26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El pedido lo formuló el fiscal nacional en lo penal económico Emilio Guerberoff
Solicitaron elevar a juicio una causa por lavado de activos provenientes del narcotráfico
Se trata del proceso seguido contra un hombre que ya había sido condenado por tráfico de clorhidrato de cocaína a la pena de siete años de prisión. A raíz de ese expediente, se inició una investigación por una serie de transacciones en las que Bérgamo participó vinculadas a la adquisición de distintos bienes con dinero proveniente del narcotráfico.

El titular de la Fiscalía Nacional de Primera Instancia en lo Penal Económico N°3, Emilio Guerberoff, solicitó la elevación a juicio de la causa que se sigue contra Horacio Aníbal Bérgamo por el presunto lavado de activos de origen ilícito provenientes del narcotráfico. El expediente se inició a raíz de la condena de siete años de prisión de cumplimiento efectivo que obtuvo por parte del Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1 por haber participado de una organización que intentó exportar aproximadamente 315 kilogramos de clorhidrato de cocaína. Luego, fueron descubiertos otros 119 kilogramos del mismo producto. En función de ese proceso, se estableció que el imputado había realizado una serie de transacciones vinculadas a la adquisición de distintos bienes, que habrían sido financiadas y llevadas a cabo bajo la supervisión de quien era el líder de la organización criminal, Marco Acosta Acevedo.

En su escrito, Guerberoff detalló que Bérgamo habría participado de la adquisición de un vehículo BMW, un Volkswagen Bora y un semirremolque Trenquemolque, para lo cual habría desembolsado una suma cercana a los 270 mil pesos. Por otra parte, el imputado también participó de la compraventa del inmueble compuesto por una superficie total de 34.994 metros cuadrados, ubicado en la localidad de Zárate. Para esta transacción se emplearon, de acuerdo a la escritura pública, 900 mil pesos. Además, participó en la cesión de un boleto por medio de la cual se le otorgó la propiedad de un inmueble en la misma localidad bonaerense. En esta oportunidad, sin embargo, la suma pautada fue de 500 mil dólares estadounidenses.

De esta manera, para el fiscal en lo penal económico, Bérgamo fue autor de “los hechos que importaron la aplicación de activos provenientes de una actividad ilícita previa, a la adquisición de los bienes señalados supra, que luego fueron registrados a nombre de terceras personas de existencia física e ideal, con el fin de ocultar la procedencia ilegítima de los fondos que fueron utilizados para llevar a cabo esas adquisiciones y la identidad de su real propietario -en el caso, Marco Acosta Acevedo”.

A lo largo de la investigación, el representante del Ministerio Público indicó que las pruebas que lo responsabilizaban a Bérgamo no sólo eran los documentos en los que se habían registrado las operaciones, sino que además existieron otras medidas tales como una serie de comunicaciones telefónicas que reflejaron que tanto Bérgamo como su esposa (también condenada pero ya fallecida) “se avocaban al cumplimiento de las gestiones que les encomendaba Acosta Acevedo, requerían de éste instrucciones acerca del curso a seguir en lo atinente al cumplimiento de ésas tareas y lo informaban, de manera asidua, acerca del progreso de esas diligencias”.

Debido a los hechos descriptos, el hombre podría llegar a recibir hasta diez años de prisión, que es la pena máxima que establece el delito por el cual fue imputado y que se encuentra tipificado en el apartado 1°, inc. a, art. 278 del Código Penal.