29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General N°2 ante el TOF de San Martín
San Martín: condenaron a tres hombres a penas de 12, 22 y 30 años de prisión por cometer nueve secuestros extorsivos
Los hechos tuvieron lugar entre mediados de 2014 y principios de 2015, en la zona oeste del conurbano. Una de las víctimas presenta una discapacidad motora. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín resolvió en línea con la solicitud de pena de la fiscal Gentili.

En concordancia con lo solicitado por el titular ante la Fiscalía General N°2 ante el TOF de San Martín, Alberto Gentili, el Tribunal Oral Federal de esa jurisdicción condenó el lunes pasado a Julio César “El Oso” Bisogni, Marcelo Fabián “Gordo Piti” Melje y Jorge Luis “Poca Vida” Basualdo, a penas de 30, 22 y 12 años de prisión, respectivamente, por su intervención en nueve secuestros extorsivos ocurridos en la zona oeste del conurbano bonaerense, entre junio de 2014 y principios del 2015.

Los hechos

Ocho de las investigaciones estuvieron a cargo del titular de la Fiscalía Federal N°1 de Morón, Sebastián Basso, quien junto al secretario Santiago Moore y el equipo de la fiscalía analizaron las similitudes entre los distintos hechos, lo que les permitió establecer que detrás de los mismos actuaba una única banda. La restante pesquisa fue efectuada por el responsable de la Fiscalía Federal N°1 de San Martín, Jorge Sica.

Según consignó el fiscal Basso en su requerimiento de elevación a juicio “la banda criminal (…) procuró y obtuvo información de las víctimas que seleccionaron (concretamente y con el objeto de lograr mayor amedrentamiento y éxito al momento de negociar con sus familiares y/o allegados, se concentraron en datos relativos a la actividad laboral o capacidad económica); a los hechos iban vestidos de policías fuertemente armados (armas de puño y largas) y con dispositivos tipo handies, que captaban la frecuencia policial”.

Los miembros de la banda usaban uniforme policial, estaban fuertemente armados y portaban handies, con los que captaban la frecuencia de la fuerza de seguridad.

El representante del Ministerio Público describió el accionar de la banda: “Ni bien capturaban a las víctimas les obstruían la visión colocándoles vendas en los ojos y les inmovilizaban sus brazos con esposas o precintos; luego los trasladaban en esa condición hasta un domicilio ubicado en las localidades de Pontevedra, González Catán y/o zonas aledañas (no siendo siempre la misma vivienda) y los mantenían allí mientras se extendían las negociaciones con familiares y/o allegados, para finalmente, una vez materializado el pago de rescate exigido, abandonaban a las víctimas en una zona descampada en la localidad de Pontevedra (PBA), con las vendas en sus ojos y las manos atadas”.

Producto de los hechos, la banda habría cobrado casi dos millones de pesos “que fueron destinados a la compra de bienes muebles e inmuebles (entre ellos, varios vehículos que hoy día se encuentran afectados a la pesquisa y que motivaron la iniciación de una causa en orden al delito de lavado de activos de origen delictivo) que eran anotados registralmente, en un claro intento de no despertar sospechas, a nombre de sus esposas y/o parejas”.

En uno de los hechos investigados por el fiscal Basso, el 3 de diciembre de 2014, la banda secuestró a un hombre que no poseía movilidad en sus piernas, por lo que se lo llevaron cautivo en su propio vehículo. Tras el pago de $130.000 –efectuado por un amigo de la víctima que también fue secuestrado el 5 de enero de 2015- los delincuentes lo dejaron sentado en su silla de ruedas, en una calle de tierra a metros de la Ruta 1001, con un buzo y una bolsa de consorcio en su cabeza.

Con el dinero de los rescates, los secuestradores compraron bienes registrables a nombre de familiares: ahora están siendo investigado por lavado de activos.

La caída

El fin de la banda comenzó a raíz del secuestro perpetrado el 23 de enero de 2015, cuando la víctima pudo aportar datos fisonómicos de sus captores. Además, mientras éstos gestionaban el rescate, uno de los oficiales que intervino reconoció la voz del negociador, como la de la misma persona que había requerido el rescate en dos hechos similares, acaecidos en la localidad bonaerense de Lomas de Zamora.

Así, se encomendaron una serie de tareas investigativas –sobre los sospechosos, su círculo íntimo y sus propiedades- que culminaron con la detención de Bisogni, el 5 de febrero de 2015. Luego se realizaron una serie de allanamientos y  se pudo a aprehender a Basualdo el 11 de marzo y, dos días después, a Mejle. Todos los acusados registraban un frondoso prontuario.

El juicio

En el debate oral y público, el fiscal Gentili solicitó que Bisogni fuera condenado a la pena de 30 años de prisión, accesorias legales y costas, al tiempo que se lo declarase reincidente, como coautor de los delitos de asociación ilícita en concurso real con secuestro extorsivo agravado por haberse cometido con la participación de tres o más personas –reiterado en nueve hechos- y por haberse logrado el cobro del rescate en ocho de los hechos. Asimismo, solicitó que se aplicase también la agravante por la condición de discapacidad de una de las víctimas, en concurso ideal con robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda mediante el uso de armas de fuego cuya idoneidad para el disparo no pudo acreditarse –en siete hechos- y  por haberse cometido en poblado y en banda –en dos oportunidades-, en concurso real con cohecho.

En relación a Melje, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la imposición de una condena de 22 años de prisión, accesorias legales y costas, por los mismos delitos que su consorte de causa –exceptuando el cohecho-, al tiempo que pidió que Basualdo reciba 12 años de prisión, accesorias legales y costas en orden al delito de secuestro extorsivo agravado por la intervención de tres o más personas y por haberse logrado el cobro del rescate en concurso ideal con robo doblemente agravado por haberse cometido en poblado y en banda y mediante el empleo de armas de fuego cuya idoneidad para el disparo no pudo acreditarse, en concurso real con tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil condicional.

En su sentencia, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín, Daniel Cisneros, Daniel Petrone y Diego Leif Guardia, consideraron probados los hechos endilgados a Bisogni, Melje y Basualdo y los condenaron conforme a las penas requeridas por el fiscal general Gentili.