29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El juicio por la colisión que en 2013 dejó 3 muertos y más de 300 heridos
Tragedia de Castelar: el fiscal Gentili pidió que el motorman sea condenado a cuatro años y nueve meses de prisión
El representante del Ministerio Público encontró al conductor del CHAPA 1 Daniel López responsable del delito de estrago culposo agravado. En ese sentido, postuló que incurrió en culpa temeraria por “la inobservancia del deber de cuidado” que le imponían las tres señales lumínicas que habría ignorado.

El fiscal federal Alberto Gentili solicitó ayer que el motorman acusado por la tragedia de Castelar que dejó un saldo de tres muertos y 334 heridos, Daniel López, sea condenado a cuatro años y nueve meses de prisión, inhabilitación especial por diez años para conducir cualquier clase de formación férrea y costas del proceso al encontrarlo responsable del delito de estrago culposo agravado.

Gentili consideró en su alegato que el 13 de junio de 2013, López, alias “La Brujita”, mientras conducía la formación CHAPA 1 del tren de la línea Sarmiento que une las estaciones Once y Moreno, entre las paradas Morón y Castelar y “debido a un obrar contrario a las reglas de la buena conducción ferroviaria que se encuentran objetivadas en el Reglamento Interno Técnico Operativo (RITO), embistió al tren individualizado como CHAPA 19”. Para el representante del Ministerio Público Fiscal, a las 07:04:47 horas y a 43,5 km/h, López traspasó la señal lumínica A177 (Km 20.640) anaranjada de precaución que advertía que la próxima señal se hallaba en peligro, con obligación de cese de tracción; a las 07:05:12 horas, a 58,5 km/h, traspasó sin frenar la señal lumínica A181 (Km. 20.999) apagada, que lo obligaba a detener la formación; y finalmente, aproximadamente las 07:05:36 horas, a 60,5 km/h, no frenó ante la señal lumínica A185 (Km. 21.422) roja de peligro que le imponía, por segunda vez, el deber de detener la marcha del tren.

Las señales indicaban la obligación de frenar el tránsito del CHAPA 1, debido a que, en el Km 21.500, aproximadamente a 50 metros del paso a nivel Zapiola, se encontraba el tren CHAPA 19, servicio N° 3725, conducido por Raúl Eduardo Ahumada y que se aprestaba a reiniciar la marcha.

El fiscal postuló que en la conducta del motorman medió culpa temeraria por la inobservancia del deber de cuidado que imponían las señales. De esa forma, Gentili mantuvo la calificación legal impulsada en el requerimiento de elevación a juicio en abril del año pasado por su colega de instrucción en Morón Sebastián Basso, de acuerdo al artículo 196, 2° párrafo del Código Penal.

Los testimonios coincidieron en que el lugar donde se produjo la colisión era un tramo del recorrido donde era habitual la detención de las formaciones, o que aminorasen su marcha antes del ingreso a la estación Castelar. Los testigos tampoco advirtieron ningún intento de frenado, toque de bocina ni cualquier otra señal indicativa de la inminencia del impacto, como así tampoco que se hubiese arbitrado algún medio para impedirla. En esa línea, otros elementos probatorios relevantes fueron los informes y análisis que daban cuenta que el conductor estaba en condiciones y habilitado para realizar su labor, como así también las filmaciones obtenidas de las cámaras de ambas formaciones.

El debate oral y público se sustancia ante el Tribunal Oral Federal N°2 de San Martín -integrado por Daniel Cisneros, Daniel Petrone y Diego Leif Guardia- y comenzó el 17 de diciembre. Ayer, la querella pidió que el acusado sea condenado a 11 años de prisión, ya que escogió una figura dolosa. La próxima fecha de audiencia confirmada es el lunes 27 de este mes, jornada en la que la defensa realizará su alegato.