03 de diciembre de 2024
03 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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A instancia de un pedido del Área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal
Salta: declaran como una grave violación a los derechos humanos el asesinato en 1973 de un exfuncionario del gobierno de Ragone
En atención al derecho a la verdad, el Juzgado Federal N°2 reconoció la existencia material del asesinato de Antonio Rubén Fortuny, jefe civil de la policía provincial. La víctima era un dirigente político cercano al exgobernador Miguel Ragone, secuestrado y asesinado el 11 de marzo de 1976.

Como consecuencia de un nuevo planteo en el marco de las actuaciones que se llevan adelante por el asesinato de Rubén Antonio Fortuny, impulsado por el fiscal general Carlos Martín Amad, la jueza federal N°2 de Salta, Mariela Giménez, declaró que el crimen, perpetrado el 23 de noviembre de 1973, constituye una grave violación a los derechos humanos.

La jueza ratificó que se encuentra vigente la acción penal del caso, la cual ya había sido declarada el 17 de marzo de 2017 por el exjuez federal Miguel Medina, de ese mismo juzgado, a instancia de un pedido del fiscal general Eduardo Villalba.

La nueva resolución que declara el caso como una grave violación a los derechos humanos fue dictada el miércoles pasado en respuesta a un pedido formulado el 1° de septiembre pasado por el fiscal general Carlos Martín Amad, quien se encuentra a cargo del Área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal Salta.

En aquella presentación, el representante del MPF había requerido que “se tengan por acreditados los hechos de los que fue víctima Fortuny, sin perjuicio de la imposibilidad material de persecución penal, atento al Derecho a la Verdad que asiste a las víctimas”.

Había considerado acreditado el asesinato ocurrido el 23 de noviembre de 1973 en la vereda de un hotel ubicado frente a la plaza 9 de Julio, en pleno centro de la ciudad. El hecho le fue adjudicado en carácter de autor material al expolicía provincial Emilio Pavichevich, fallecido el 17 de septiembre de 1988.

El fiscal había relatado que, aproximadamente a las 22.00 de aquél 23 de noviembre, Fortuny se acercó a la mesa de un bar ubicado sobre calle la Zuviría casi esquina Caseros, perteneciente al hotel Victoria Plaza, donde se encontró con el acusado, quien compartía entonces una mesa con Reinaldo Flores, Rafael Gaudelli, Julio César Salas y Roberto Hattis.

El asesinato de Fortuny ocurrió el 23 de noviembre de 1973 en la vereda de un hotel ubicado frente a la plaza 9 de Julio, en pleno centro de la ciudad. El hecho le fue adjudicado en carácter de autor material al expolicía provincial Emilio Pavichevich, condenado a tres años de prisión en 1978.

En su relato de los hechos, el fiscal había añadido que, de pronto, el expolicía y la víctima comenzaron a discutir por motivos políticos hasta que Pavichevich intentó golpear a Fortuny, para luego tomar distancia y sacar una pistola, con la cual le apuntó. De acuerdo con los elementos de prueba que el fiscal había expuesto en su presentación, la víctima abrió su saco y le dijo al acusado: “Tirá, tirá si sos macho”.

Había agregado que, segundos después, el acusado le disparó, y que Fortuny, herido de muerte, caminó unos pasos hacia la entrada del hotel y cayó sin vida al piso. De acuerdo con la investigación, el asesino escapó por la calle Caseros, mientras que al día siguiente viajó a Córdoba y posteriormente a Buenos Aires.

El fiscal había reseñado en su presentación a la jueza Giménez que el 11 de agosto de 1975, Pavichevich se presentó espontáneamente en el Juzgado de Instrucción Tercera Nominación de la justicia provincial y que se dio inició a la causa por asesinato, que concluyó el 30 de marzo de 1978 con una condena de tres años de prisión como autor del delito de homicidio en estado de emoción violenta, pena dictada por la exCámara Primera en lo Criminal.

En su planteo, y a modo de contexto, el fiscal Amad había mencionado que la muerte de Fortuny tuvo lugar días después de su renuncia como jefe de la Policía de la provincia, en el marco de una campaña de persecución política y fuertes presiones por parte de otros jefes de la cúpula policial.

Para la fiscalía, con posterioridad al crimen se desplegaron “un conjunto de maniobras dirigidas a lograr la impunidad del homicida, en la que tomaron intervención grupos paraestatales organizados, y disidentes al gobierno de Miguel Ragone, los que actuaron al amparo de las estructuras estatales que controlaban”.

"Puede concluirse que Fortuny fue un hombre muy cercano a Ragone, quien se propuso un desmantelamiento del aparato represivo de la policía provincial y que esto valió una animosidad muy enérgica por parte de los grupos duros de policías, formados para el accionar represivo, afines a los opositores al gobierno del ex gobernador”, sostuvo el fiscal Amad.

Argumentos

En su resolución, la jueza reconoció un “vasto análisis probatorio” realizado por la fiscalía en torno a tres aspectos fundamentales: la actividad política de Fortuny, su gestión al frente de la Policía de la Provincia de Salta y la persecución que sufrió en razón de esa actividad; el asesinato en sí mismo; los sucesos posteriores.

Al referirse a la trayectoria política de la víctima, la jueza se remontó a 1958, cuando Fortuny había resultado electo vicegobernador de la provincia de Salta como compañero de fórmula de Ragone. El mandato no pudo concretarse porque habían sido anuladas las elecciones en razón de la proscripción al peronismo.

La jueza reseñó que, en consonancia con estos antecedentes, Rubén Fortuny (hijo menor de la víctima) había recordado reuniones entre su padre y Ragone, que se hacían en casa de su familia, en las que generalmente conversaban ellos dos solos, a la vez que especificó que su padre y el exgobernador habían tenido una relación de amistad, que se complementaba con una militancia muy activa que ambos desempeñaban en el espacio político que integraban.

La magistrada también tuvo en cuenta que el hijo de la víctima había referido que, por la condición de civil y su militancia política con una visión diametralmente distinta sobre la política de seguridad, Fortuny había sido fuertemente resistido desde el primer momento por parte de la cúpula policial, vinculada a las prácticas represivas de la época.

En efecto, en la resolución judicial se precisó que la víctima llevó adelante una reforma orientada al cambio del papel represivo de la Policía para ponerla al servicio y cuidado de la población, para lo cual se propuso el desmantelamiento de las estructuras opresivas vigentes al tiempo de los hechos. En el marco de esa política, había ordenado que no se reprimiera la protesta social y había clausurado los calabozos de la Central de Policía, entre otras medidas.

Añadió que es público que durante el gobierno de Ragone, entre los años 1973 y 1974, el mandatario mantuvo un enfrentamiento público con la cúpula policial en razón de que bajo la gestión de Fortuny se había desbaratado la denominada “banda de los comisarios”, conformada por la cúpula policial, a la que se le adjudicaban numerosos hechos de tortura a perseguidos políticos.

La jueza resaltó la “clara obligación del Estado Argentino de investigar las violaciones a los derechos humanos, en tanto es un derecho de las víctimas y sus familiares conocer que es lo que verdaderamente ocurrió. En esa inteligencia, resulta razonable el dictado de una sentencia declarativa como la que aquí nos ocupa para satisfacer el derecho a la verdad”.

La resolución consignó que, como consecuencia de aquello, habían sido procesados y encarcelados varios funcionarios policiales por esos delitos, entre ellos los máximos referentes de la cúpula policial comandados por el comisario Joaquín Guil. Este último fue posteriormente procesado y condenado por delitos de lesa humanidad durante la época del terrorismo de Estado que siguió al depuesto gobierno de Ragone. Entre otras condenas, el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta le impuso el 11 de octubre de 2011 prisión perpetua por el secuestro y crimen de Ragone.

Animosidad

“En función de lo expuesto, puede concluirse que Fortuny fue un hombre muy cercano a Ragone, quien se propuso un desmantelamiento del aparato represivo de la policía provincial y que esto valió una animosidad muy enérgica por parte de los grupos duros de policías, formados para el accionar represivo, afines a los opositores al gobierno del ex gobernador”, había señalado el fiscal en su dictamen.

En cuanto a la persecución previa sufrida por la víctima, el representante del MPF había puntualizado que debía tenerse presente que, como férreo opositor político al gobierno y como policía retirado, Pavichevich no era ajeno al contexto de persecución que, ya en 1973, el grupo de policías conocido como “la banda de los comisarios” realizaba en contra de funcionarios, militantes y seguidores de ese espacio político.

Ese contexto, había agregado Amad, determinó que “el homicida contara con una protección por parte de las estructuras estatales controladas por el poder represivo en ascenso. En tales condiciones, no es una rareza sostener que, junto a sectores de la derecha peronista y no peronista y miembros de las fuerzas de seguridad, ante los frustrados intentos de derrocamiento del exmandatario abortados por el respaldo popular, comenzaran a pergeñar acciones concretas de otro tenor para deshacerse de Fortuny, ya que tanto él como la figura de Ragone les ocasionaba una molestia que iba en aumento, debido a que no lograban expulsarlos del poder”.

Así, el fiscal había concluido que el asesinato de Fortuny “se inscribe como el primero y más significativo suceso de una larga sucesión de hechos de persecuciones sistemáticas que comenzaron a sufrir los integrantes del espacio político del ex gobernador, que se agravaron con la intervención federal de la provincia en el mes de noviembre de 1974”.

Al momento de resolver, la jueza resaltó la “clara obligación del Estado Argentino de investigar las violaciones a los derechos humanos, en tanto es un derecho de las víctimas y sus familiares conocer que es lo que verdaderamente ocurrió. En esa inteligencia, resulta razonable el dictado de una sentencia declarativa como la que aquí nos ocupa para satisfacer el derecho a la verdad”.

Por último, sostuvo que, en base a la prueba producida por el Ministerio Público Fiscal, “resulta posible reconstruir los hechos de los que fue víctima Fortuny, sobre la base de los testimonios y prueba documental obrante en el expediente, los cuales constituyen una grave violación de los derechos humanos”.