19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fiscalía General ante la Cámara Federal de Tucumán
Tucumán: ordenan trasladar al SPF a personas detenidas en comisarías y dependencias de las fuerzas de seguridad
Así lo dispuso el Juez Federal Daniel Bejas, en virtud de una acción de habeas corpus colectivo presentada por el fiscal Antonio Gustavo Gómez, en relación a los presos alojados en el Escuadrón 55 de la Gendarmería Nacional.

En virtud de lo solicitado por el Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, el titular de Juzgado Federal N°1 de dicha jurisdicción, Daniel Bejas, ordenó que se traslade a establecimientos del Servicio Penitenciario Federal a los procesados con prisión preventiva y los detenidos no procesados, que actualmente están alojados en comisarías provinciales o dependencias de otras fuerzas de seguridad.

La decisión de Bejas está motivada por la acción de habeas corpus colectivo que interpuso el fiscal Gómez, al tomar conocimiento de las condiciones en las que se encontraban alojadas once personas en el Escuadrón 55 “Tucumán” de la Gendarmería Nacional, las cuales fueran informadas por el Comandante de dicha dependencia, Abel Martín Espinoza.

En su presentación, Espinoza hace saber que el lugar destinado para el alojamiento de personas en esa unidad “fue diseñado para alojar a una persona y que actualmente se encuentran once (11), siete a disposición del Juzgado Federal 1 y cinco a disposición del Juzgado Federal 2, encontrándose en condiciones de hacinamiento”. Asimismo, el espacio cuenta con un único baño, que se saturó, lo que produjo roturas en las cañerías “con filtraciones de residuos cloacales hacia la plaza de armas de la Unidad que provocan olores nauseabundos y enfermedades infectocontagiosas”.

 Gendarmería Nacional informó que el lugar destinado para el alojamiento de personas en el Escuadrón 55 “fue diseñado para alojar a una persona y que actualmente se encuentran once".

El cuadro de situación se agrava con el hecho de que la Unidad no cuenta “con un lugar para alojar a personas de sexo femenino y que el personal de esa fuerza no se encuentra capacitado para atender a detenidos y proveerles lo necesario”.

En virtud de ello, el fiscal Gómez interpuso una acción de habeas corpus colectivo correctivo, a favor de los detenidos y alojados en las instalaciones del Escuadrón 55 de Gendarmería Nacional “en condiciones que arriesgan su vida, profundizan las lesiones a la integridad física y violan sus derechos (…) por agravamiento de las condiciones de detención, con el objeto de hacer cesar su padecimiento”.

En su presentación, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que “el conjunto de las personas privadas de su libertad resulta un colectivo especialmente vulnerable” e indicó que “sólo una solución general puede satisfacer el interés de cada uno y de todos, teniendo en cuenta principalmente que las personas directamente afectadas por las condiciones de detención en un establecimiento cambian con cierta rapidez, pero no las deficiencias institucionales que hacen posible las violaciones una y otra vez”.

En tal sentido, solicitó al juez que “ordene las medidas tendientes a que cesen las condiciones que agravan la detención de los alojados en el Escuadrón 55 de Gendarmería Nacional, afectando su integridad física y violando sus derechos, disponiendo en consecuencia sus traslados a las unidades de detención que dispongan las autoridades superiores del Ministerio de Seguridad de la Nación”.

Por otra parte, destacó que “las fuerzas de seguridad no pueden ni deben recibir detenidos en sus unidades de trabajo. No fueron instituidas para esos fines, más allá de que algunas en particular –como Gendarmería Nacional- cooperen en investigaciones judiciales siempre direccionadas por el Juez. Quien debe resguardar la seguridad de las personas privadas de su libertad por orden de un Juez es el Servicio Penitenciario, por lo tanto deberá el Juez ordenar el traslado de los detenidos hacia las unidades o centros de detención.

Ante dicha presentación, el juez Bejas hizo lugar a la acción interpuesta por el fiscal Gómez. En consonancia con el argumento del representante del Ministerio Público Fiscal, el juez sostuvo que los preceptos constitucionales y los contenidos en los instrumentos internacionales “reafirman que la libertad no puede configurarse de cualquier manera. Es deber de los poderes públicos garantizar que esta sea acorde a condiciones mínimas de trato y alojamiento establecidas por ley, en la inteligencia que la persona privada de su libertad se encuentra impedida de satisfacer sus necesidades por sus propios medios. Por ello, le corresponde al Estado garantizar tales necesidades conllevando con ello el desarrollo de una vida digna”.

En esa inteligencia, el juez Bejas hizo lugar al recurso de habeas corpus colectivo correctivo deducido, primero, por el fiscal general Gómez y luego por el Ministerio Público de la Defensa, a favor de las personas detenidas en el Escuadrón N°55 de la Gendarmería Nacional y ordenó el “inmediato y urgente traslado en el plazo de 24 horas a los Servicios Penitenciarios Federales que correspondieren, de los procesados con prisión preventiva a disposición de esta jurisdicción federal (…) ya sea su alojamiento en Comisarías Provinciales o dependencias de otras fuerzas de seguridad”.

Asimismo, dispuso “con respecto a los detenidos no procesados (encausados) que se encuentran a disposición de esta jurisdicción federal alojados en el ámbito de la Gendarmería Nacional, que deberá instrumentarse (…) una reunión entre los funcionarios de esa fuerza con los jefes de la Policía Federal Argentina y de la Policía de Seguridad Aeroportuaria con asiento en Tucumán, a los fines de articular el modo de traslado y alojamiento de los encausados hacia los lugares con los que cuenten las distintas fuerzas, ello con el propósito de dar una solución transitoria a la contingencia actual de los detenidos”.