En línea con el pedido del fiscal Fernando Fiszer, el Tribunal Oral en lo Criminal N°16 condenó a un hombre a la pena de tres años de prisión en suspenso, por considerarlo responsable de las amenazas coactivas, en concurso ideal con lesiones leves, en perjuicio de quien fuera su pareja.
El tribunal, presidido por María Cristina Bértola e integrado por Inés Cantisani y Gustavo González Ferrari, impuso al condenado la realización del curso sobre Derechos Humanos y Derechos de la Mujer que se dicta en el Servicio Para Hombres Violentos del Hospital “Dr. Teodoro Álvarez”, y la realización de doscientas ochenta y ocho horas de servicio comunitario en el Hospital Muñiz.
En el debate, Fiszer -interinamente a cargo de la Fiscalía General ante los Tribunales Orales Criminales N° 16- probó que el 27 de julio de 2012 el acusado discutió con la víctima en torno al embarazo que ella se encontraba cursando. El episodio ocurrió en el departamento que compartían.
En esa oportunidad, el imputado intentó que la mujer ingiriera una pastilla abortiva, pero ante la negativa, el hombre la tomó del pelo, la empujó contra el horno, la pateó -generándole escoriaciones en manos y abdomen- y la amenazó con que la desfiguraría con una olla para que perdiera el embarazo. La paliza fue interrumpida por la aparición del hijo pequeño de la víctima, que motivó la ida del agresor.
Asimismo, según lo referido por la mujer, su ex pareja habría regresado al día siguiente y la habría mantenido cautiva hasta el 4 de agosto, oportunidad en que pudo escapar y refugiarse en la casa de una amiga de la familia. Fue justamente esa amiga quien, luego de que el pequeño hijo de la víctima le contara sobre la agresión, convenció a la mujer para que realizara la denuncia policial.
El debate se realizó el pasado 26 de noviembre, sin la presencia de la víctima. Esto se debió a que fue imposible dar con ella, en virtud de que no fue hallada en los lugares donde podía ubicársela.
Sin embargo, el tribunal consideró fundamentales los peritajes realizados a la víctima y la grabación de la entrevista llevada a cabo en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación inmediatamente después de ocurrido el hecho, cuyo audio se reprodujo en la Sala de Audiencias.
Además, los jueces contemplaron las reiteradas presentaciones de la mujer para reclamar la ayuda de autoridades policiales y judiciales, y que recién se animó a retirar sus pertenencias del domicilio donde convivía cuando fue acompañada por una comisión policial.
Los jueces también tomaron como imparcial el testimonio de la amiga de la víctima -quien conocía desde hacía años al agresor y a su madre-, al tiempo que también valoró que el imputado no se hubiere mostrado arrepentido durante el juicio.