación, el fiscal recordó que se inició el 23 de agosto de 2024 a partir de una denuncia presentada por personal del Correo Argentino, que reportó como sospechoso el envío, mediante encomiendas, de más de 480 cubiertas comercializadas por Medina, quien desarrollaba su actividad en la ciudad de Orán.
Uno de los elementos que despertó mayor atención fue que el comerciante registraba antecedentes por el delito de encubrimiento de contrabando, lo que llevó a focalizar las primeras medidas investigativas en sus movimientos. A partir de escuchas telefónicas y tareas de campo, se estableció que ingresaba ilegalmente neumáticos provenientes de Bolivia, los cuales luego comercializaba en el país.
En el curso de la investigación, se determinó además que Medina había comenzado a incursionar en la exportación ilegal de material ferroso, en particular rieles que eran sustraídos del ramal C-25 del Ferrocarril Belgrano Cargas, en el tramo comprendido entre las estaciones de Padre Lozano y Morillo, en el chaco salteño.
Dado que los rieles constituyen patrimonio federal y que se encontraba vigente la prohibición de exportación de material ferroso dispuesta por el decreto 70/23 del Poder Ejecutivo Nacional, la fiscalía profundizó las pesquisas con el objetivo de identificar a los proveedores del material robado.
Las tareas investigativas permitieron establecer que Medina contaba con un proveedor que se jactaba de disponer de una estructura organizada para el saqueo de los rieles e, incluso, de asumir el traslado del material hasta un galpón ubicado sobre la calle Alberdi al 900, en la ciudad de Orán, donde el comerciante lo acopiaba.

El robo de rieles se daba en el Ramal C-25 del Ferrocarril Belgrano Cargas. Foto: Gendarmería Nacional
En julio de 2024, la fiscalía recibió una denuncia que señalaba al hijo del entonces intendente como principal responsable del robo de rieles. Esa información fue corroborada mediante el análisis de diversas comunicaciones mantenidas con Medina, en las que Miguel Gerala le aseguraba contar con rieles sustraídos en las zonas de Pluma de Pato, Dragones y Morillo.
Al profundizar la investigación, se determinó no solo el saqueo sistemático de esas vías férreas, sino también que habían sido robadas por el hijo del entonces intendente Gerala con la participación de integrantes de comunidades originarias del chaco salteño, quienes eran utilizados como mano de obra.
Asimismo, se constató que para esas tareas se empleaban maquinarias, herramientas y una camioneta perteneciente al municipio que gobernaba su padre. Sobre este aspecto, el fiscal recordó que el imputado alardeaba de la influencia política de su apellido y llegó a manifestar ante Medina: “Nadie puede traer más que yo”.
Connivencia
El fiscal destacó que los integrantes de las comunidades originarias reconocieron haber sido contratados por el hijo del intendente, quien les pagaba sumas de 10 mil pesos por la extracción de los rieles. Estas tareas se realizaban en distintos horarios, incluso durante la noche, utilizando grupos electrógenos.
Como evidencia, Villalba mencionó mensajes extraídos de teléfonos celulares y un video filmado por el propio Miguel Gerala, en el que se observa a una cuadrilla de personas trasladándose en una camioneta tras la extracción de rieles, material que luego era ofrecido al comerciante.
Según la imputación, la cobertura para la comisión de los robos era brindada por el oficial ayudante Rodríguez, quien se encargaba de “liberar la zona” para evitar controles mientras se realizaban las extracciones, una tarea que demandaba tiempo y logística.
En ese sentido, el fiscal recordó un procedimiento realizado por personal policial del paraje Padre Lozano, en el que fue detenido un camión cargado con rieles. Al ser consultado por el origen y destino de la carga, el chofer manifestó de inmediato que había sido contratado por Atta Gerala.
También se estableció que parte del material robado era resguardado en predios municipales e incluso en el domicilio particular del entonces intendente, donde se secuestraron 15 rieles valuados en aproximadamente 19 millones de pesos, durante los allanamientos realizados en noviembre de 2024.
El circuito delictivo se completaba con el traslado del material a Bolivia a través de una finca privada cuyo fondo colinda con el país vecino. En esta etapa final se comprobó la participación de Cabrera, quien se encargaba de “limpiar la ruta” para permitir el paso de los camiones con el material robado sin inconvenientes.
Al finalizar su exposición, el fiscal sostuvo que la acusación cuenta con un “caso sólido” para afrontar el juicio, respaldado por numerosas evidencias, intervenciones telefónicas, registros de imágenes y diversos testimonios. En ese marco, remarcó la gravedad de los hechos, los cuales -según señaló- fueron cometidos en gran parte a partir de la influencia derivada del poder político que ostentaba el exintendente, quien fue destituido el 20 de noviembre de 2024, ocho días después de haber sido formalmente imputado por el Ministerio Público Fiscal.