26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Entrevista al equipo fiscal que obtuvo condenas para el ex presidente, Cavallo y Granillo Ocampo
Sobresueldos: “Sin la decisión política de Menem, este sistema no hubiera funcionado”
Los representantes del MPF que actuaron en el juicio explicaron por qué el pago ilegal de dinero a funcionarios entre 1989 y 1999 nunca debió llamarse “sobresueldos”, y señalaron que la falta de implementación del nuevo sistema procesal “es una traba en el avance de la justicia y el aceleramiento y resolución de las causas”. “Cuánto más libertad de actuar, gente y colaboración se nos dé, más casos de corrupción vamos a poder llevar a juicio oral”, dijo Stella Maris Scandura.

Tras un año de juicio, el 1° de diciembre el Tribunal Oral Federal N°4 condenó al ex presidente Carlos Menem y a sus ministros de Economía y Justicia, Domingo Cavallo y Raúl Granillo Ocampo, a penas de cumplimiento efectivo, tras encontrarlos culpables del delito de peculado durante su paso por la administración pública nacional. El equipo fiscal que intervino en el debate había señalado en su alegato que durante las dos presidencias del ex gobernador riojano se implementó “un sistema clandestino de pago instrumentado desde la cúpula”.

La representación del Ministerio Público Fiscal en las audiencias estuvo a cargo de los fiscales Stella Maris Scandura, Diego Velasco y Juan Patricio García Elorrio y de Juan Manuel Gaset como ad-hoc. Ya conocido el veredicto y en diálogo con www.fiscales.gob.ar, Scandura, García Elorrio y Gaset hicieron un repaso de los hechos juzgados  y reflexionaron sobre el trabajo en equipo.

-En el juicio quedó acreditado que se implementó un sistema para la sustracción de fondos. ¿Cuál fue el rol de Menem y Cavallo?

Scandura: Lo que logramos probar fue que Carlos Saúl Menem, durante sus dos presidencias, ejecutó un sistema ilegal de pago de dinero a funcionarios, en una forma totalmente desproporcional  a lo que se cobraba de sueldo. Primero, a través de la Secretaría General de la Presidencia, hasta el '94, y después, de la Jefatura de Gabinete.

El doctor Menem lo que hizo fue: “Yo les doy la plata, no voy a cobrar, pero se va a utilizar este dinero -que se cobraba en efectivo, no rendía cuentas y estaba previsto para defensa y seguridad del Estado-”. Se engrosaba la partida presupuestaria de gastos reservados a través de modificaciones en el curso del año, hasta el ’99 inclusive. Sin la decisión política de Menem, este sistema no hubiera funcionado. Pero por supuesto contó con una colaboración técnica, de gente experimentada en temas de contabilidad y financiera-gubernamental. Ahí, estimamos nosotros que fue fundamental la figura de Cavallo, con su equipo de colaboradores. En su momento, consideramos que fueron coautores, pero el Tribunal en el veredicto consideró que tanto Cavallo como Granillo Ocampo eran partícipes necesarios. En eso, no coincidimos [N de la R: los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el 2 de marzo próximo].

Esto se sistematizó e implementó bien desde que entró Cavallo, en enero de 1991. Antes, podía haber fondos reservados, pero su aumento fue exponencial en el ’92. Y eso ya se criticaba en el Congreso en el ‘97, ‘98, ‘99. No podía ser que un gobierno que le estaba pidiendo ajuste a la gente, bajaba el presupuesto destinado a salud y gastos sociales, se aumentase considerablemente los gastos reservados. Se le pedían sacrificios a la gente y ellos no hacían ninguno. Al contrario, se ponían sumas siderales. No fue una compensación por gastos protocolares, como se pretendió decir con el decreto 838 de 1994. Incluso, después se siguieron pagando. A lo mejor un poco menos, en vez de 100 mil dólares 50 o 60 mil, como se probó en el caso de Granillo Ocampo.

-En los alegatos, el fiscal Velasco señaló que la causa fue mal llamada "sobresueldos". ¿Por qué?

Scandura: Esto no debió llamarse “sobresueldos”, nunca. Porque era una sustracción tan sistematizada que inclusive María Julia habló hasta de que había un instructivo sobre cómo debía pagarse.

El argumento esgrimido por Cavallo fue que esto se hizo porque no podía ser que un director o un personal de carrera cobrara más que un funcionario superior. En eso también trabajó muy bien la Oficina Anticorrupción (OA), que con un gráfico pasaron todos los decretos que desde 1991 fijaban sueldos y mostraron que nunca fue así, quedó absolutamente desvirtuado. Se optó siempre por lo oculto, lo ilegal, porque el gobierno no quería pagar el costo político.

-¿Cómo valoran o qué importancia le adjudican a esta sentencia en términos de corrupción para la justicia argentina?

Scandura: El sábado, leí un artículo, no sé si en Clarín o La Nación, que decía precisamente “que no pase con este gobierno que salió como con los ‘sobresueldos, que recién ahora fueron condenados’” y demás. El proverbio de que ‘la justicia tarde, no es justicia’. En este caso, no fue así. A veces cuesta demostrar los hechos y no tenemos que olvidarnos que esto no salió a la luz hasta que no se le hizo el juicio por enriquecimiento ilícito a María Julia, en 2004. Ahora, con otros procesos que se están tramitando, como a Amado Bodou, el día de mañana cuando lleguen a juicio todo eso lo evitaríamos con la implementación del nuevo sistema procesal penal, que lamentablemente fue demorado. Eso es una traba en el avance de la justicia y el aceleramiento y resolución de las causas. Si la gente quiere realmente que las causas de corrupción avancen, la justicia no tiene ningún problema en investigar, pero hay que acortar los tiempos. Hay que actualizarse a la realidad, como ocurre en otros países. Se tiene que trabajar en equipo, el fiscal que investiga tiene que llevarlo a juicio con todas las pruebas, trabajando con una policía especializada, judicial.

Por supuesto que nos hubiera gustado llevar a todos a juicio oral [N de la R: todavía hay otros tramos de la causa en la etapa de instrucción]. Por eso, si se trabajara desde la instrucción con un fiscal que dirige y un equipo que reúne todo, se lleva a juicio más rápido y no se empieza de cero como con esta doble etapa.

-¿El paso del tiempo entre los hechos y el debate pueden ser un obstáculo para obtener pruebas?

Scandura: En este caso no, porque se pudo probar al menos en parte. Hay mucha gente que falleció, testigos que no pudimos convocar. No es lo mismo que declaren por escrito que en una audiencia. O por ejemplo [el ex funcionario de la Jefatura de Gabinete Rodolfo] Aiello, que lo teníamos imputado porque era uno de los pagadores. Eso es lo que trae el tiempo. Por ejemplo: acá, fue fundamental lo que dijo [el titular de la cartera de Defensa de aquella época Oscar] Camilión -quien fuera apartado del proceso por razones de salud- en indagatoria o la testimonial en la causa “Sarlenga” por contrabando de armas. Lo que se pensaba era que el Ministerio de Defensa se abastecía con sus propios gastos protocolares, pero él aparte iba a cobrar 30 mil dólares todos los meses a la SIDE o a la Jefatura de Gabinete.

Scandura: Por supuesto no íbamos a encontrar una contabilidad negra de todo esto. Decían que no íbamos a encontrar documentación, ¿pero de algo ilegal iban a dejar pruebas? Tampoco, iban a quedar constancias en la SIDE del dinero que salía, nunca nadie rindió cuentas. No es que no exista la obligación de no rendir cuentas: una cosa es que los gastos sean reservados y otra hacer un acta o al menos documentarlos.

Eso es lo que puede debilitar la acusación en el tiempo, cosa que no ocurriría si se trabajara en equipo y con el nuevo sistema que promete el Código Procesal Penal nuevo. Que el fiscal, como acusador público y representante de la sociedad, arranque de entrada con la investigación. No es el juez el titular de la acción penal. Pregonamos los derechos de defensa, que está perfecto y son válidos, siempre y cuando también sean los de la sociedad contra el delito. Cuánto más poder y libertad de actuar se nos dé, más gente y colaboración, más vamos a lograr investigar y más casos de corrupción vamos a poder llevar a juicio oral y lograr las condenas.

García Elorrio: Mas allá de las limitaciones normativas, de recursos y el paso del tiempo que puede haber en la investigación de esta clase de delitos, hubo un trabajo importante del fiscal de la instancia anterior, Gerardo Pollicita. Pese a las dificultades hubo un fuerte impulso de la acción penal, en conjunto con la parte querellante, que fue la Oficina Anticorrupción. En parte el juicio se debe a que los acusadores de la etapa anterior pudieron lograr la elevación a juicio.

-¿Qué importancia tuvo el trabajo en equipo para arribar a este resultado?

García Elorrio: Fue una experiencia muy positiva el trabajo en equipo, en lo institucional y lo personal. Es fundamental para esta clase de delitos complejos. No es fácil llevar adelante una tarea que demanda actividad durante todo el año [el juicio empezó en marzo y terminó en diciembre], que requiere mucha planificación previa. No es solamente el hecho de estar en la audiencia, sino analizar cuestiones jurídicas, el examen de testigos e indagatorias, todo un trabajo que excede a la audiencia en sí misma y requiere una coordinación. No sólo el trabajo en equipo, sino cómo se trabaja.

Scandura: Para los alegatos, se trabajó los fines de semana y feriados, hasta las diez de la noche. Fue un equipo muy bien logrado. Fue muy importante trabajar en equipo y eso lo logramos gracias a la ayuda que nos dio la Procuración en todo sentido: todo lo que se pidió, a través de Johanna Cristallo, la Procuración lo proveía. También, el apoyo técnico de la Dirección de Comunicación Institucional, que hizo la cobertura y colaboró en el diseño de proyecciones utilizadas en los alegatos.

Nos parece que si se implementara el Código Procesal Penal, sería realmente la forma en que trabajamos esta causa.

Gaset: Es importante también porque seguían audiencias en causas comunes a las que tenían que asistir los mismos fiscales. Entonces se fue sucediendo, reemplazando y alternando en las diferentes audiencias.

García Elorrio: Institucionalmente es muy fuerte incluso para los tribunales ver que hay fiscales del fuero haciendo una tarea en conjunto, es un respaldo institucional al juicio. Y destaco también la validez absolutamente correcta del fiscal ad-hoc, que en el caso de él [en referencia a Gaset] cumplió un rol fundamental.

-El Tribunal ordenó el decomiso de dinero. ¿Cómo es el proceso?

García Elorrio: Un poco para redondear el juicio en sí mismo, creo que hay cuatro ejes fundamentales: la transparencia y la legalidad -uso de fondos reservados destinados para inteligencia y seguridad de la Nación-; el juzgamiento de las autoridades más altas, que no es una circunstancia común; el dictado de condenas de cumplimiento efectivo, independientemente de que deben quedar firmes; y cuarto, que es a lo que apunta la pregunta, que no fue sólo el paradigma de una respuesta penal clásica, sino el recupero y decomiso del producto del delito. El deber de justicia se asegura además con el decomiso de esta suma de dinero [la percibida por Cavallo y Granillo Ocampo], que una vez quede firme la sentencia deberá determinarse su monto ajustado a la fecha.