20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
La causa se elevó a juicio en 2013
Solicitaron medidas de prueba en la causa por el accidente aéreo de Austral en Fray Bentos
El fiscal Fernando Arrigo deberá entregar las evidencias dentro de los 40 días a partir de que todas las partes estén notificadas del pedido del Tribunal Oral Federal N°5.

Cerca del mediodía, el Tribunal Oral Federal N°5, integrado por los jueces Oscar Hergott, Angel Nardiello y Sergio Paduczak, solicitó a la Fiscalía Federal Nº 4, a cargo de Fernando Arrigo, medidas de prueba en la causa por el accidente del avión de Austral que el 10 de octubre de 1997 se estrelló en la localidad uruguaya de Fray Bentos. El fiscal del juicio deberá entregar las nuevas evidencias dentro de los 40 días hábiles a partir del día que todas las partes estén notificadas de la resolución. El fiscal encargado de la instrucción, Eduardo Taiano, y la querella presentaron sendos requerimientos de elevación a juicio en el 2010, aunque recién el 28 de junio de 2013 el juez Federal Sebastián Ramos, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2, aceptó el pedido y dispuso el sorteo del tribunal encargado del debate oral.

Los 26 imputados, entre quienes se encuentran directivos de la compañía Austral y personal de la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad (DNA) y Comando de Regiones Aéreas (CRA), ambos organismos dependías de la Fuerza Aérea Argentina hasta 2009, cuando el Poder Ejecutivo creó la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). Todos están acusados por estrago doloso y las penas irían entre 10 y 25 años, según el artículo 190 del Código Penal.

Para Taiano, los hechos fueron “la conclusión trágica de una oscura historia de irregularidades e incumplimientos”. En el requerimiento de elevación a juicio, que consta de 400 páginas, el fiscal explicó que la empresa Austral y la Fuerza Aérea Argentina eran los encargados de velar por la seguridad aeronáutica. En este sentido, el representante del Ministerio Público sostuvo que “sobre la empresa recae el deber de velar por la seguridad de sus vuelos y sobre la mencionada fuerza recae la seguridad de todos los vuelos que se efectúen en el territorio nacional.”

Sobre las causas del siniestro, el fiscal de instrucción mencionó que a partir de la prueba reunida (datos meteorológicos, informe de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación –CIADA- y  el grabador de voces de cabina -Cockpit Voice Recorder-, entre otros), “resultó evidente que el vuelo se desarrolló en condiciones climáticas adversas, siendo altamente probable que tal situación haya provocado el engelamiento de los tubos pitot y su obstrucción. Ello trajo aparejada una errónea medición de la velocidad del avión. Siendo así,  los pilotos dirigieron su atención a corregir el problema de la falta de velocidad, cuando en realidad ésta era normal, de modo tal que su proceder produjo un aumento de la velocidad”.

Además, consideró que “llevó mucho tiempo al piloto darse cuenta de que había una falla en el velocímetro, pero ya era tarde, dado que el copiloto no había advertido ni comprendido lo captado por el primero  y en consecuencia dispuso la extensión de los Slats a una velocidad excesiva, que provocó la pérdida de control de la aeronave”.

La tragedia ocurrió el 10 de octubre de 1997 cuando el avión Mc Donnel Douglas DC9-32, Matrícula LV WEG, cubría la ruta Posadas - Ciudad de Buenos Aires. El vuelo 2553 de la empresa Austral Líneas Aéreas–Cielos del Sur S.A. se estrelló en el Paraje Sánchez, ubicado en las cercanías de la localidad de Nuevo Berlín, Departamento de Río Negro, República Oriental del Uruguay. El accidente provocó la muerte de 74 personas entre los tripulantes y los pasajeros de la aeronavel